La crisis sanitaria que afecta al país y al mundo entero ha dejado en evidencia lo vulnerables que son las pequeñas y medianas empresas, entre las que encontramos el rubro gastronómico, eventos, deportes, cultura, entre otros rubros. Por ello hoy te hablaremos del bono de alivio para las pymes.
Ante ese escenario, desde que comenzó la pandemia han ido apareciendo medidas económicas importantes para combatir la falta de liquidez y así los emprendedores puedan gestionar en mejores condiciones esta crisis. En esta ocasión, te contaremos todo acerca del “bono alivio” destinado para las PYMES.
El bono alivio es un incentivo de un millón de pesos para apoyar a las pequeñas y medianas empresas que hayan tenido disminuciones de su capital por causa de la pandemia.
Como indica la Resolución Exenta N°62 del SII de fecha 22-06-2021, está destinado a personas naturales o jurídicas que tengan su inicio de actividades como contribuyentes de primera categoría hasta el 31-03-2020 y cuyos ingresos anuales por concepto de ventas no hayan sido superiores a las 25 mil UF durante el año pasado.
Además, aquellos microempresarios que pertenezcan al rubro de las ferias libres, como no cuentan con inicio de actividades, tendrán acceso al bono, por el solo hecho de tener permiso municipal. Sin embargo, si tienen más de una patente comercial, sólo se le considerará una.
En relación a las ferias libres, se les instruye a las municipalidades, a través de esta misma resolución, generar un “Reporte Ferias Libres”, el cual debe ser enviado por medio de la plataforma web del SII. Este debe contener la siguiente información de los contribuyentes que tengan su permiso municipal vigente para desempeñarse en este rubro:
También se contempla un bono adicional, el cual será variable para empresas que se encuentren afectas a IVA, donde recibirán un aporte equivalente a tres meses en relación al promedio del IVA débito registrado para el 2019, con un tope de hasta $2.000.000.
Finalmente, se considera el liderazgo femenino para estos bonos Pymes. Para pequeñas y medianas empresas donde una mujer sea dueña, tendrán el bono alivio y también un monto adicional variable de hasta un 20% del bono.
Cabe señalar que habrá un anticipo solidario destinado para el pago de cotizaciones de seguridad social, que beneficiará a aquellas empresas que se han visto afectadas y han tenido que optar por la suspensión laboral de sus trabajadores, por medio de la Ley de Protección al Empleo.
Para conocer más sobre los rubros especiales que podrán acceder a este bono alivio para Pymes, puedes revisar el Decreto Ex. N° 240 de 2021 del Ministerio de Hacienda.
Para acceder a estos beneficios, se deberá cumplir con los siguientes requisitos:
La postulación deberá hacerse de acuerdo a lo indicado en la normativa:
Estos son los plazos fijados por el Servicio de Impuestos Internos para solicitar los beneficios aprobados por el Congreso Nacional en materia de financiamiento para las Mipymes:
Ayuda para las PYMES | Plazo de solicitud |
Bono Alivio Mipymes | Desde el 2 de julio al 2 de agosto |
Bono adicional Mipymes | Desde el 18 de agosto al 18 de octubre |
Bono para pago de cotizaciones | Desde el 18 de agosto al 18 de octubre |
Anticipo solidario para pago de cotizaciones | Desde el 17 de julio al 17 de septiembre |
Frente a los últimos acontecimientos, con la promulgación de la Ley N°21.354 que “otorga bonos de cargo fiscal para apoyar a las micros y pequeñas empresas, por la crisis generada por la enfermedad COVID-19”, se indican nuevas medidas tributarias para ayudar y fortalecer la economía de las Pymes, entre las que se pueden encontrar:
Para estos efectos, el 22 de junio nos encontramos con la modificación del Decreto Supremo Nº 611, de 9 de abril de 2021, que faculta en materias de índole tributaria para apoyar a las familias y a las micro, pequeñas y medianas empresas.
Este decreto fue modificado por el Decreto Supremo Nº 671, de 29 de abril de 2021, en el cual se prorrogan los plazos para el pago de impuestos a las ventas y servicios que debían declararse o pagarse en los meses de junio, julio, agosto y septiembre 2021, en el caso de todos aquellos contribuyentes que vieron afectados sus ingresos.
Esta reducción de ingresos se obtendrá del promedio de sus declaraciones en los meses de enero, febrero y marzo de 2021, en donde se debe evidenciar una disminución del 20% reajustado en relación al promedio de los mismos meses durante el año 2019.
Dicho esto, el pago se establecerá de la siguiente manera:
Si te gustó este artículo y quieres saber más del tema de bonos para Pymes, no olvides revisar la Ley N°21.354 que “otorga bonos de cargo fiscal para apoyar a las micros y pequeñas empresas, por la crisis generada por la enfermedad covid-19”.