La prestación de servicios en el extranjero es una de las actividades económicas que registra mayor crecimiento en el mercado chileno. Incluso durante la pandemia del COVID-19, operaciones de este tipo continuaron realizándose masivamente.
En medio de la crisis, muchas empresas encontraron la oportunidad de consolidarse en nichos, como las asesorías a través de internet. Sin embargo, con estas iniciativas también surgieron inquietudes sobre los procesos de facturación fuera del territorio nacional.
Una duda común es cómo crear un documento tributario electrónico (DTE) para servicios en el extranjero que sea válido para el SII.
¡Esa pregunta y muchas otras las responderemos aquí!
¿Qué documentos debes emitir por esta actividad?
El SII indica que se debe emitir una Factura de Ventas y Servicios no afectos o exentos de IVA para servicios a residentes extranjeros.
Ten presente que, si el Servicio Nacional de Aduanas califica como exportación tu tipo de servicio, deberás realizar también la factura de exportación.
Otras opciones de facturación para servicios en el extranjero incluyen la Boleta de Ventas y Servicios no afectos o exentos de IVA y la Boleta de Honorarios Electrónica. Esta última está sujeta al Pago Provisional Mensual (PPM) por el emisor.
Las facturas y boletas están disponibles en la página web del SII. Igualmente, es posible emitir este DTE a través de un software. Recuerda que la emisión del documento no está relacionada con el domicilio del beneficiario, sino con la prestación.
Al facturar a clientes internacionales, es necesario incluir el número de Rol Único Tributario (RUT) 55.555.555-5 para el receptor, junto con los datos de identificación y nacionalidad.
De la misma forma, cuando se trata de una Boleta de Honorarios Electrónica, el SII recomienda utilizar el RUT 44.444.446-0, acompañando el resto de la información sobre la identidad del receptor.
La guía de despacho electrónica se emite solo cuando se trasladan bienes y se difiere la factura.
Pero, ¿Qué se considera una prestación de servicios en el extranjero?
La prestación de servicios se refiere a la realización de actividades por un especialista contratado por una persona natural o empresa.
De acuerdo con ProChile, la prestación de servicios a un cliente se basa en las siguientes características:
- Intangibilidad: Quiere decir que los servicios no se pueden percibir a través de los sentidos, antes de realizar la adquisición de estos.
- Variabilidad: Todos los servicios son diferentes, aun cuando existan parámetros de calidad que los rijan a todos, de acuerdo con las políticas de la empresa.
- Indivisibilidad: La producción y el consumo del servicio están estrechamente vinculados, por lo tanto, son indivisibles (no se pueden separar).
- /: No pueden almacenarse.
- Ausencia de Propiedad: La propiedad del servicio no pertenece al usuario final, quien solo tiene derecho a recibirlo y usarlo.
Para servicios en el extranjero, la Dirección Nacional de Aduanas los considera exportaciones si cumplen ciertos criterios:
- Sean efectuados en Chile para una persona sin domicilio o residencia en el país;
- Solo se utilicen en el extranjero, con la excepción de los servicios realizados a mercancías en tránsito;
- Sean susceptibles de verificación en su existencia y valor;
- Sean efectuados por un prestador de servicio que resida en Chile y realice la actividad en este país.
Según un artículo de la Dirección Nacional de Aduanas, el 70% de los chilenos trabaja en servicios de este tipo.
Esta cifra se suma a la de unas 700 empresas que realizaron la comercialización internacional de las prestaciones de servicios, solamente en el 2018.
La prestación de servicios en el extranjero, como exportación, ofrece beneficios fiscales como exención de IVA y convenios para evitar doble imposición.
Esto también permite recuperar el IVA pagado en la adquisición del servicio y devolver gravámenes aduaneros, si los hay.
En su listado Clasificación de Servicios de Exportación, la Dirección Nacional de Aduanas incluye:
Servicios prestados a las empresas (investigación, desarrollo, informática, profesionales);
Servicios de comunicaciones y telecomunicaciones;
Servicios de construcción y servicios de ingeniería conexos;
Servicios de distribución;
Servicios de enseñanza;
Servicios relacionados con el medio ambiente;
Servicios financieros (asesoría, seguros y bancarios);
Servicios sociales y salud;
Servicios de turismo y relacionados con los viajes;
Servicios de esparcimiento, culturales y deportivos;
Servicios de transporte;
Otros servicios no contemplados en otra parte.
Servicios no listados pueden pedir calificación de exportación a la Dirección Nacional de Aduanas usando un formulario específico.
Implicaciones tributarias de la prestación de servicios en el extranjero
El IVA es una de las implicaciones tributarias asociadas con la prestación de servicios en Chile a clientes en el extranjero.
Los servicios no contemplados en la lista u otra normativa vigente pueden solicitar la calificación de exportación ante la Dirección Nacional de Aduanas, completando el formulario respectivo.
Por otra parte, quienes emitan la Boleta de Honorarios Electrónica deben cumplir con el PPM. Otras obligaciones comprenden la declaración de retenciones, el Formulario 50 (declaración mensual y pago simultáneo de impuestos), y la declaración de renta.
¿Cómo declarar facturas extranjeras ante el SII?
