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¿Qué es la semana corrida en Chile y cómo se calcula?

Karen Pastén

Escrito por Karen Pastén

Ingeniera en Información y Control de Gestión. Cuento con un Diplomado en Desarrollo de Personas y Organizaciones. Tengo más de 10 de años de experiencia liderando el proceso de remuneraciones en empresas del sector retail y tecnológica.

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La “semana corrida” es un concepto que alude a una modalidad de trabajo que brinda al trabajador ciertos derechos y beneficios y que toda persona a cargo del pago de remuneraciones en una empresa debe conocer. En qué consiste, cómo se calcula y todo lo que debes saber al respecto, a continuación.

No todos los trabajos son iguales. En Chile, existen varios tipos de contratos de trabajo, todos con derechos y deberes que deben cumplir tanto el trabajador como el empleador. En ese sentido, existe un concepto que aplica para aquellas personas que perciben remuneraciones de manera diaria: la semana corrida.

¿Qué es la semana corrida?

El término corresponde, básicamente, al pago por días domingos, festivos y de descanso compensatorio que reciben los trabajadores que son remunerados de manera diaria, y los que se rigen por un sistema de remuneración mixto, es decir, que perciben una parte del salario de manera fija y otra variable.

Atendiendo a la lógica del sistema de remuneración por día, los afectos a él recibirían su salario solo por los días trabajados. Siendo así, tendrían que trabajar los domingos, días festivos y de descanso para equiparar su salario con el de un trabajador que cuenta con sueldo fijo mensual.

Para que esto no ocurra y las condiciones laborales sean más justas, la semana corrida establece que tales días sean cancelados a quienes perciben un salario por concepto de días trabajados.

¿Quiénes tienen derecho a este beneficio y quiénes no?

En concreto, pueden acogerse a este beneficio de semana corrida:

Trabajadores remunerados por día

Es decir, todas aquellas personas que reciben su salario de acuerdo a las horas o días trabajados, metas establecidas, etc.

Trabajadores con remuneración mixta

Refiriéndose a aquellas personas que cuentan con un sueldo base mensual -que debe ser igual o superior al mínimo establecido por ley- y que, además, perciban remuneraciones por concepto de metas, comisiones, ventas, etc.

De acuerdo a lo anterior, estos dos macro grupos tienen derecho al beneficio de la semana corrida o, como también se conoce, pago del séptimo día. Por el contrario, quienes no pueden acogerse a este beneficio son aquellas personas que:

  • Perciben una remuneración exclusivamente por concepto de sueldo fijo mensual.
  • Aún cuando su salario se devenga por concepto de remuneración mixta, la parte variable sea asignada mediante el llamado sistema de pozo, es decir, un porcentaje de la venta total mensual que se reparte entre los trabajadores.
  • Sus jornadas de trabajo de distribuyen en menos de cinco días.

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¿Cómo se calcula la semana corrida?

Junto con saber qué es la semana corrida, también es necesario comprender cómo se calcula. Sin embargo, antes de llegar a dicho punto, es necesario conocer los requisitos que debe tener la remuneración para ser considerada en el pago del séptimo día:

  • Debe tratarse, efectivamente, de una remuneración. Puede sonar algo obvio y redundante, pero en ella no se incluyen conceptos como viáticos, asignación de locomoción, asignaciones familiares y otros similares. En definitiva, debe tratarse del pago neto por las labores realizadas, sin incluir en éste otros conceptos.
  • Aunque el pago del salario se realice de manera mensual, éste debe ser devengado diariamente por el trabajador, es decir, no importa que el monto total (del mes) sea cancelado de una vez, pero sí debe corresponder a los días efectivamente trabajados.
  • Debe subsistir por sí misma y no depender de conceptos como bonos o aguinaldos. Para fines técnicos, esto apunta a que la remuneración debe ser principal y ordinaria.

Si la remuneración cumple con estos tres requisitos, el beneficio de la semana corrida puede asignarse al trabajador que la perciba, y, para calcularlo, debes seguir los siguientes pasos:

  • Sumar lo que el trabajador percibió durante una semana, es decir, todas las remuneraciones diarias obtenidas durante dicho período de tiempo.
  • Luego, tal monto se divide por los días que legalmente debió trabajar el empleado.
  • La cifra obtenida es la que el empleador deberá pagar al trabajador por el domingo y cada feriado que haya en dicha semana.
  • De no poder calcularse a nivel semanal, también puede hacerse mensualmente siguiendo la misma lógica antes descrita.

Es importante que quien está encargado del pago de los salarios en una empresa sepa qué es la semana corrida y todo lo que conlleva este beneficio laboral. Esto, para así cumplir con lo establecido por la ley y no incurrir en irregularidades que puedan derivar en problemas con la Inspección del Trabajo o con el SII.

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