Blog Nubox | Contabilidad Financiera y Tributaria en Chile

Declaración Jurada 1867 y 1866: Impuesto específico al diésel

Escrito por Dayana Huala Saavedra | Mar 18, 2020 1:30:00 PM

La presentación de las 62 declaraciones juradas define la Operación Renta 2022. Si bien es muy probable que no te corresponda hacer todas estas declaraciones, como contribuyente es importante que sepas más acerca de esta operación tributaria.

En esta oportunidad, te contaremos sobre las Declaraciones Juradas 1867 y 1866, ambas vinculadas a la deducción del impuesto específico al petróleo diésel del débito fiscal y cuyos formularios deben presentarse juntos.

¡Acompáñanos! Acá te explicamos todo lo que necesitas saber de las DDJJ 1866 y 1867.

¿Cuál es el marco normativo de estas  Declaraciones Juradas ?

Para comenzar, es importante conocer más sobre la norma que entrega indicaciones para completar estas declaraciones juradas.

Estas declaraciones son clasificadas por el Servicio de Impuestos Internos de la siguiente manera: “Otras DJ no renta”

Esto quiere decir que no necesariamente corresponden al proceso anual de renta. Sin embargo, sí constituyen una obligación tributaria para rubros específicos relacionados al transporte.

Esta obligación tributaria se refleja de forma mensual por medio de los Formularios 29 que presentan las empresas y, al momento de la Operación Renta, la información se cruza con las DDJJ 1866 y 1867.

Recuerda que las empresas de transportes pueden recuperar el impuesto específico al petróleo diésel. Para mayor información, revisa las preguntas frecuentes del SII.   

También es importante saber que las declaraciones Juradas N°1866 y 1867 se encuentran normadas desde el 2004. 

Cabe señalar que para el período tributario 2022, no hay modificaciones en estas declaraciones juradas. Sin embargo, se debe tener presente la información actualizada y una contabilidad ordenada. De esta manera, no tendrás inconvenientes al momento de declararlas ante el Servicio de Impuestos Internos. 

En las Declaraciones Juradas N°1866 y 1867, nos encontramos con los siguientes antecedentes desde el ámbito normativo:

Como son DDJJ complementarias, se encuentran normadas bajo las mismas Resoluciones Exentas del SII. Acá te contaremos otros datos importantes de las Declaraciones Juradas 1866 y 1867.

Declaración Jurada 1867

¿En qué consiste la Declaración Jurada 1867?

Es la Declaración Jurada Anual sobre detalle de rendimientos de vehículos que usan petróleo diésel en empresas de transporte terrestre de carga.

¿Quiénes deben presentar la Declaración Jurada 1867?

Debe ser presentada por las empresas de transporte terrestre de carga que deduzcan el impuesto específico al petróleo diésel del débito fiscal, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 2º de la Ley Nº19.764 de 2001 y del artículo único de la Ley Nº19.935 de 2004 y por Ley Nº20.115 de 2006.

Todos los contribuyentes que presenten la Declaración Jurada 1867 deberán presentar la Declaración Jurada 1866.

¿Qué información debe contener la Declaración Jurada 1867?

Para completar la Declaración Jurada 1867, se debe tener en cuenta el instructivo que entrega el Servicio de Impuestos Internos, ya que en este material encontrarás los detalles del llenado, de acuerdo al formulario disponible para completar la información.

Ahora bien, en esta DDJJ se  deben completar 2 secciones y un cuadro de resumen, que van de la siguiente manera:

Sección A: identificación del Declarante (Empresa de Transporte).

  • Rol Único Tributario (RUT).
  • Nombre o Razón Social.
  • Código.
  • Domicilio Postal.
  • Comuna. 
  • Correo Electrónico.
  • Fax.
  • Teléfono.

Sección B: detalle del rendimiento por vehículo.

En el Detalle de rendimientos por vehículo, deberá anotarse solo un registro por cada vehículo, a menos que exista más de una condición de explotación del mismo durante el período a declarar. De ser así, deberán anotarse los registros y condiciones de explotación distintas presentadas en el período.

Los datos a ingresar son: .

  • Patente;
  • Tipo de vehículo (camión, tractocamión, furgón, camioneta 5 Jeep, cámara frigorífica, furgón térmico con unidad de frío, generador para semiremolque de contenido frigorífico, motor de bomba de semiremolque estanque y silo, motor de semiremolque con grúa lateral para contenedor, otro);
  • Condición de explotación (propietario, arrendatario con opción de compra, arrendatario simple, recibido en comodato, otro);
  • Peso bruto (medido en kilogramos);
  • Consumo (medido en litros);
  • Rendimiento (medido en kilómetros por litro).
  • Cuadro resumen del detalle de la declaración
  • Donde se debe indicar el total de casos informados.

