Para comenzar a hablar de pago diferido del impuesto a la renta es importante conocer más sobre el pago diferido y a que se refiere.
Actualmente, la situación económica y tributaria en Chile se ha visto afectada por la crisis sanitaria mundial, donde las micro, pequeñas y medianas empresas han recibido los golpes más duro, por lo cual han surgido varias ayudas que tienen que ver con los impuestos.
Esto con la intención de darles una continuidad tributaria, pese a las dificultades a las que se han visto enfrentadas.
Ahora bien, veamos a que se refiere el pago diferido del impuesto a la renta.
¿Qué es el pago diferido?
Para comenzar, comprendamos que es un pago diferido y a que se refiere cuando hablamos de este mecanismo de pago. En principio, el pago diferido nace cuando dicho pago se realiza en una fecha determinada posterior a la operación o culminación de los hechos, es decir, cuando se genera la acción u operación en el mes 1, pero el pago se realizará en el mes 2 o siguientes.
Por ejemplo: El impuesto mensual sobre las compras y ventas de bienes y servicios es un pago diferido. Por un lado, la figura de compras o créditos, donde si un contribuyente realiza una compra en el mes 1, podrá declarar el impuesto hasta en tres meses siguientes. Y por otra parte, la figura de ventas realizadas en el mes 1 debe ser declarada en el mes dos.
Desde este aspecto, se habla de pagos diferidos cuando son acciones que contempla la ley para cumplir con los tributos. Sin embargo, también existe la figura de pago diferido cuando tenemos una fecha de pago y se solicita postergarla, y dependiendo del caso, se deberá incluir los intereses y multas correspondientes.
En este punto, también existe el caso particular de la postergación de IVA, en donde la ley indica que no se deben pagar multas ni intereses hasta después del mes 2 postergado, es decir, del mes 3 en adelante sí se calcularán cargos adicionales.
¿En qué casos se puede diferir el pago del impuesto a la renta?
En principio, es importante considerar que el pago de impuesto a la renta se puede diferir en el caso de aquellos contribuyentes que se encuentren imposibilitados económicamente para poder efectuar un pago de impuestos correspondientes a la renta anual.
El pago diferido por impuesto a la renta no es un procedimiento común, ya que este solo puede ser autorizado por el SII en años específicos. Es importante señalar que, si para el año tributario 2022 el pago diferido aparece aprobado, será más o menos a finales del mes de marzo.
En caso de ser aprobado por el SII a modo general, se podrá hacer en las fechas que correspondan las declaraciones con pagos de impuestos.
¿Cómo se hace el pago diferido del impuesto a la renta?
El pago diferido se podrá hacer por medio de la página web del SII (cuando esté autorizado) y se deberá hacer dentro de plazos establecidos.
En caso de contar con algún inconveniente que no permita realizarlo por la web, se deberá hacer en la Unidad del Servicio de Impuestos Internos, correspondiente a la jurisdicción de tu domicilio.
De ser aprobado el pago diferido, los contribuyentes sólo podrán acceder a este beneficio en línea si no tienen deuda o se encuentran fuera de la nómina de no condenable.
Recordemos que para en el AT 2021, los contribuyentes de los regímenes “Pro Pyme General” y “Pro Pyme Transparente” pudieron postergar su pago sin intereses y multas por dos meses, como una medida tributaria de apoyo por la situación de la crisis sanitaria provocada por el Covid-19.
Además, como medida durante el año tributario anterior, se extendió el plazo de la declaración hasta finales de junio. Seguro recordarás ese día en que culminó el plazo y llegó el aviso a último momento, donde informaban el nuevo plazo y los contadores habían enviado las declaraciones en su mayoría.
Los contadores jamás lo olvidarán, ya que estaban poniendo en práctica todos los cambios que traía la reforma tributaria y que se debían aplicar en el Formulario 22. Lo importante es que esa extensión les dio tiempo para mejorar aquellas declaraciones que requerían de un mayor análisis.
Es importante que tengas presente que hay casos especiales en los que sí se podrá solicitar el pago diferido, pese a que no sea una medida interpuesta por el SII en términos de contingencia. Si quieres conocer cuáles son, pues ¡Continúa leyendo!
Paso a paso para realizar el trámite de pago diferido para renta
Como mencionamos anteriormente, el trámite de pago diferido de impuesto a la renta está disponible en el Servicio de Impuestos Internos y se revisa año a año las funciones del mismo, para determinar si efectivamente será o no aprobado. Por ejemplo:
- En el 2018, El SII dio plazo hasta el 30-04-2018.
- En el 2019, el SII dio el plazo hasta el 30-04-2019.
Cabe señalar que este trámite para el AT2022 se debería hacer durante los períodos establecidos para la declaración de renta, la cual comienza durante los meses de abril y mayo, por medio de la plataforma web del Servicio de Impuestos Internos (Siempre y cuando se entreguen las indicaciones).
