Acá encontramos dos regímenes tributarios bastante diferentes entre sí, así que es importante conocer sus diferencias. Cabe señalar que los regímenes tributarios son clave en la contabilidad tributaria y las declaraciones de renta de cada año tributario.
Recordemos, en primer lugar, que tuvieron cambios en la nueva Ley de Modernización Tributaria. Entre otras cosas, el Semi Integrado pasó a ser conocido como Régimen General, mientras que el de Renta Atribuida desapareció.
Además, se mantuvieron los “Regímenes de Renta Presunta y el de contribuyentes no acogidos al artículo 14 de la Ley de Impuesto a la Renta (LIR)”, a la vez que se incluyeron otros 2 nuevos sistemas: Pro Pyme General y Pro Pyme Transparente.
Por lo tanto, quedaron 5 Regímenes Tributarios vigentes en la actualidad:
Con el panorama claro, ahora te explicaremos todo acerca del Régimen General (Semi Integrado) y Renta Presunta. ¡Así que toma nota!
Este régimen general está enfocado en grandes empresas, las cuales determinan su renta líquida imponible de acuerdo a las normas generales contenidas en los artículos 29 al 33 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, que se basan en la siguiente información:
Cabe señalar que, en este sistema, los socios tributan de acuerdo a los retiros efectivos con imputación parcial de crédito de este impuesto. Además, dicho sistema está destinado para todos aquellos contribuyentes que no califiquen como PyMES, debido a sus niveles de ingresos del giro y capital.
Vale la pena recordar que únicamente son micro, pequeñas y medianas empresas aquellas que hayan dispuesto de un capital de inicio de actividades igual o menor a 85.000 UF y que en los últimos 3 ejercicios tengan un promedio anual de ingresos brutos que no exceda 75.000 UF.
Por lo general, este régimen general, luego de los cambios en la modernización tributaria, logró agilizar algunos procesos. Veamos algunos de sus beneficios:
Cabe señalar que estos procesos son información que se lleva a las declaraciones juradas anuales para la confección de la Renta Anual, por lo que mientras más ordenados estén, más rápido permitirán cumplir con las obligaciones tributarias.
El marco normativo es la clave para poder llevar a cabo los procesos tributarios de la empresa, ya que muchas veces los contribuyentes pueden tener inconvenientes al momento de cumplir con obligaciones tributarias.
Es por esto que dejamos acá información relevante para que puedas profundizar más en este régimen tributario:
Si quieres revisar a qué régimen tributario pertenece tu empresa y si este se mantiene activo, ¡Haz clic acá!
El régimen Renta Presunta está dirigido a aquellos contribuyentes de los sectores agrícolas, mineros y de transporte que dispongan de ingresos anuales que no superen los límites establecidos por la ley para las actividades que ejercen.
Hay que recordar que, según lo informado por el SII, “sólo podrán acogerse al régimen de Renta Presunta los contribuyentes propietarios o usufructuarios de predios agrícolas o que los exploten a cualquier título y cuyas ventas netas anuales no excedan, en su conjunto, las 9.000 Unidades de Fomento (UF). Para la determinación de las ventas, no se considerarán las enajenaciones ocasionales de bienes muebles o inmuebles que formen parte del activo inmovilizado del contribuyente, así como también los ingresos no constitutivos de renta a que se refiere el Art. N° 17 de la LIR”.
Quienes se acogen a este régimen pueden llevar contabilidad simplificada, por lo cual, como refleja su nombre, pagan impuestos de acuerdo a la base de rentas presuntas, como porcentajes de avalúos fiscales y tasación de vehículos.
Esto demuestra que se trata de un sistema con una baja carga de obligaciones accesorias, lo cual lo hace atractivo para mitigar el impacto financiero de los tributos.
Cabe señalar que el capital debe cumplir con:
Rubro |
Máximo en UF |
Agrícola |
18.000 |
Transporte |
10.000 |
Minería |
34.000 |
Estos son los beneficios que puedes tener si eres parte del régimen renta presunta:
Se debe considerar que la Renta Presunta se reconoce como aquella que se presume de acuerdo a algunos hechos conocidos como:
La normativa es bastante amplia cuando se habla de los regímenes tributarios en general, donde finalmente es importante revisar la siguiente normativa complementaria:
También, en términos específicos del Régimen Renta Presunta, encontramos:
No olvides que este régimen tributario es uno de los más antiguos y no nace con la reforma tributaria del 2020.