¿Qué es la Mesa de Reactivación Laboral?

Es una instancia técnica independiente que reunió a expertos en economía y políticas laborales, y trabajó para elaborar un diagnóstico y recomendaciones ante un mercado laboral deteriorado.

El contexto que motivó su creación es preocupante: la tasa de desempleo llegó a 9,4% en el trimestre marzo-mayo de 2026, tras varios meses consecutivos con tasas de desempleo persistentemente altas. La desocupación femenina es aún más alta, cercana al 10,5%.

Las 22 propuestas se agrupan en cinco ejes: empleo femenino, subsidios y formalidad, capacitación, regulación laboral, e información del mercado del trabajo.

¿Chile va a tener jornadas de 52 horas semanales?

No es lo que dice la propuesta, aunque el titular haya sonado así. El informe de la mesa es explícito en que no busca aumentar la jornada ordinaria máxima ni modificar el cronograma de la Ley 21.561, que seguirá bajando de 42 a 40 horas semanales en abril de 2028, sin reducir remuneraciones.

Lo que se propone es algo distinto: cambiar el periodo de tiempo sobre el cual se calcula el promedio de esa jornada.

¿Cómo funciona hoy la distribución de la jornada laboral?

La Ley de 40 Horas incorporó mecanismos que permiten distribuir la jornada semanal de manera flexible mediante acuerdos entre empleador y trabajador.

Uno de ellos se encuentra en el artículo 22 bis del Código del Trabajo, que permite promediar la jornada dentro de un período máximo de cuatro semanas.

Esto significa que una semana puede tener una carga horaria superior a otra, siempre que al finalizar ese período se respete el promedio correspondiente.

La normativa, además, establece límites para evitar que las semanas con mayor carga laboral se prolonguen indefinidamente.

De esta forma, se busca compatibilizar cierta flexibilidad para las empresas con la protección de los tiempos de descanso de los trabajadores.

Qué propone cambiar la Mesa de Reactivación

La propuesta plantea extender ese periodo de cálculo de 4 semanas a 15 semanas, que es el promedio observado en países de la OCDE, o incluso hasta 52 semanas, es decir un año completo.

En términos prácticos, una empresa cuya actividad aumente en determinadas épocas del año podría concentrar más horas de trabajo durante esos períodos, llegando excepcionalmente hasta las 52 horas semanales.

Posteriormente, esas jornadas deberían compensarse con semanas de menor carga laboral o con más días de descanso, siempre respetando el promedio de horas que establece la legislación.

La mesa sugiere aplicar este esquema también a contratos especiales, como personal aeronáutico o artistas, y a sistemas excepcionales de jornada en minería, forestal y otros rubros de operación continua.

Otras propuestas relevantes para empleadores

El informe también recomienda evaluar el reemplazo gradual de la indemnización por años de servicio por un modelo de indemnización a todo evento, aplicable solo a nuevos contratos y financiado con una cotización adicional al Seguro de Cesantía.

Otra medida propone ampliar las causales de despido por necesidades de la empresa, incorporando explícitamente bajas sostenidas en ventas o producción, procesos de reorganización interna y la reposición de la "falta de adecuación del trabajador" como causal válida.

También se plantea fortalecer la polifuncionalidad contractual y crear un mecanismo permanente para reducir temporalmente la jornada durante crisis económicas, compensando parte del ingreso con el Seguro de Cesantía y protegiendo al trabajador de despidos por necesidades de la empresa mientras dure el acuerdo.

¿Puedo aumentar la jornada laboral de mis trabajadores hoy con base en esta propuesta?

No. Estas son recomendaciones de una comisión técnica, sin carácter vinculante. No modifican la legislación vigente ni habilitan a ningún empleador a implementar semanas de 52 horas fuera de las reglas que ya existen en el artículo 22 bis.

Corresponderá al Gobierno decidir si transforma alguna de estas ideas en proyectos de ley, los que además deberán pasar por toda la discusión parlamentaria.

Mientras eso no ocurra, la normativa vigente sigue siendo la jornada de trabajo máxima de 42 horas semanales, en el marco de la reducción de jornada que continuará hasta llegar a las 40 horas en 2028.

La propuesta tampoco está exenta de controversia. Desde la Central Unitaria de Trabajadores (CUT) se han planteado reparos, advirtiendo que una mayor flexibilidad podría traducirse en precarización del empleo y debilitamiento de las protecciones laborales.

En el sector empresarial, en cambio, hay quienes sostienen que una mayor adaptabilidad mejoraría la competitividad y facilitaría la contratación formal, especialmente en rubros estacionales.

Cómo prepararse como empresa ante esta discusión

Mientras el debate avanza, lo más útil para una pyme es mantenerse al día con lo que sí es exigible hoy: registrar correctamente los anexos de contrato cuando corresponda, respetar el tope de 42 horas semanales y aplicar de forma correcta el sistema actual de horas extraordinarias.

Si eventualmente la propuesta se convierte en proyecto de ley, será necesario revisar contratos, sistemas de control de asistencia y cálculo de remuneraciones para adaptarse a un nuevo periodo de promedio.

Llevar ese seguimiento de forma ordenada es más simple con las herramientas correctas.

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