Yaileth Herrera
Contadora Pública con 20 años de experiencia en el área de finanzas. Posee un MBA en Gerencia de Emp...
Lo lees en 6 minutos
Yaileth Herrera
Contadora Pública con 20 años de experiencia en el área de finanzas. Posee un MBA en Gerencia de Emp...
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Esta norma apunta a “especificar el tratamiento contable de los activos mantenidos para la venta, así como la presentación e información a revelar sobre las actividades interrumpidas”.
El objetivo de esta NIIF es requerir a las entidades que revelen información que permita a los usuarios evaluar la relevancia de los instrumentos financieros en el estado y rendimiento de la compañía. Y con ello, los riesgos que estos instrumentos conllevan.
Entendiendo que las NIIF responden al escenario macroeconómico imperante, es fundamental que contadores y auditores se mantengan al tanto de las actualizaciones en la materia, ya que los cambios que puedan presentarse tienen un impacto directo en empresas y entidades financieras.
Durante los últimos años, estas normativas han experimentado cambios que obedecen al dinamismo del mercado, la globalización y estandarización de procesos necesarios para el correcto funcionamiento de la economía, desde un contexto local hacia uno internacional.
El International Accounting Standards Board (IASB) -organismo a cargo de la regulación de las NIIF-, realizó algunos cambios que vale la pena revisar en detalle:
Se trata de una norma relacionada con la clasificación y medición de instrumentos financieros, la cual reemplaza a la NIC 39.
Tal como explica Mauricio Farías -socio de Audit de Deloitte-, esta norma “trabaja con un modelo de pérdida esperada, distinto al anterior que operaba con la medición de pérdidas incurridas. Lo que hace que los modelos de provisión sean mucho más ácidos y que el nivel de provisiones potencialmente sea más alto”.
Esta es la segunda de las nuevas normascontables que entró en vigencia el 1 de enero de 2018. Esta NIIF -que sustituye a la NIC 18 y a la NIC 11- se relaciona con “Ingresos ordinarios derivados de contratos con clientes” y determina un modelo de 5 pasos -único y estandarizado- que debe ser aplicado a todos los contratos con clientes.
Esta NIIF -que sustituye a la NIC 17 y entró en vigencia en enero de 2019 - establece que todos los arriendos deben registrarse en el estado de situación financiera. Antes de esta norma se establecía una diferencia entre arriendo financiero y operativo, y solo los primeros se veían reflejados.
Matko Koljatic -profesor titular de la Escuela de Administración de la PUC- fue claro al decir que la NIIF 16 “obliga a registrar los pagos futuros de los contratos de arriendo -descontados a su valor presente- como un pasivo y, como contrapartida, el “derecho de uso” del bien arrendado como un activo de valor equivalente”.
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