En los últimos años, las directrices del proceso tributario en Chile se han tenido que adecuar a la situación económica nivel país, como también a los tiempos de respuesta para la ejecución de los trámites.
Para este período tributario, la situación no se ve muy distinta al anterior, por lo que hay que estar muy atentos a las noticias y actualizaciones que publique el SII.
Si por alguna situación económica o de otra índole no puedes pagar el impuesto a la renta de tu empresa, debes saber que hay formas de ponerse al día con esta obligación, sin morir en el intento ¡Sigue leyendo y descúbrelas acá!
¿Qué hago si no pague el impuesto?
Sabemos que la situación económica en la cual nos encontramos actualmente es un tanto confusa. Sin embargo, dentro de esta incertidumbre, podemos hacer algo positivo y responder una de las grandes dudas a la cual te enfrentas al declarar la renta: si no puedo pagar el Impuesto sobre la Renta, ¿Qué hago?
Ya sea por acumulación de cuentas o retraso en algunos pagos, puede que al declarar tu información tributaria mediante el sitio web del Servicio de Impuestos Internos (SII), te des cuenta de que tu empresa no tiene la suma de dinero indicada a pagar como tributos al Estado.
En este caso, es importante tener en cuenta que existen distintas modalidades, por lo que no es necesario preocuparse, ya que siempre hay soluciones. Acá te dejamos las formas de pago que el Servicio de Impuestos Internos pone a su disposición para pagar el impuesto a la Renta, las cuales se encuentran dentro y/o fuera de plazo:
- Pago en línea con tarjetas de crédito.
- Pago en línea con cargo a la cuenta corriente.
- Pago con mandato al banco para cargo en cuenta corriente.
- Pago al vencimiento (con mandato).
Por lo que podrás pagar tu impuesto dentro o fuera del plazo establecido por ley, en el caso que hayas tenido problemas con tu declaración. Sin embargo, es importante que sepas que se te cobrarán multas e intereses por generar este trámite fuera del plazo establecido, así que analiza las alternativas de pago antes mencionadas para que puedas cumplir con tu obligación tributaria y, sólo en un caso excepcional, optar por un pago fuera de plazo.
El SII es al final quien decide si autoriza los pagos diferidos para el pago de impuesto a la renta del año en curso. Cabe señalar que el año pasado, recién entregó esta información durante el mes de marzo indicando que se extendía para el 30 de junio. Ahora solo queda esperar por esta posibilidad.
¿Qué es el pago diferido de impuestos?
El pago diferido es el aplazamiento del pago que corresponde a los impuestos que pagan los contribuyentes al Fisco, considerando que esta es la entidad recaudadora.
Si bien el Servicio de Impuestos Internos no se ha pronunciado con respecto al pago diferido para el proceso de Operación Renta 2022, es importante que conozcas de ¿Qué trata? y ¿Cómo se debe realizar?, ya que esta puede ser la mejor de las opciones en caso de no contar con el dinero para pagar el impuesto.
Actualmente existe un pago diferido, conocido como postergación de IVA, para aquellos contribuyentes que durante un mes no pudieron hacer el pago de impuesto mensual correspondiente. Si quieres conocer más de este tema, te dejamos este artículo sobre ¿Cómo postergar el pago del IVA en Chile?
Es importante que tengas en cuenta que si eres de los contribuyentes que no cuentan con los fondos suficientes para pagar los impuestos correspondientes al año tributario anterior, puedes hacer una solicitud para pagar el monto asignado de manera diferida, por medio del portal del SII o en la oficina de esta entidad pública que corresponda a tu domicilio, siempre y cuando el SII lo permita.
Para optar a esta postergación del pago de tus impuestos en la web del SII, debes cumplir con las siguientes condiciones:
- No tener deudas con el Estado o agentes retenedores.
- No estar en la nómina de contribuyentes que no pueden acceder a condonación.
- El trámite solo podrán hacerlo los contribuyentes que efectúen su Declaración de Renta vía Internet.
Si cumples con estas tres condiciones, solo debes ingresar aquí y dirigirte al botón de Servicios online. Verás que esta sección cuenta con un menú denominado Declaración de Renta. Haz clic en esta sección y dirígete al final de la lista que se ha desplegado, en la cual debes elegir la opción Más información. Este proceso quedará habilitado una vez autorizados los pagos diferidos para el año tributario en curso.
¿Quiénes podrán pagar el impuesto diferido?
Todos los contribuyentes, ya sean de primera categoría o de segunda categoría, podrán optar al pago diferido si la norma lo permite.
Para el caso de los contribuyentes de primera categoría, sus impuestos se calculan basado en el cierre contable del año comercial anterior, donde se recalculan en el Formulario N°22.
