Una vez superada la declaración de renta, todavía quedan algunas declaraciones juradas por presentar ante el Servicio de Impuestos Internos (SII).
Estos documentos son antecedentes que deben ser presentados todos los años, los cuales tienen como propósito confirmar los datos entregados por diversas fuentes al SII sobre los movimientos contables que hayan tenido los contribuyentes. De esta manera, se determinará la carga tributaria.
En esta oportunidad, te contaremos todo sobre las Declaraciones Juradas 1946 y 1945.
Recuerda que son un total de 63 declaraciones juradas en este proceso de Operación Renta 2024. Si aún no sabes de qué tratan estas DDJJ, no te preocupes. Acá te contamos todo lo que necesitas saber.
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Es la Declaración Jurada Anual sobre Operaciones en Chile, la cual trata de operaciones financieras, ingresos y desembolsos que estén afectos al pago de impuestos.
El Formulario N°1946, el Servicio de Impuestos Internos la reconoce como; “Declaración Jurada Anual sobre operaciones en Chile”.
Cabe señalar que esta declaración jurada es de carácter transversal, es decir, no pertenece a un régimen tributario específico. Sin embargo, el Servicio de Impuestos Internos la clasifica como una “DDJJ de carácter internacional”.
Las entidades jurídicas y personas naturales que deben utilizar este formulario son:
Si perteneces a uno de estos grupos, esta declaración es importante para ti.
Los contribuyentes afectos a este impuesto deben informar sus tipos de ingresos o rentas, siendo estas:
Es importante tener claro que este ingreso afecto a impuesto a la renta se debe declarar incluso si el dinero no fue enviado al extranjero, si está radicado en Chile, benefició a otra persona relacionada o si esas rentas se invirtieron dentro del país.
Ahora bien, la información que debe contener esta Declaración Jurada, se debe rellenar por medio del instructivo correspondiente y el formato asociado.
Actualmente, esta DDJJ consta de 7 apartados para ser completados por los contribuyentes, donde se consideran los siguientes puntos:
Importante: los datos que se deben ingresar en esta sección, deben ser relativos a la identificación de la persona sin residencia en el país, perceptor beneficiario efectivo de las rentas que son derivadas de las operaciones que dicho beneficiario realiza en Chile.
Al momento de completar esta declaración jurada, será necesario leer muy atentamente el glosario que incluye el instructivo, para que así no confundas la información a declarar.
Es importante considerar que a esta Declaración Jurada se le realizaron modificaciones a su formato e instrucciones, por medio de la Resolución Exenta N°96 del año 2023.
Estas modificaciones hacen relación a:
No olvides revisar la normativa actualizada a la fecha para el proceso de Operación Renta 2024.
En el calendario de declaraciones juradas puedes ver en detalle cuándo deben presentarse.
La Declaración Jurada N°1945 consiste en declarar ante el Estado montos relacionados de algunas organizaciones, en específico aquellas que son sin fines de lucro
El Servicio de Impuestos Internos reconoce al Formulario N°1945 como “Declaración jurada anual sobre ingresos, desembolsos y otros antecedentes de las Organizaciones Sin Fines de Lucro”.
Esta Declaración Jurada es de carácter transversal. Sin embargo, se debe considerar dentro del grupo de “Otras DDJJ Para proceso de Operación Renta”.
Debe ser presentada por Organizaciones Sin Fines de Lucro (OSFL) y entidades religiosas de cualquier denominación que perciban ingresos —ya sea en dinero, especies o similares— por cifras superiores a las 12.000 UF al 31 de diciembre de cada año, independiente del origen de su concepto: donaciones; diezmos; ofrendas; asignaciones; aportes de fundadores; cuotas de asociados; aportes estatales; ingresos por derechos de imagen “u otros intangibles”; rentas clasificadas en el Artículo 20 de la Ley de Impuesto a la Renta; ganancias por derechos de imagen de terceros.
Las Corporaciones Municipales y los partidos políticos también deben presentar este formulario, sin importar el monto de las rentas percibidas durante el año.
Antes de llenar esta declaración, es muy importante revisar en detalle su formulario e instrucciones. Así no quedará nada olvidado durante el proceso.
Como la DDJJ 1945 está destinada a instituciones sin fines de lucro, debe ser completada con mucho cuidado, por lo que es importante tener los antecedentes normativos para respaldar la información que se ingresará.
Para los bienes raíces a informar, se debe contemplar mantener la información actualizada en el SII, para efectos de rol y documentos que respalden su uso.
Recuerda que esta declaración jurada es una de las que sufrió modificaciones para el periodo de Operación Renta 2024. Esta Modificación se ve reflejada en la resolución Exenta N°94 del año 2023.
Cabe señalar que las modificaciones se aplican a su formato e instrucciones:
Ahora bien, esta DDJJ consta de 6 apartados que los contribuyentes deberán completar considerando los siguientes puntos importantes:
No olvides revisar la normativa actualizada a la fecha para el proceso de Operación Renta 2024
Ambas declaraciones deben presentarse hasta el 30 de junio. Recuerda no retrasar las declaraciones juradas, ya que podrás sufrir multas. Es importante que tengas la información contable organizada para cumplir con las obligaciones tributarias anuales.
Recuerda que siempre se visualizan sanciones por motivos específicos. Las infracciones dependen del tipo de falta que se haya cometido y los cobros asociados son en dinero. Actualmente, el Servicio de Impuestos Internos las clasifica en tres tipos, por las cuales puedes ser multado:
Estas infracciones las puedes encontrar en el código tributario, en los artículos N°97 y N°109.
¡Listo! Ahora ya sabes todo acerca de las Declaraciones Juradas 1946 y 1945.
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