Cabe mencionar que debes declarar los vehículos independientemente de su uso durante el año, los hayas utilizado todo el año o solo una parte de éste.

Finalmente, esta DDJJ cuenta con un cuadro de resumen  que  contiene el total de casos informados en la declaración.

¿En qué fecha debe presentarse la Declaración Jurada 1867?

Según el Calendario de Declaraciones Juradas 2022, esta declaración debe presentarse el 30 de junio del año en curso.

 

 

Declaración Jurada 1866

¿En qué consiste la Declaración Jurada 1866?

Es la Declaración Jurada Anual sobre compras de petróleo diésel afectas al Impuesto Específico de la Ley Nº18.502 de 1986, el cual puede ser deducido del débito fiscal según lo señalado en la Ley Nº19.764 de 2001.

¿Quiénes deben presentar la Declaración Jurada 1866?

Deben presentar esta declaración las empresas de transporte de carga terrestre que deducen el impuesto específico al petróleo diésel del débito fiscal, conforme lo indicado en el Artículo 2º de la Ley N°19.764 de 2001 y en el Artículo Único de la Ley N°19.935 de 2004.

 


 

¿Qué información debe contener la Declaración Jurada 1866?

Para completar la Declaración Jurada 1866, se debe tener en cuenta el instructivo que entrega el Servicio de Impuestos Internos, ya que en este material encontrarás los detalles del llenado, de acuerdo al formulario disponible para completar la información.

Ahora bien, esta DDJJ tiene 2 secciones y un cuadro de resumen, el cual se ve de la siguiente manera:

Sección A: identificación del declarante (Empresa de transporte).

  • Rol Único Tributario (RUT).
  • Nombre o Razón Social.
  • Código.
  • Domicilio Postal.
  • Comuna. 
  • Correo Electrónico.
  • Fax.
  • Teléfono.

Sección B: detalle de compras de petróleo diésel del período.

Cabe señalar que el Detalle de compras de petróleo diésel del período considera  y registra dos columnas principales con los siguientes datos respectivamente:

Detalle de las compras: de las cuales deberá ingresar los siguientes datos:
  • Número de compras.
  • RUT del Vendedor.
  • Petróleo adquirido.
  • IEPD (Impuesto Específico al Petróleo Diésel correspondiente a la partida de registro).
Documentación de respaldo: la cual hace referencia a:
  • Tipo de documento (factura, factura electrónica, nota de crédito, nota de crédito electrónica, nota de débito, nota de débito electrónica).
  • Número de documento.
  • Fecha del documento.
  • Fecha de registro.
Cuadro resumen del detalle de la declaración: este cuadro comprende 3 columnas:
  • Consumo total (en litros).
  • Total IEPD (monto total en pesos).
  • Total de compras informadas.

¿En qué fecha debe presentarse la Declaración Jurada 1866?

Al igual que el formulario 1867, la Declaración Jurada 1866 debe presentarse el 30 de junio del presente año.

¿Qué sanciones contemplan si no se presentan?

Las infracciones dependen del tipo de falta que se haya cometido. Actualmente, el Servicio de Impuestos Internos las clasifica en tres tipos:

  • Declaraciones incompletas o erróneas. 
  • Declaraciones fuera de plazo.
  • Otros requerimientos posteriores, cuando las declaraciones juradas no han sido presentadas.

Estas infracciones las puedes encontrar en el código tributario, en los artículos N°97 y N°109.

Si no quieres pagar multas y tener algún tipo de sanción, presenta las declaraciones de acuerdo a la normativa y cumpliendo con los plazos establecidos. 

¿Hasta cuándo se pueden presentar?

Si bien las declaraciones juradas tienen una fecha de vencimiento para ser presentadas ante el Servicio de Impuestos Internos, éstas se podrán presentar fuera de plazo en caso que el contribuyente tenga algún inconveniente y no pueda cumplir con dicha obligación. Sin embargo, se debe asumir que hay efectos de infracciones y sufrirás de multas. 

Recuerda que el plazo final para presentar estas declaraciones es el 30 de junio. Así que, si no quieres sufrir multas, es importante tener la contabilidad organizada, para cumplir con los plazos establecidos.

¿A qué régimen tributario pertenecen?

Estas declaraciones juradas no pertenecen a ningún régimen específico, pues son de carácter masivo y transversal. Sin embargo, tienen la clasificación que el SII dispuso (“otras DJ no renta”).

Recuerda que no todas las declaraciones juradas deben ser presentadas por el contribuyente, ya que éstas dependen de los movimientos contables del año comercial correspondiente. 

¡Eso es todo!

No olvides que las Declaraciones Juradas 1867 y 1866 deben presentarse juntas, pues ambas se vinculan a la deducción del impuesto específico al petróleo diésel del débito fiscal. Si necesitas más información sobre este tema, ¡te invitamos a suscribirte a nuestro newsletter semanal!