Por ejemplo, un Impuesto de primera categoría para un régimen tributario Régimen General Semi Integrado, se calcula de una base imponible de $2.000.000, donde el impuesto aplicado de primera categoría es del 27% y su PPM anual corresponde a $150.000.-
2.000.000*27% =$540.000.-
$540.000 - $150.000 = $390.000.-
A grandes rasgos, en este ejemplo se hace un breve análisis del impuesto de primera categoría, basado en que todos los cálculos previos ya se hayan realizado, por lo que se llega a un pago de impuesto a la renta de $390.000.-
Este sería el monto final por el cual el contribuyente podrá optar a un pago diferido, de acuerdo a la forma y fondo que se autorice para el proceso. Recuerda que los regímenes tributarios tienen un % de Impuesto de primera categoría según el tipo y puedes revisarlos acá.
En el caso de los contribuyentes de segunda categoría, revisemos el siguiente ejemplo:
Tenemos a un contribuyente de segunda categoría que aplica su impuesto correspondiente durante la Operación Renta. Considerando que ya se hayan generado todos los cálculos previos, sus ingresos finales que constituyen renta tienen un Impuesto Global Complementario de $776.899.-, y este tendrá un Crédito de IGC $ 435.091.-, más una retención impuesto de segunda categoría de $ 9.792.-
$776.899 - $435.091= $341.908.-
$341.808 - $9.792 = $332.016.-
Finalmente, el impuesto adeudado es de $332.016.-. Este sería el monto que deberá considerar en caso de poder diferir el pago. Es importante tener en cuenta que los cálculos son un ejemplo general y no específico de algún caso. Recordemos que, para el año 2022, se deberán seguir las tablas correspondientes al año en curso.
¿Cómo llenar el Formulario N°2117 para el pago diferido?
A continuación, te dejamos el procedimiento que debes completar vía internet para rellenar el Formulario N°2117, mediante plataforma web:
- En principio, debes contar con clave tributaria. Recuerda que también podrás acceder con clave única si la tienes habilitada en el Registro civil.
- Ingresa en el menú desplegable de Servicios en línea.
- Selecciona peticiones administrativas y otras solicitudes y sigue los pasos que se te van indicando en la plataforma hasta que aparezca “ingresar petición administrativa”
- Debes comenzar a completar la petición administrativa. En el caso que aún no se hayan pronunciado con respecto al pago diferido del impuesto a la renta, deberás ingresarla como consulta en el apartado en donde se debe indicar la “materia” de dicha solicitud.
- Completa todos los campos. La descripción debe ser lo más concisa posible y deberás adjuntar todos los antecedentes que respalden tu solicitud.
Es importante tener en cuenta que si lo solicita un mandatario, deberá contar con el poder notarial para adjuntarlo a la petición administrativa.
¿Cuál es el marco normativo por pago diferido?
Recuerda que el SII cuenta con un apartado legislativo en su portal, en el cual encontrarás todo lo relacionado al marco normativo de los procesos. Para el año tributario 2022, aún no se encuentran antecedentes relacionados al pago diferido para el impuesto a la renta.
Ahora, te compartimos el marco normativo que permite reclamar por aquellas resoluciones administrativas que rechazan las peticiones administrativas. Art. N°124 y Art. N°126 del Decreto Ley N° 830 sobre Código Tributario
Recuerda que, en casos excepcionales, siempre está la opción de solicitar una petición administrativa, dando a conocer la realidad del contribuyente que no cuenta con el monto para pagar los impuestos. Más ahora considerando que los contribuyentes se han visto afectados desde el 2019 con el estallido social y la pandemia. Esto aplica tanto para los contribuyentes de primera como de segunda categoría.
Finalmente, es muy importante que durante el proceso de Operación Renta 2022 siempre cuentes con un profesional que te asesore, ya que este te podrá ayudar durante todo el proceso. Además, podrá hacer una simulación previa de acuerdo a la información que le proporciones, por lo que podrás determinar si debes pagar o no impuesto en el año tributario en curso.
De esta manera, podrás provisionar un monto asociado al pago de impuesto en caso que corresponda y así evitarás enfrentar problemas cuando se esté declarando la renta. Recuerda que si realizas tu Operación Renta 2022 con Nubox puedes automatizar tus Declaraciones Juradas de Renta y obtener información para confeccionar tu Formulario 22.
“No pude realizar la solicitud por Internet, ¿Qué hago?”
Como ya hemos mencionado en este artículo, el pago diferido por renta anual es facultad del SII. Éste dispondrá dentro de su plataforma web un espacio para poder realizar esta tarea, al momento de realizar la declaración de renta anual.
Si no pudiste realizar la postergación del pago al impuesto a la renta vía Internet, deberás ir a la oficina territorial del Servicio de Impuestos Internos que corresponda a tu domicilio. Allí, deberás presentar tu cédula de identidad vigente para solicitar el formulario 2117 y registrar el monto del impuesto a pagar que deseas diferir.
