Hace algunas semanas atrás habíamos revisado conceptualmente de que se trataba el IDPCV, ahora conviene revisar un ejemplo numérico. Si no leyó el artículo anterior con las bases conceptuales del IDPCV, le recomiendo que le dé un vistazo aquí.
Caso resuelto
Suponga que una empresa no viene con saldos anteriores e inicia actividades durante el 2020.
Durante el ejercicio comercial, la empresa genera una RLI de $ 4.440.000 (la cual proviene de un resultado financiero de $5.000.000 a la cual se le deduce una corrección monetaria de $560.000).
Su capital propio tributario al término de ejercicio resultó ser de $33.000.000 (debidamente validados con la razonabilidad). Y el RAI determinado a la misma fecha fue de $4.440.000.
Si durante el ejercicio comercial hubo retiros por $7.000.000 (debidamente reajustados a diciembre y que ya fueron debidamente rebajados del CPT así como de la razonabilidad).
- ¿Cuál es la situación de impuestos finales que le afecta al socio que retiró?
- ¿Cuánto sería el IDPCV que podría pagar la empresa, para mejorar su situación relativa a los créditos del socio?
Desarrollo
Lo primero que habría que hacer es cerrar los RRE, para ver las imputaciones respectivas.
Detalle
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RAI
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SAC CC CR
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Saldo anterior
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0
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0
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Reajustes (2,7%)
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0
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0
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Saldo reajustado
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0
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0
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Reverso del RAI
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0
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- - -
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IDPC
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- - -
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1.198.800
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RAI
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4.440.000
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Retiro CC CR, reaj
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( 3.241.200 )
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( 1.198.800 )
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Retiro SC, reaj.
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( 1.198.800 )
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Saldo RRE
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0
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0
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Saldo no imputado
(Retiro SC), reaj.
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2.560.000
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Primero partimos con los saldos de arrastre, traspasamos la apertura en cero. Luego, se debe anotar SAC que equivale a $1.198.800 ($ 4.440.000 x 27%), y el RAI previamente determinado, ambos por los respectivos aumentos del ejercicio.
Luego, cuando se realiza la imputación de los retiros, que resultaron ser $ 7.000.000, solo una parte de ellos gozará de crédito, sean estos $ 3.241.200, porque la amplitud del RAI en función de un SAC de $1.198.800 entre la TCV de 0.369863 hace obtener el monto máximo a retirar con crédito.
Entonces, anotamos por una parte $3.241.200 con crédito y la diferencia entre el RAI y el retiro con crédito da la primera porción de un retiro sin crédito $ 1.198.800 ($ 4.440.000 - $3.241.200), esto conceptualmente se entiende como “retirar el impuesto”.
La diferencia entre el total de retiros y los imputados a los RRE, da como resultado aquellos retiros no imputados al RRE que van finalmente también sin crédito (se anotan al final y fuera del RRE).
Entonces, para poder responder nuestra primera interrogante, lo que hay que hacer es consolidar la situación del socio en cuestión:
Detalle
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Retiros
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Crédito
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Retiro CC CR, reaj
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3.241.200
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1.198.000
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Retiro SC, reaj.
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1.198.800
|
0
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Saldo no imputado
(Retiro SC), reaj.
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2.560.000
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0
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Total de retiros reajustados
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= 7.000.000
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= 1.198.000
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Como se puede apreciar, de los $ 7.000.000 solo $3.241.200 poseen un crédito asociado.
Ahora, para poder responder nuestra segunda interrogante, hay que partir de la base de los retiros que no tienen créditos, es decir los $ 3.758.800 ($ 7.000.000 – $ 3.241.200).
Si queremos pagar el Impuesto de Primera Categoría Voluntario correspondiente a esos retiros sin crédito, habría que hacer los siguientes cálculos:
- Base IDPCV = Retiro sin crédito / ( 1 – tasa )
- Base IDPCV = $ 3.758.800 / (1 – 0.27)
- Base IDPCV = $ 5.149.041
- De modo que:
- IDPCV = Base IDPCV x tasa de impuesto
- IDPCV = $ 5.149.041 x 27%
- IDPCV = $ 1.390.241
En conclusión, para otorgarle crédito a los retiros que no gozaron de él, la empresa podría cancelar un IDPCV de $ 1.390.241. De este modo, la nueva situación del socio en término de sus impuestos finales sería la siguiente:
Detalle
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Retiros
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Crédito
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Retiro CC CR, reaj
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3.241.200
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1.198.000
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Retiro SC, reaj.
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1.198.800
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0
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Saldo no imputado
(Retiro SC), reaj.
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2.560.000
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0
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Crédito por IDPCV
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- - -
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1.390.241
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Total de retiros reajustados
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= 7.000.000
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= 2.588.241
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