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¿Cuál es el plazo para declarar el Formulario 29?
El plazo para presentar el Formulario N°29 varía de acuerdo a criterios establecidos en la norma. Este puede ser:
- 12 primeros días del mes siguiente a los movimientos comerciales por norma general.
- 20 primeros días del siguiente mes; para aquellos contribuyentes que paguen por internet:
- Declaración y pago del formulario 29 a través del portal del SII (www.sii.cl).
- Contribuyentes de primera categoría que la Ley sobre Impuesto a la Renta catalogue como Facturadores Electrónicos.
- Contribuyentes de segunda categoría que sean emisores de Boletas de Honorarios Electrónicas y se hagan cargo de pagar los impuestos propios ante la prestación de un servicio. Cabe señalar que este último no es obligatorio, si la actividad económica no exige documentación tributaria.
- 28 días del mes siguiente, si no tuvieron movimientos comerciales el mes anterior.
Desde mi experiencia como contadora, te recomiendo siempre hacer tu declaración de impuestos mensual los primeros 12 días del mes siguiente, independientemente de los distintos plazos y excepcionalidades. Esto te ayudará a tener una contabilidad mucho más organizada y centralizada para la toma de decisiones.
¿Cuáles son los medios de pago del Formulario 29?
Es importante considerar que los medios de pago para el Formulario 29 dependen de la forma de declaración:
Pago en efectivo por medio de un cupón de pago que genera el SII durante el proceso de declaración. Este se debe presentar en las instituciones financieras adheridas al pago.Pagos en línea con formatos electrónicos, si la declaración se realizó mediante la plataforma web del SII:
Cuenta corriente (PEL).
Tarjeta de crédito (WEBPAY).
Con cuenta corriente mediante mandato al banco (PEC).
Acá te dejamos más antecedentes relacionados con el pago, que el Servicio de Impuestos Internos ha dispuesto para los contribuyentes. ¡Ingresa acá!
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¿Cuáles son las multas si no declaro y pago el Formulario 29?
Es importante tener presente que todos los contribuyentes que se encuentran obligados a declarar y pagar el Formulario 29, serán sancionados si no cumplen con esta obligación.
Según lo dispuesto en los artículos N° 53 y Nº 11 del artículo 97 del Código Tributario, se entiende que: “se aplicarán multas al contribuyente que haya declarado y pagado fuera del plazo legal el Formulario 29. Donde se le harán los reajustes e intereses con la tasa vigente de acuerdo a cada mes o fracción de mes en que se encuentre el pago atrasado. Además, se aplicará la multa respectiva sobre los montos ya reajustados.
Como sabemos, las multas aplicadas, en términos fiscales, pueden ser un tanto engorrosas. Te recomiendo que estés revisando constantemente la Normativa y legislación del SII, ya que en esta se publican materiales legales vigentes constantemente, como por ejemplo: la Circular que entrega antecedentes sobre la tabla de cálculos de reajustes, intereses y multas febrero 2024.
Para no perderte los plazos legales, te dejamos el Calendario tributario. Esto te será de mucha ayuda durante todo el año.
Marco normativo relacionado con el Formulario 29 y Formulario 50
Te preguntarás, ¿por qué te dejamos ambos marcos normativos en este espacio?
La respuesta es sencilla. Para el SII, el Formulario 50 también es un documento tributario que sirve para muchos trámites en paralelo. Y uno de estos trámites es la declaración y pago de los impuestos mensuales.
- Ley sobre impuesto a la renta, artículos 58 al 63.
- Resolución Nº 41, de 2011.
- Resolución Nº 144, de 2010.
- Resolución Nº 78, de 2009.
- Resolución exenta Nº 12, del 2001.
- Resolución exenta Nº 25, del 2002.
- Resolución exenta Nº 42, del 2002.
- Resolución exenta Nº 31, del 2001.
- Resolución exenta SII Nº 165, del 2008.
- Resolución exenta Nº 14, del 2001.
- Circular Nº 48, del 2004.
- Circular Nº 49, del 2009.
- Circular Nº 69, del 2008.
- Decreto ley Nº 828, de 1974.
- Resolución Nº 27, de 2001.
Ahora bien, si quieres conocer más del Formulario 50, te dejamos un artículo que te ayudará a complementar esta última información.
¡Listo! Si llegaste hasta aquí, ahora puedes revisar nuestro artículo: F29 y F50: ¿Cómo hacer una declaración mensual de impuestos? Serás todo un experto en Declaraciones de Impuestos Mensuales.
También te podemos ofrecer otros materiales tributarios de interés. ¡Échales un ojo!
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