Siempre estamos hablando de la depreciación normal, la cual los contribuyentes acostumbran llevar a cabo. Sin embargo, en Chile existe más de un tipo de depreciación, y en esta oportunidad te hablaremos de la depreciación acelerada.
Sí, porque este tipo de depreciación tiene una ventaja a la cual se le puede sacar provecho desde el punto de vista fiscal, ya que reduce los impuestos a pagar cuando hay un determinado activo, sobre todo en sus primeros años de vida útil.
Para leer este artículo, debes considerar que “la norma contable nos hace referencia que a mayor depreciación, menor pasivo tributario”. Es por eso que ahora te explicaremos 5 cosas que debes saber de la depreciación ultra acelerada.
La depreciación acelerada nace en el año 2001, cuando ocurre una modificación en la Ley del Impuesto a la Renta
Lo más importante es que existen diferentes tipos de depreciación. Sin embargo, la depreciación se debe reconocer en su conjunto, desde el ámbito de la contabilidad y de la economía.
Aquí el término depreciación hace referencia a una disminución del valor de un bien material o inmaterial, aplicando un período determinado de su vida útil vs uso.
Por lo tanto, la depreciación puede derivarse de tres razones principales: el desgaste debido al uso, el paso del tiempo del bien dentro de la empresa y la vejez del bien.
La depreciación acelerada se aplica sobre los activos fijos inmovilizados, por lo que hay que considerar lo siguiente:
Cabe señalar que, para el tratamiento tributario de la depreciación ultra acelerada del activo fijo inmovilizado, se deberán considerar también tratamientos financieros. Es por eso que deberás tener en cuenta:
En ocasiones, algunas depreciaciones se pueden deducir como gastos. Sin embargo, esto dependerá de la norma.
Actualmente, tanto la depreciación instantánea como la depreciación acelerada se pueden deducir como gastos. Estas serán aplicables al ejercicio en que haya comenzado a usar el bien físico del activo inmovilizado, siempre y cuando cumpla con los requisitos que la normativa imponga.
Por ejemplo, el activo inmovilizado, al depreciarlo totalmente, deberá quedar valorado en $1, en términos tributarios. Esto ocurre ya que a este valor no se le aplican las normas del artículo 41 de la LIR.
Para comprender el marco normativo y aplicar las distintas instrucciones, es importante que recordemos que la depreciación acelerada es aquella que se aplica sobre los bienes físicos del activo fijo o inmovilizado, que hayan sido adquiridos nuevos o que se agreguen para reducir la vida útil de los bienes a un tercio.
La primera normativa que se acerca a la depreciación acelerada es:
“Regímenes de depreciación – Normas aplicables – Concepto de depreciación acelerada – Tipo de bienes que pueden acogerse – Autorización y oportunidad en que debe ejercerse la opción – Abandono del régimen de depreciación acelerada – Régimen de depreciación acelerada no pierde su calidad de sistema lineal.
“Materia: fija vida útil normal a los bienes físicos del activo inmovilizado para los efectos de su depreciación, conforme a las normas del n° 5 del artículo 31 de la Ley de la Renta, contenida en el artículo 1° del d.l. n° 824, de 1974.”
“Imparte instrucciones sobre nuevos regímenes transitorios de depreciación de los activos inmovilizados establecidos en los artículos vigésimo primero transitorio y vigésimo segundo transitorio de la Ley N° 21.210, de 24 de febrero de 2020.”
“Establece la forma en que los contribuyentes podrán acogerse al régimen de depreciación instantánea establecida en los artículos vigésimo primero transitorio y vigésimo segundo transitorio de la ley n° 21.210 que moderniza la legislación tributaria”
Para calcular la depreciación acelerada debes tener presente las siguientes indicaciones:
Ahora bien, acá te dejamos un ejemplo práctico:
Construcciones de adobe o madera en general - 10 meses.
Activo inmovilizado para depreciación acelerada: Construcciones de adobe o madera en general. |
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Valor del Bien |
$25.000.000.- |
Vida Útil |
10 Meses |
Depreciar 5 meses |
($25.000.000/10)*5 $2.500.000*5 |
Valor de la Depreciación |
$12.500.000.- |
Debes tener presente que la vida útil para la depreciación, se encuentra en la tabla de vida útil de los bienes físicos del activo inmovilizado, que el Servicio de Impuestos Internos tiene a disposición.
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