Declarar el Formulario 29 en Chile es una responsabilidad de todo contribuyente que tenga que pagar impuestos mensuales. Esto aplica principalmente para los contribuyentes de primera categoría. 

Si quieres conocer un poco más de este Formulario, ¡te invitamos a continuar leyendo!

¿Qué es el Formulario 29?

El Formulario 29 es un documento tributario de carácter mensual de impuestos. Esto quiere decir, que su declaración y pago ocurre dentro del mes siguiente a sus movimientos comerciales.

Cabe señalar que los movimientos más comunes en este formulario, hacen relación legalmente a retenciones y arcas fiscales. Por ejemplo, el Impuesto al Valor Agregado (IVA), Retenciones de impuestos por servicios prestados por concepto de gastos de honorarios y Pagos Provisionales Mensuales (PPM), entre otros.

¿Por qué es tan importante el Formulario 29?

Este documento tributario es uno de los más relevantes para el país, ya que por medio de este se recaudan tributos mensuales como el IVA. Este impuesto pasa a ser el principal para el presupuesto de la nación. 

La tarea de fiscalización de los tributos la lleva a cabo principalmente el Servicio de Impuestos Internos, cuya misión queda reflejada en el siguiente extracto:

Misión del SII

“Procurar que cada contribuyente cumpla cabalmente sus obligaciones tributarias, aplicando y fiscalizando los impuestos internos de manera efectiva y eficiente, con estricto apego a la legalidad vigente y buscando la facilitación del cumplimiento, en el marco que establecen los principios de probidad, equidad y transparencia, en un ambiente de trabajo que propicie el desarrollo integral de los funcionarios, para lograr un desempeño de excelencia que aporte al progreso del país”.
 

¿Cuál es el plazo para declarar el Formulario 29?

El plazo para presentar el Formulario N°29 varía de acuerdo a criterios establecidos en la norma. Este puede ser:

  1. 12 primeros días del mes siguiente a los movimientos comerciales por norma general.
  2. 20 primeros días del siguiente mes; para aquellos contribuyentes que paguen por internet:
    • Declaración y pago del formulario 29 a través del portal del SII (www.sii.cl).
    • Contribuyentes de primera categoría que la Ley sobre Impuesto a la Renta catalogue como Facturadores Electrónicos.
    • Contribuyentes de segunda categoría que sean emisores de Boletas de Honorarios Electrónicas y se hagan cargo de pagar los impuestos propios ante la prestación de un servicio. Cabe señalar que este último no es obligatorio, si la actividad económica no exige documentación tributaria. 
  3. 28 días del mes siguiente, si no tuvieron movimientos comerciales el mes anterior.

Desde mi experiencia como contadora, te recomiendo siempre hacer tu declaración de impuestos mensual los primeros 12 días del mes siguiente, independientemente de los distintos plazos y excepcionalidades. Esto te ayudará a tener una contabilidad mucho más organizada y centralizada para la toma de decisiones.

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¿Cuáles son los medios de pago del Formulario 29?

Es importante considerar que los medios de pago para el Formulario 29 dependen de la forma de declaración:

Pago en efectivo por medio de un cupón de pago que genera el SII durante el proceso de declaración. Este se debe presentar en las instituciones financieras adheridas al pago.
Pagos en línea con formatos electrónicos, si la declaración se realizó mediante la plataforma web del SII:
Cuenta corriente (PEL).
Tarjeta de crédito (WEBPAY).
Con cuenta corriente mediante mandato al banco (PEC).

Acá te dejamos más antecedentes relacionados con el pago, que el Servicio de Impuestos Internos ha dispuesto para los contribuyentes. ¡Ingresa acá!

Si quieres profundizar todavía más sobre la Operación Renta, te recomendamos atender nuestro curso gratuito que te enseñará en tiempo récord todo lo que necesitas saber.

¿Cuáles son las multas si no declaro y pago el Formulario 29?

Es importante tener presente que todos los contribuyentes que se encuentran obligados a declarar y pagar el Formulario 29, serán sancionados si no cumplen con esta obligación.

Según lo dispuesto en los artículos N° 53 y Nº 11 del artículo 97 del Código Tributario, se entiende que: “se aplicarán multas al contribuyente que haya declarado y pagado fuera del plazo legal el Formulario 29. Donde se le harán los reajustes e intereses con la tasa vigente de acuerdo a cada mes o fracción de mes en que se encuentre el pago atrasado. Además, se aplicará la multa respectiva sobre los montos ya reajustados.

Como sabemos, las multas aplicadas, en términos fiscales, pueden ser un tanto engorrosas. Te recomiendo que estés  revisando constantemente la Normativa y legislación del SII, ya que en esta se publican materiales legales vigentes constantemente, como por ejemplo:  la Circular que entrega antecedentes sobre la tabla de cálculos de reajustes, intereses y multas febrero 2024

Para no perderte los plazos legales, te dejamos el Calendario tributario. Esto te será de mucha ayuda durante todo el año.

Marco normativo relacionado con el Formulario 29 y Formulario 50

Te preguntarás, ¿por qué te dejamos ambos marcos normativos en este espacio?

La respuesta es sencilla. Para el SII, el Formulario 50 también es un documento tributario que sirve para muchos trámites en paralelo. Y uno de estos trámites es la declaración y pago de los impuestos mensuales. 

Ahora bien, si quieres conocer más del Formulario 50, te dejamos un artículo que te ayudará a complementar esta última información.

¡Listo! Si llegaste hasta aquí, ahora puedes revisar nuestro artículo: F29 y F50: ¿Cómo hacer una declaración mensual de impuestos? Serás todo un experto en Declaraciones de Impuestos Mensuales.

También te podemos ofrecer otros materiales tributarios de interés. ¡Échales un ojo!

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