El crédito fiscal es una de las figuras más importantes dentro de la contabilidad tributaria, pues permite al contribuyente recuperar el impuesto al valor agregado (IVA) pagado en las compras de la mercadería que pone a disposición del consumidor final, quien asume el pago de este impuesto. Además, es indispensable entenderlo para realizar correctamente la declaración y pago del IVA.
El Servicio de Impuestos Internos (SII) lo define como “el impuesto soportado, entre otros documentos, en las facturas de proveedores, facturas de compras, notas de débito y de crédito recibidas que acrediten las adquisiciones o la utilización de servicios efectuados en el período tributario respectivo”.
En otras palabras, el crédito fiscal del IVA consiste en la suma total de los impuestos que gravan las adquisiciones y los servicios usados por el contribuyente en el período tributario.
En específico, el artículo 23 del D.L. Nº 825 señala que los vendedores y prestadores de servicios afectos a este impuesto, tienen derecho a un crédito fiscal contra su débito fiscal del mismo período tributario.
Este es equivalente al total de la carga impositiva de las facturas que acreditan sus compras, contratación de servicios y/o el impuesto por importación de especies al país (en el caso de las importaciones).
Para ejemplificar, piensa en X producto que adquiere un pequeño comerciante para vender en su tienda física al consumidor final. Él, al realizar dicha adquisición, paga un IVA que es el que se convierte en crédito fiscal porque no es el consumidor final y, al vender esa mercancía, cobrará nuevamente el impuesto, teniendo derecho a recuperar el que ya pagó.
Considerando lo anterior, para determinar su monto tienes que sumar todo el IVA soportado en tus compras y/o servicios gravados con este impuesto durante el período.
En líneas generales, el Crédito Fiscal proporcional del IVA se genera cuando la compra afecta a este impuesto es destinada -de manera simultánea- a producir ventas afectas y exentas.
Para determinar su monto tienes que aplicar el mecanismo tributario establecido en el artículo 43 del Decreto Reglamentario de la Ley sobre Impuestos a las Ventas y Servicios.
Pero no olvides que este cálculo solo aplica cuando, dentro de tus transacciones, se registran ventas exentas (es decir, que carecen de un débito que te permita recuperar el crédito). De hecho, de no haberlas solo tienes que declarar el IVA y recuperar el crédito fiscal.
Entonces, la fórmula para realizar dicho cálculo es la siguiente:
Ventas afectas / ventas totales (afectas + exentas) X total de crédito que tienes (100).
Ahora que sabes qué es el IVA crédito fiscal, debes considerar que el numeral 1 del artículo 23 -y los artículos 39 y 40 del D.S. Nº 55, Reglamento del D.L. Nº 825- determinan los rubros que generan derecho al crédito fiscal:
Adquisiciones de bienes corporales muebles y uso de servicios cuyo fin sea formar parte del activo fijo.
Compras de bienes corporales muebles y utilización de servicios que tengan como finalidad formar parte del activo realizable.
Adquisiciones de especies corporales muebles y uso de servicios que deriven en gastos de tipo general, siempre que estén relacionados con el giro o actividad económica.
El impuesto recargado en las facturas emitidas por contratos de venta o promesas de venta de bienes inmuebles, así como los contratos señalados en la letra e) del artículo 8º de la norma en mención.
No olvides que, para acceder al crédito fiscal en estos rubros, las operaciones tienen que constar en facturas o documentos tributarios que respalden la operación.
Dentro de las relaciones del IVA en General, como contribuyentes es necesario tener claro que:
Los valores de ambos son necesarios para el cálculo de los tributos mensuales de las empresas.
En virtud de la Ley 20.956 -que modificó la ley 19.983 (la cual otorga mérito ejecutivo a la factura)-, la circular N° 04 del 11 de enero de 2017 establece los requisitos para hacer uso del crédito fiscal en facturas electrónicas. Al respecto, tienes que cumplir principalmente con dos requerimientos:
El IVA crédito fiscal de una factura electrónica solo puede ser utilizado en el período en el que quien adquiere el bien o servicio emite el acuse de recibo.
Las facturas electrónicas que no son rechazadas por el comprador dentro de los ocho días posteriores a su recepción, se entienden como aceptadas a satisfacción y dan automáticamente derecho a crédito fiscal.
Al adecuar tus procesos para cumplir oportunamente con estos requisitos no tendrás problemas al declarar el IVA y acceder a tus créditos fiscales.
Ahora es momento de conocer sus experiencias -buenas o malas- en torno al uso del crédito fiscal: ¿has tenido algún contratiempo, aun cuando cumplas con todo lo estipulado en la ley? ¿Tienes algún consejo que quieras compartir con nuestra comunidad?