En muchas oportunidades, existe la duda de cómo hacer una factura a un cliente en el extranjero que refleje las ventas de bienes y servicios que se le han hecho.
En principio, recuerda que la venta de bienes y servicios se encuentra normada en el Decreto de Ley N°825 de 1974. Luego, es muy importante que tengas presente las diferentes situaciones que se pueden presentar. ¡Así que vamos allá!
¿Cuándo se debe declarar una factura extranjera?
Para declarar en el Servicio de Impuestos Internos una factura emitida, lo primero que se debe comprender es qué tipo de factura es la que se está generando y por cuáles servicios.
Una factura extranjera a declarar en el Servicio de Impuestos Internos puede derivar de varias acciones.
¿Cómo declarar una factura extranjera?
Es importante comprender las formas para declarar los diferentes tipo de facturas extranjeras, considerando que Chile cuenta con una modernización en términos tributarios. A continuación, pasamos a explicar cada una de ellas:
Facturas extranjeras que derivan de la importación
- Cuando un contribuyente importa, debe realizar una internación de los bienes, por lo cual debe contar con un agente de aduana y pagar los impuestos correspondientes.
- Cuando se pagan los impuestos, se genera un registro de la declaración de importación.
- Este debe quedar registrado en el libro de compras y ventas para luego declararlo mediante el Formulario N°29 y completar los siguientes antecedentes
- Línea 26: Importaciones sin derecho a Crédito Fiscal, códigos 566 y 560
- Línea 34: Importaciones del giro con derecho a Crédito Fiscal, códigos 534 y 535.
- Línea 35: Importaciones de Activo fijo con derecho a Crédito Fiscal, códigos 536 y 553.
- Si llevas contabilidad electrónica, la declaración de facturas extranjeras también debes ingresarla a los libros de contabilidad electrónica, siguiendo los pasos que tiene el Servicio de Impuestos Internos.
Si quieres más información, podrás encontrarla en la página oficial del Servicio Nacional de Aduana.
Recuerda que a las exportaciones no se les aplica el IVA ni el impuesto sobre la renta, pero sí podemos tomar algunas consideraciones del Crédito fiscal si existe una producción de por medio.
Para aprender más sobre la declaración de facturas por exportación, te recomendamos leer: “¿Qué es el IVA exportador y cómo se calcula en Chile?”
Nota: siempre debes tener presente que entes como la Unión Europea pueden contar con sus propias normas de tributación.
Adquisición de servicios digitales extranjeros
- Cuando adquieres servicios digitales, dependerá si eres contribuyente de primera o segunda categoría, como también si eres afecto, exento o mixto, ya que la declaración de este IVA diferencia estos aspectos.
- Por un lado, si las empresas son afectas o mixtas que usan el servicio de empresas extranjeras, deberán generar una factura de compra, la cual posteriormente se deberá declarar en el F29.
- De lo contrario, si eres una persona no constituida, la declaración de esta factura extranjera depende de la empresa extranjera.
Si quieres saber más de este tema en particular, te invitamos a revisar: “¿Cómo se declara el IVA a los servicios digitales?”
Persona de segunda categoría presta un servicio en Chile para el extranjero
En estos casos, si bien no existe la declaración de facturas extranjeras, es importante que sepas diferenciar su modalidad, ya que, para la declaración de servicios al extranjero, aplica la confección de una boleta de honorarios por servicios prestados al extranjero, donde la persona debe tener un inicio de actividades en el Servicio de Impuestos Internos y deberá cumplir con la normativa interna, es decir, debe seguir los siguientes pasos:
- Pagar impuestos de forma interna, donde bajo su responsabilidad deberá retener el impuesto correspondiente.
- Deberá confeccionar una boleta de honorarios con la opción de que él se hará cargo de la retención.
- La boleta de honorarios deberá dirigirse al RUT: 44.444.446-0
- La boleta de honorarios por servicios prestados al extranjero, deberá indicar: nombre del extranjero, sin domicilio ni residencia en Chile.
- Luego de generar el documento, debe pagar por medio del Formulario N°29, completando el recuadro N°152, el Pago Previsional Mensual (PPM).
¿Qué sucede en el caso de la prestación y utilización de servicios en el extranjero?
Es importante no confundir estas acciones, por lo que se debe tener en cuenta que, en estos casos, el documento que se debe emitir dependerá de la calidad del contribuyente.
Debes considerar emitir el documento por los servicios prestados y utilizados en el extranjero, el cual puede corresponder a una Factura de Ventas y Servicios no afectos o exentos de IVA o también a una Boleta de Ventas y Servicios no afectos o exentos de IVA.
Se debe tener presente que no se gravan con dicho impuesto, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios.
En relación con este tema, es necesario que revises los antecedentes legales que se encuentran en el portal del Servicio de Impuestos Internos: “Circular N° 111, de 1975” y la “Resolución Exenta N° 6080, de 1999”.
Ahora que conoces más sobre cómo se factura la prestación de servicios en el extranjero, para proveedores residenciados en Chile, no dejes de suscribirte a nuestra Newsletter para enterarte de las nuevas tendencias en el mundo empresarial.