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Escrito por Karen Pastén
Ingeniera en Información y Control de Gestión. Cuento con un Diplomado en Desarrollo de Personas y Organizaciones. Tengo más de 10 de años de experiencia liderando el proceso de remuneraciones en empresas del sector retail y tecnológica.
Author's LinkedInTitle: Kit de Plantillas para Remuneraciones
Subtitle: Liquidación de Sueldo, Libro de Remuneraciones, Vacaciones y más
Form ID: 59833b17-9088-4842-91ef-ae34d90c162f
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¿Qué tipos de remuneraciones que existen en Chile?
En el artículo 42 del Código del Trabajo hay ciertos conceptos que expresan tácitamente los tipos de remuneración a los que tienen derecho los trabajadores chilenos:
Sueldo
Es la retribución fija y en dinero que recibe el trabajador por la prestación de los servicios pactados en el contrato de trabajo, documento donde también se tiene que establecer el monto y la periodicidad. No debe ser inferior al salario mínimo, y las fechas de pago no pueden exceder un mes entre sí.
Sobresueldo
Corresponde a la remuneración de las horas extraordinarias de trabajo. Estas se pagan con un recargo del 50%(como mínimo) sobre el sueldo convenido para la jornada ordinaria, independientemente del día o jornada laboral en que se desarrollen.
Comisión
Es un porcentaje que recibe el trabajador sobre las ventas u otras operaciones en las que participe directamente. Su monto porcentual se pacta en el contrato de trabajo.
Cabe señalar que es ilegal que el empleador le descuente al empleado las comisiones en las que no perciba el valor total de la venta, como en el caso en el que le paguen con un cheque sin fondos o le hagan la devolución de la mercancía.
Participación
Hace referencia a la proporción en las utilidades de un negocio determinado, de una empresa o alguna de sus sucursales. Su monto también se pacta en el contrato de trabajo.
Gratificación
Suele confundirse con la participación. Pero en este caso, aunque la proporción se calcula sobre las utilidades de la empresa, no es una remuneración acordada por las partes, sino legal. La ley obliga al empleador a pagarla siempre que haya obtenido utilidades liquidas.
Esto puede hacerse de dos maneras: de acuerdo al artículo 47 del Código de Trabajo, la gratificación debe cancelarse en un porcentaje no inferior al 30% de las utilidades en mención; o como estipula el artículo 50, liquidándole al trabajador el 25% de lo devengado en el respectivo ejercicio comercial por concepto de remuneraciones mensuales.
Bonos
También se pactan entre las partes y obedecen al cumplimiento de diversas condiciones (producción, metas, puntualidad, responsabilidad, antigüedad, etc). Aunque el empleador puede emitirlos sin necesidad de que sean convenidos con antelación.
Semana corrida
Corresponde a los días domingos, festivos o de descanso compensatorio en que el empleado no presta servicios.
Para los trabajadores que tienen un sueldo fijo, se entiende que su pago está incluido dentro del mismo.
Pero para aquellos que perciben remuneración variable, se calcula dividiendo la suma de las remuneraciones diarias por el número de días que legalmente debió trabajar en la semana.
Comprendidas estas definiciones, ya podemos entender cómo calcular remuneraciones sin caer en confusiones.
Otros puntos que no debes pasar por alto
En caso de robo, pérdida o destrucción de bienes de la empresa sin que haya responsabilidades del trabajador, el empleador no puede descontar de su sueldo el monto perdido. Además, las siguientes asignaciones no constituyen remuneración, de acuerdo al artículo 41 del Código del Trabajo:
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Asignación de movilización.
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Asignación de pérdida de caja.
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Asignación de desgaste de herramientas.
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Asignación de colación.
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Viáticos.
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Prestaciones familiares otorgadas en conformidad a la ley.
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Indemnización por años de servicios.
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Indemnizaciones que proceda pagar al extinguirse la relación laboral.
Cómo se calcula la colación y movilización
No hay una disposición legal que determine que el patrono está en la obligación de pagar la colación y movilización de sus trabajadores.
Sin embargo, la Dirección del Trabajo asegura que este pago dependerá del acuerdo al que lleguen las partes (empleador y trabajador).
El organismo cree que el valor razonable que se le debe pagar al trabajador debe estar en sintonía con el ingreso del trabajador.
Ejemplo: Un trabajador que percibe un sueldo bruto de $1.029.313 puede llegar a percibir en colación y movilización lo siguiente:
Asignación por colación: $27.600
Asignación por movilización: $13.800
Si bien estas asignaciones pueden formar parte del salario líquido -como es el caso del concepto "movilización"- no son remuneraciones porque son gastos en los que se incurre para llevar a cabo el trabajo, y no un pago al trabajador por un servicio prestado. Por lo tanto, no están afectas a cotizaciones previsionales.
Como ves, el cálculo del sueldo en Chile no es un proceso de mucha complejidad si manejas los conceptos claves. Sin embargo, si prefieres automatizarlo, existen software especializados en remuneraciones que, sin duda, son de gran ayuda, sobre todo para las pequeñas y medianas empresas.
Esto, porque además de calcular los montos, permiten la integración con sistemas bancarios para realizar las transacciones. Así, el pago de salarios se realiza de manera rápida, clara y sin inconvenientes.