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Escrito por Karen Pastén
Ingeniera en Información y Control de Gestión. Cuento con un Diplomado en Desarrollo de Personas y Organizaciones. Tengo más de 10 de años de experiencia liderando el proceso de remuneraciones en empresas del sector retail y tecnológica.
Author's LinkedInTitle: Kit de Plantillas para Remuneraciones
Subtitle: Liquidación de Sueldo, Libro de Remuneraciones, Vacaciones y más
Form ID: 59833b17-9088-4842-91ef-ae34d90c162f
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¿Cuál son los valores de la asignación familiar vigentes?
Una vez determinado el ingreso promedio del trabajador según lo explicado anteriormente, debes proceder a fijar el monto del pago de asignación familiar que le corresponderá percibir.
Para ello tienes que basarte en lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley N°21.360 (Diario Oficial 12.07.2021) y en el Decreto N° 2 de 06.01.2022, que fija los montos de asignación familiar y maternal.
De acuerdo a estas estipulaciones, desde el 01 de enero de 2022 las asignaciones familiares en Chile son las siguientes:
a) De $14.366 por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual no exceda de $366.987.
b) De $8.815 por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual supere los $366.987 y no exceda de $536.023.
c) De $2.786 por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual supere los $536.023 y no exceda de $836.014.
d) Las personas con ingreso mensual superior a $836.014, aunque tengan acreditadas o acrediten cargas familiares, no tendrán derecho a estas asignaciones.
Tomando como referencia el parámetro vigente, imagina que un empleado con un ingreso promedio de $362.346 tiene dos hijos menores de edad y una madre minusválida, es decir, tres causantes o cargas familiares.
Por lo tanto, debes multiplicar por tres los $14.366 pesos de asignación familiar que le corresponden según su rango de ingresos (hasta $366.987). Esto significa que percibiría $43.098 pesos por este concepto.
Ejemplificando con otro rango, pensemos en un empleado con ingreso líquido promedio de $600.000 que tenga dos cargas familiares validadas.
En ese caso, está en el rango más elevado de beneficiarios en cuanto a salario medio (de $536.023 a $836.014), por lo cual le corresponde $2.786 por causante. La operación sería la siguiente:
- $2.786 x 2 = $5.572
Recuerda que en el medio de estos dos rangos está el de $8.815 por carga, para trabajadores que ganen entre $366.987 y $536.023
Una vez se termine el período de vigencia de la asignación familiar, te corresponderá determinar nuevamente el valor promedio de las remuneraciones del trabajador, siguiendo la misma lógica explicada anteriormente.
Al respecto, no olvides exigirle al empleado una declaración juramentada donde de fe de los ingresos que ha percibido en dicho lapso de tiempo.
¿Cuándo y cómo se paga la asignación familiar?
Una vez hayas realizado el cálculo de la asignación familiar que le corresponde a tu trabajador, procederás a efectuar la carga de ese monto en su remuneración mensual, en caso de que el tipo de contrato establezca que eres el responsable de esta operación.
Como verás a continuación, el pago de la asignación familiar depende del tipo de trabajador o beneficiario:
Trabajadores dependientes
En este caso, la asignación debe formar parte del sueldo liquidado mensualmente y, en consecuencia, es asumida por el empleador.
Trabajadores independientes con boletas de honorarios
Estos beneficiarios reciben la asignación familiar vía devolución de impuestos. Por lo tanto, el dinero es liquidado en el año siguiente al cual se declararon las cargas y los ingresos percibidos.
Trabajador independiente que además paga cotizaciones
Estos trabajadores reciben el monto equivalente a asignación familiar cada vez que efectúan sus aportes o cotizaciones.
Pensionados
El encargado del pago es el sistema de pensión (AFP o IPS) y lo realiza junto al pago recurrente a los jubilados adscritos.
Subsidiados
Es pagado por el Estado junto al subsidio de cesantía.
Entonces, ¿quiénes tienen derecho a este beneficio?
Como ya sabes, tanto trabajadores dependientes como independientes, al igual que pensionados y subsidiados, tienen derecho a la asignación familiar siempre y cuando estén dentro de los rangos de ingresos requeridos.
No obstante, dentro de estos grupos hay subgrupos, por ejemplo, en el de los trabajadores dependientes están tanto los del sector privado como los del público.
Por ello, a continuación te mostramos a detalle todos aquellos que pueden acceder a la asignación familiar en Chile, si su ingreso promedio lo permite, de acuerdo al Instituto de Previsión Social:
Trabajadores dependientes sector público y privado.
Trabajadores independientes afiliados a un régimen previsional al 1º de enero de 1974, que contemplara entre sus beneficios el de Asignación Familiar.
Trabajadores independientes obligados o no a cotizar en el sistema de AFP, que hayan acreditado cargas en el IPS.
Personas con Subsidio de Cesantía o Subsidio por Incapacidad Laboral (licencia médica).
Pensionados de cualquier régimen.
Pensionados de viudez y madre de los hijos de filiación no matrimonial del trabajador o pensionado.
Instituciones del Estado a cargo de niños huérfanos, abandonados e inválidos.
Personas naturales con niños a su cargo, por resolución judicial.
Trabajadores con derecho a prestaciones del Fondo de Cesantía Solidario que al momento de quedar cesantes percibían asignación familiar.
Beneficiarios de PBS de Vejez o Invalidez. Solo en relación con su descendencia.
Los beneficiarios del Subsidio para personas con discapacidad mental menores de 18 años. No obstante sólo pueden tener cargas familiares en relación con su descendencia.
¿Quiénes son causantes del subsidio familiar?
Además de cumplir con el requisito de ser dependientes del trabajador y no tener ingresos iguales o superiores a la mitad del salario mínimo mensual, deben tener la calidad de:
- Cónyuge inválido.
- Hijos y adoptados hasta los 18 años; hasta los 24 años, siempre y cuando sean solteros y se encuentren estudiando; inválidos de cualquier edad.
- Nietos y bisnietos, huérfanos de padre y madre o abandonados por éstos, en las mismas condiciones de edad citadas en el punto anterior.
- Madre viuda.
- Ascendientes mayores de 65 años o inválidos de cualquier edad.
- Menores confiados al cuidado de personas naturales en virtud de una medida de protección dispuesta por sentencia judicial.
¿La asignación familiar se calcula sobre el sueldo imponible?
Recuerda que la asignación familiar no constituye remuneración. Por lo cual, dicho monto no hace parte del sueldo imponible o afecto a las cotizaciones previsionales.
Debe entregarse de manera íntegra al trabajador y ser plenamente individualizado en la planilla de pago, siendo importante en el proceso de remuneraciones que realiza cada empresa.
Por último: ¡no confundas esta asignación con otros beneficios!
La asignación familiar es un beneficio diferente al subsidio familiar y a la asignación maternal.
La asignación es para quienes perciben ingreso mensual recurrente, bien sea de un empleo formal, actividades independientes, fondos de seguridad social o el Estado, mientras que el subsidio familiar es exclusivo para quienes no poseen ingresos ni cotizaciones y, en general, han demostrado no poder sustentar económicamente a sus familiar.
En tanto, la asignación maternal solo se otorga a la mujer trabajadora que cotice en un régimen previsional, siempre y cuando tenga 5 o más meses de embarazo.
¡Esperamos que haya sido de gran utilidad este contenido! Como ves, la asignación familiar es un beneficio específico que como empleador debes seguir, calcular y liquidar.
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