En el caso de presentar esta solicitud como representante legal de una persona jurídica, añade a tu lista los siguientes documentos para este trámite:
-
escritura pública que acredite la representación legal;
-
RUT de la empresa a la cual representas.
Si el representante legal no estuviese disponible para realizar esta solicitud, deberá extender —ante notario— un poder especial que faculte a un mandatario electo exclusivamente para solicitar el pago diferido de impuestos.
Si vas en el lugar de una persona natural, como hemos indicado anteriormente, debes ir a la oficina del SII que corresponda al domicilio de quien representas, portando los siguientes documentos:
- Cédula de identidad vigente;
- Poder especial suscrito ante notario, en el cual el contribuyente autoriza al mandatario a que solicite el pago diferido de impuesto.
Tendrás respuestas sobre tu solicitud una vez que el Director Regional respectivo haya dado su autorización y esta información sea ingresada a las bases de datos del SII.
Ten en cuenta que el pago diferido del impuesto a la renta para el año 2022, dependerá de la autorización del SII. Por ahora, si te encuentras acongojado por estar en este escenario y no puedes acudir al SII, te invitamos a hacer una petición administrativa en su portal. De esta manera, puedes hacer las consultas correspondientes y pedir orientación.
Pago de multas y sanciones por pago diferido
Ahora que sabes que puedes solicitar pagar tus impuestos de forma diferida, es bueno que tengas en consideración que si presentaste la Declaración de Renta y la solicitud de pago diferido dentro de las fechas estipuladas, no estás sujeto a multas; esto se debe a que el mismo Servicio de Impuestos Internos autorizó el pago de tributos en otra fecha.
De todas formas, y como toda deuda, el pago diferido de impuestos se atiene a reajustes e intereses si no realizaste los trámites anteriormente descritos. La tasa de interés es de 1,5% por mes o fracción que haya transcurrido una vez vencido el plazo para pagar los impuestos correspondientes.
Desde el mes de julio, podrás ingresar al sitio web del SII y consultar los giros y pagos pendientes, entrando al encabezado Consultar estado de Declaración de Renta. Aquí, podrás ver todos los giros y pagos que estén pendientes, los cuales podrás pagar electrónicamente en el mismo portal, siempre y cuando autentifiques tu identidad al introducir tu RUT y clave de acceso para entrar al portal en línea.
Posteriormente, deberás ver en el menú la opción de Servicios online. Una vez ahí, debes escoger la opción llamada Infracciones, pagos de giros y condonaciones. Desde este punto, te recomendamos seguir los pasos que detallamos a continuación:
- Haz clic en Pagos de giros.
- En el campo Tipo de Formulario debes poner 45.
- Haz clic en Buscar giros.
Independiente de esto último, la ley tributaria actual señala que los pagos y giros diferidos serán notificados oportunamente vía correo certificado a la dirección registrada por el contribuyente, según dicta la normativa de notificaciones.
La realización de ambos trámites por Internet —es decir, la presentación del Formulario 22 y la solicitud de pago diferido— deben efectuarse dentro de los plazos legales establecidos, lo que significa que esta diligencia no se puede formalizar en fechas posteriores al 2 de mayo de 2022. Si hicieras este trámite fuera de plazo, las sanciones serán las siguientes:
- Las declaraciones de renta que deban pagar impuestos y se presenten fuera del periodo establecido, consideran que
- Todo impuesto que no se pague dentro de las fechas legales estipuladas, se reajustará en el mismo porcentaje experimentado por el IPC durante el último día del mes que precede al vencimiento al último día del mes que precede al pago efectivo de la deuda tributaria.
- Si la tardanza en el pago de los impuestos es menor a cinco meses, los impuestos sufrirán un reajuste del 10%. Si la demora fuera superior a cinco meses, además del 10% de reajuste, se añadirá un 2% adicional por cada mes de atraso o fracción. La multa total no puede exceder el 30% de los impuestos adeudados.
- A los impuestos reajustados se les imputará un interés de 1,5% por cada mes o fracción que transcurra.
- A las declaraciones de renta presentadas fuera del periodo legal y que tienen derecho a devolución, el recargo se regulará entre 1 Unidad Tributaria Mensual (UTM) y 1 Unidad Tributaria Anual (UTA).
- Las declaraciones de renta que no deban pagar impuestos, que se declaren sin movimiento y no tengan derecho a devolución, pero que se presentaron fuera del plazo legal, se les aplicará una sanción que irá entre 1 UTM y 1 UTA.
¡Listo! Si quieres seguir aprendiendo e informándote sobre la Operación Renta 2022 y otros temas relacionados con la contabilidad, suscríbete a nuestro blog.