¿Qué es el pago diferido?
El pago diferido consiste en postergar el desembolso del impuesto generado por la declaración anual de renta (Formulario 22), dentro de los plazos establecidos por el SII y bajo determinadas condiciones.
Este beneficio no se aplica de forma automática todos los años, sino que debe ser aprobado previamente por el SII.
En los casos autorizados, permite pagar el impuesto en una fecha posterior sin incurrir en multas y, en algunos casos, sin intereses.
En principio, el pago diferido nace cuando dicho pago se realiza en una fecha determinada posterior a la operación o culminación de los hechos, es decir, cuando se genera la acción u operación en el mes 1, pero el pago se realizará en el mes 2 o siguientes.
Por ejemplo: El impuesto mensual sobre las compras y ventas de bienes y servicios es un pago diferido.
Por un lado, la figura de compras o créditos, donde si un contribuyente realiza una compra en el mes 1, podrá declarar el impuesto hasta en tres meses siguientes.
Y por otra parte, la figura de ventas realizadas en el mes 1 debe ser declarada en el mes dos.
Desde este aspecto, se habla de pagos diferidos cuando son acciones que contempla la ley para cumplir con los tributos.
Sin embargo, también existe la figura de pago diferido cuando tenemos una fecha de pago y se solicita postergarla, y dependiendo del caso, se deberá incluir los intereses y multas correspondientes.
En este punto, también existe el caso particular de la postergación de IVA, en donde la ley indica que no se deben pagar multas ni intereses hasta después del mes 2 postergado, es decir, del mes 3 en adelante sí se calcularán cargos adicionales.
¿Cuáles fueron las condiciones para el pago diferido en 2025?
Durante la Operación Renta 2025, el SII permitió realizar el pago diferido hasta el 30 de abril de 2025.
El beneficio estuvo disponible en línea a través de su plataforma digital y aplicó exclusivamente a los contribuyentes que:
- Pertenecieran a los regímenes Pro Pyme General o Pro Pyme Transparente.
- No tuvieran deudas tributarias vigentes.
- No estuvieran incluidos en la nómina de contribuyentes no condonables.
Tasa de interés
Para los pagos diferidos autorizados en 2025, el SII estableció una tasa penal diaria de 0,0225555556%, vigente durante el primer semestre.
No se aplicaron multas adicionales si el diferimiento se realizó dentro del plazo.
Paso a paso para realizar el trámite del pago diferido del impuesto a la renta
El pago diferido se podrá hacer por medio de la página web del SII (cuando esté autorizado) y se deberá hacer dentro de plazos establecidos.
En caso de contar con algún inconveniente que no permita realizarlo por la web, se deberá hacer en la Unidad del Servicio de Impuestos Internos, correspondiente a la jurisdicción de tu domicilio.
Todos aquellos contribuyentes que se han acogido a pagos diferidos deben seguir las siguientes indicaciones para poder realizar el trámite:
- Acceder a los servicios en línea disponibles en la página web del Servicio de Impuestos Internos (SII).
- Ingresar a la opción Consultar estado de declaración de renta.
- Consultar la situación de giros y pagos pendientes asociados a una declaración de impuesto a la renta.
- Si encuentras los giros correspondientes, podrás realizar el pago en línea.
- El pago correspondiente se hace por medio de la modalidad de pago electrónico.
- Ingresa a la opción de infracciones, luego a pagos de giros y condonaciones y finalmente, debes seleccionar pagos de giros.
- La búsqueda del giro se hace por el tipo de formulario. En este caso, la opción 45 y luego buscar giros.
Cabe señalar que los giros serán notificados por carta certificada al domicilio del contribuyente, conforme la normativa sobre notificaciones contenida en el Código Tributario.
Es importante considerar que aquellos contribuyentes que no recibieron la autorización del trámite en línea, deben asistir al Servicio de Impuestos Internos asociado a su jurisdicción.
Luego, el contribuyente tiene que realizar una solicitud por medio del Formulario 2117, indicando el monto de impuesto que desea diferir, el cual tendrá que ser autorizado por el Director Regional respectivo.
Sin embargo, realizado el trámite, es importante presentar la declaración de renta vía internet, por lo cual, si no se realizó no se podrá finalizar el pago diferido por impuesto a la renta por medios de giro.
En este último caso, el contribuyente deberá asistir a las oficinas del Servicio de Impuestos Internos a regularizar su situación tributaria.
Si no hay pago diferido en el ejercicio, ¿Qué hago?
Es importante considerar que el pago diferido para el IVA es conocido como postergación del IVA, como lo mencionamos al principio y este ya se encuentra inserto en el Formulario 29.
Sin embargo, para el proceso de declaración de renta, no existe una aplicación todos los años para el pago diferido, ya que este debe tener una previa aprobación.
Pero, para aquellos casos excepcionales que no tengan el dinero suficiente para pagar sus impuestos anuales, hay una posibilidad de acceder a este pago.
Esto podrás hacerlo mediante una petición administrativa vía web, completando el Formulario N°2117, donde deberás seguir las siguientes indicaciones:
- En principio, debes contar con clave tributaria o clave única en caso que corresponda.
- Ingresa a la sección de Servicios en línea.
- Selecciona peticiones administrativas y otras solicitudes y comienza por “ingresar petición administrativa”.
- Debes comenzar a completar la petición administrativa como “consulta” en el apartado en donde se debe indicar la “materia” de dicha solicitud.
- Deberás completar todos los campos y adjuntar la información necesaria que respalde tu solicitud. La descripción debe ser lo más concisa posible.
Cabe señalar que esta petición puede ser aprobada o no, ya que la decisión corresponde al director del SII.
Esta consulta de solicitud sólo se debe hacer en casos excepcionales, en donde existan circunstancias que muestren que la empresa no está en condiciones de pago (embargos, incendios, saqueos, el fin que el contribuyente estime conveniente informar).
Recuerda que aquellos contribuyentes que pagan impuestos lo hacen porque sus ingresos fueron altos y sus movimientos generaron ganancias, por lo que al momento del cierre comercial, se debe provisionar el pago de impuestos.
Sin embargo, puede ocurrir que se repartieron las utilidades y no se provisionó el pago, la empresa tuvo inconvenientes técnico-administrativos, sufrieron alguna estafa, etc.
En fin, existen distintos panoramas que pueden ocasionar que te veas en la necesidad de hacer este tipo de petición.
¿Qué pasa si no obtengo autorización para el pago diferido?
El SII pone a disposición distintas modalidades de pago, a las que el contribuyente podrá optar para no afectar sus finanzas a largo plazo.
Actualmente, existen las siguientes formas de pago:
Para finalizar, es importante estar atento a la normativa vigente y los cambios que se presenten para el pago diferido del impuesto a la renta, ya que las indicaciones son realizadas directamente por medio del Servicio de Impuestos Internos en sus plataformas vigentes.
Estas indicaciones se pueden ver modificadas por leyes provisorias, como las que nacieron por la crisis sanitaria. Recuerda que los pagos diferidos también tienen un plazo para ser pagados.
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