Es importante revisar las fechas que el SII pone a disposición en sus canales informativos para las fechas de las declaraciones, ya que estas, si bien comienzan en el mes de abril, deben considerar el plazo que entrega el SII para las declaraciones con devoluciones y las declaraciones con pago de impuestos. Y es ahí donde se deben considerar las fechas para un posible pago diferido.
En los años anteriores donde se aprobaron estos pagos diferidos, Llos contribuyentes debían acogerse previamente al momento de realizar su declaración de renta, en el apartado de “Sistema de Pago Diferido”, que el servicio dispuso para tal efecto.
Mientras las fechas no se encuentren publicadas, no tendremos la información de los plazos. Si ingresas al link del pago diferido encontrarás un mensaje que dice: “El período de Pago Diferido comienza el día 08-04-2022 y termina el día 31-05-2021”, fechas que no concuerdan entre un año y otro.
Para realizar este proceso, será súper importante:
- Contar con clave tributaria o clave única.
- El contribuyente debe pertenecer al Régimen Pro Pyme General y Pro Pyme Transparente.
- No tener deudas.
- No estar en la nómina “No condonables”.
Entonces, todos aquellos contribuyentes que se han acogido a pagos diferidos deben seguir las siguientes indicaciones para poder realizar el trámite:
- Acceder a los servicios en línea disponibles en la plataforma del Servicio de Impuestos Internos.
- Ingresar a la opción Consultar estado de declaración de renta.
- Consultar la situación de giros y pagos pendientes asociados a una declaración de impuesto a la renta.
- Si encuentras los giros correspondientes, podrás realizar el pago en línea.
- El pago correspondiente se hace por medio de la modalidad de pago electrónico.
- Ingresa a las opción de infracciones, luego a pagos de giros y condonaciones y finalmente, debes seleccionar pagos de giros.
- La búsqueda del giro se hace por el tipo de formulario. En este caso, la opción 45 y luego buscar giros.
Cabe señalar que los giros serán notificados por carta certificada al domicilio del contribuyente, conforme la normativa sobre notificaciones contenida en el Código Tributario.
Es importante considerar que aquellos contribuyentes que no recibieron la autorización del trámite en línea, deben asistir al Servicio de Impuestos Internos asociado a su jurisdicción. Luego, el contribuyente tiene que realizar una solicitud por medio del Formulario 2117, indicando el monto de impuesto que desea diferir, el cual tendrá que ser autorizado por el Director Regional respectivo.
Sin embargo, realizado el trámite, es importante presentar la declaración de renta vía internet, por lo cual, si no se realizó no se podrá finalizar el pago diferido por impuesto a la renta por medios de giro. En este último caso, el contribuyente deberá asistir a las oficinas del Servicio de Impuestos Internos a regularizar su situación tributaria.
Si no hay pago diferido para el AT2022, ¿Qué hago?
Es importante considerar que el pago diferido para el IVA es conocido como postergación del IVA, como lo mencionamos al principio y este ya se encuentra inserto en el Formulario 29.
Sin embargo, para el proceso de declaración de renta, no existe una aplicación todos los años para el pago diferido, ya que este debe tener una previa aprobación. Pero, para aquellos casos excepcionales que no tengan el dinero suficiente para pagar sus impuestos anuales, hay una posibilidad de acceder a este pago.
Esto podrás hacerlo mediante una petición administrativa vía web, completando el Formulario N°2117, donde deberás seguir las siguientes indicaciones:
Cabe señalar que esta petición puede ser aprobada o no, ya que la decisión corresponde al director del SII. Esta consulta de solicitud sólo se debe hacer en casos excepcionales, en donde existan circunstancias que muestren que la empresa no está en condiciones de pago (embargos, incendios, saqueos, el fin que el contribuyente estime conveniente informar).
Recuerda que aquellos contribuyentes que pagan impuestos lo hacen porque sus ingresos fueron altos y sus movimientos generaron ganancias, por lo que al momento del cierre comercial, se debe provisionar el pago de impuestos. Sin embargo, puede ocurrir que se repartieron las utilidades y no se provisionó el pago, la empresa tuvo inconvenientes técnicos- administrativo, sufrieron alguna estafa, etc.
En fin, existen distintos panoramas que pueden ocasionar que te veas en la necesidad de hacer este tipo de petición.
En el peor de los casos, ¿Qué hago si no hay alternativas para pago diferido de IR?
El SII pone a disposición distintas modalidades de pago, a las que el contribuyente podrá optar para no afectar sus finanzas a largo plazo.
Actualmente, existen las siguientes formas de pago:
Para finalizar, es importante estar atento a la normativa vigente y los cambios que se presenten para el pago diferido del impuesto a la renta, ya que las indicaciones son realizadas directamente por medio del Servicio de Impuestos Internos en sus plataformas vigentes.
Estas indicaciones se pueden ver modificadas por leyes provisorias, como las que nacieron por la crisis sanitaria. Recuerda que los pagos diferidos también tienen un plazo para ser pagados.
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