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¿Cómo hacer el inicio de actividades de un negocio?

Jaiden Martínez

Escrito por Jaiden Martínez

Soy Periodista egresado de la Universidad Central de Venezuela; cuento con un postgrado en Comunicación Política realizado en la Universidad Simón Bolívar; actualmente estoy desarrollando un postgrado en Growth Hacking en la IEBS, la Escuela de Negocios de la Innovación y los Emprendedores ; me desempeño como Content Manager & SEO en Nubox

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¿Sabes cómo hacer el inicio de actividades de un negocio? Se trata de algo que debes tener muy claro si estás pensando en poner en marcha un nuevo emprendimiento.

En este artículo, te explicaremos cuáles son los pasos que debes realizar para emprender en Chile y formalizar tu negocio ante el Servicio de Impuestos Internos (SII) y, por consiguiente, obtener “luz verde” para operar de manera transparente y segura. ¿Te gustaría conocer estas diferentes etapas? Entonces, ¡acompáñanos! 

Ingresa al Registro de Contribuyentes o llena el Formulario 4415

En la actualidad, el inicio de actividades es un proceso que puedes llevar a cabo de manera digital y ágil.

Para empezar, ingresa a la página "Bienvenidos a Servicios online" del SII y selecciona la opción “RUT e Inicio de actividades”. Luego, identifícate con la Clave Secreta o Certificado Digital.

En caso de que no cuentes con la clave de acceso al SII y nunca la hayas solicitado, tendrás que acudir primero a cualquiera de las oficinas del organismo con tu cédula de identidad vigente. En ese momento, obtendrás una clave inicial que posteriormente tendrás que cambiar directamente en el portal del SII.

Por otro lado, si piensas en obtener el RUT y realizar el inicio de actividades de manera presencial, estás obligado a bajar desde Internet el Formulario 4415 (Declaración Jurada de Inicio de Actividades) o solicitarlo en la Unidad del SII correspondiente a tu domicilio.

Después, completa de manera cuidadosa dicho formulario —consulta el listado de Códigos de Actividad Económica— para que puedas entregarlo a las autoridades, junto con los otros documentos que mencionaremos a continuación.

Completa la información solicitada o entrega el Formulario 4415

¿Cuál es esta información? Específicamente, se refiere a:

  • Tipo de entidad;

  • Información de la sociedad (es obligatorio que coincida con la del Diario Oficial);

  • Actividades económicas;

  • Domicilios;

  • Socios y accionistas;

  • Capital y datos de envío de cédula;

  • Nombre del representante legal o administrador.

Una vez completados todos los recuadros, haz clic en “aceptar” y, luego, en “validar”. A continuación, podrás revisar de forma minuciosa cada uno de los datos que ingresaste.

Si todo está en orden, simplemente haz clic en el botón de “envíe” y después en “certificado”; finalmente, imprime la cédula RUT provisoria, la cual tendrá una duración de 60 días o hasta que la definitiva te llegue vía correo electrónico.

Si optas por el trámite presencial, tendrás que llevar el formulario a la Unidad del SII en conjunto con los siguientes documentos:

  • Escritura notarial de constitución;
  • Publicación en el Diario Oficial;
  • Acreditación del domicilio;
  • Inscripción en el Conservador de Bienes Raíces;
  • Contrato social ante notario o decreto de autorización (aplica para entidades jurídicas como fundaciones y sociedades de hecho).

En caso de que emprendas actividades de Primera Categoría —conocidas como negocios-capital— y solicites timbraje de documentos que dan crédito fiscal, tendrás que esperar 10 días hábiles mientras un funcionario del SII verifica tu actividad y domicilio.

Esto aplica tanto para la tramitación en línea como para la presencial o tradicional. 

Solicita la emisión electrónica de documentos y el timbraje de los mismos

Una vez que el funcionario haya supervisado —de forma presencial— tu domicilio y actividad, ya podrás llevar a cabo esta solicitud desde la página del Servicio de Impuestos Internos.

Si tu actividad forma parte de la Segunda Categoría, tendrás la oportunidad de emitir Documentos Tributarios Electrónicos y solicitar el timbraje de comprobantes de manera inmediata, ya que no estarás obligado a someterte a un proceso de verificación de actividad y domicilio.

¡Listo! Estos son los 3 pasos fundamentales que tienes que seguir para hacer el inicio de actividades de tu empresa.

Además de esto, es necesario aclarar ciertas preguntas frecuentes y dudas acerca de este trámite.

¡Veamos! 

 

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¿Cuándo debe tramitarse el inicio de actividades de un negocio?

El plazo de presentación de la Declaración de Inicio de Actividades es dentro de los 2 meses siguientes en el cual la empresa comenzó a ejercer la actividad económica.

Por ejemplo, si inicias tus actividades en julio de un año determinado, tendrás la oportunidad de comenzar con este trámite hasta el último día del mes de septiembre del mismo año.

¿Cuáles son los requisitos para efectuar el trámite?

Este trámite solo puede ser realizado vía Internet por aquellas personas naturales con clave de autenticación del SII (recuerda solicitarla como explicamos anteriormente), socios o representantes de la Persona Jurídica que se inicia y mayores de edad.

De manera presencial, para declarar el inicio de actividades se necesita una cédula nacional de identidad o de extranjeros y el RUT.

En caso de que acuda un mandatario, este deberá portar un poder notarial que faculte tal calidad y copias de los documentos de identificación del representante legal de la empresa.

No olvides que —al hacerlo de forma presencial— es necesario llenar el formulario F4415 antes de acudir a la Unidad del SII correspondiente a tu domicilio.

¿Por qué es necesario este trámite?

Se trata de una obligación; el Artículo 66 del Código Tributario establece que las personas —naturales o jurídicas— deben poseer un Rol Único Tributario (RUT) y avisar sobre el inicio de actividades asociadas a los negocios y labores susceptibles de producir rentas gravas en la Primera o Segunda Categoría de la Ley sobre Impuesto a la Renta.

¡Perfecto! Ahora sí mencionamos todo lo necesario acerca de cómo iniciar las actividades de un negocio. 

Si se acerca el fin del plazo para realizar este trámite y estás preparado para formalizar tu emprendimiento, ¡manos a la obra!

¿Te ayudó la información que compartimos en este material? Si necesitas que te aclaremos alguna duda o inquietud, ¡recuerda dejarnos un comentario! ¡Te ayudaremos con gusto! Te invitamos a suscribirte en nuestro blog para que recibas cada semana información de interés. 

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