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Gratificación legal: qué es y cómo calcularla en Chile

Escrito por Dayana Huala Saavedra | May 29, 2018 3:00:00 PM

La gratificación legal es la remuneración anual que recibe un trabajador por parte de su empleador. Esta forma parte de los haberes imponibles y contribuye al ingreso total del mismo.

No obstante, este beneficio puede variar dependiendo de factores como el tipo de contrato y los acuerdos previos, lo que no solo genera confusión, sino que además, afecta la forma en que se calcula.

En pro de evitar malentendidos, en este artículo te explicamos a cuánto está la gratificación legal, en qué consiste y cómo calcularla.

¿En qué consiste la gratificación legal? 

La gratificación legal es un beneficio que queda reflejado en las remuneraciones de los trabajadores y se basa en las utilidades obtenidas por el empleador durante el año comercial en curso. 

En el artículo de gratificación legal N.º 47 del Código de Trabajo, se expresa que los empleadores que obtengan utilidades líquidas en su empresa deben gratificar de forma anual a los trabajadores en proporción no menor del 30% de esas utilidades.

No obstante, según establece el artículo N.º 50, las empresas que paguen el 25 % de este beneficio sobre la remuneración de los trabajadores están exentas de las obligaciones expresadas previamente.

¿Quiénes deben pagar la gratificación legal? 

Según el artículo N.º 47 previamente mencionado, los negocios obligados a pagar este beneficio son:

“Los establecimientos mineros, industriales, comerciales o agrícolas, empresas y cualesquiera otros que persigan fines de lucro, y las cooperativas, que estén obligados a llevar libros de contabilidad y que obtengan utilidades o excedentes líquidos en sus giros”.

Lo anterior aplica independientemente de si las organizaciones están bajo Renta Presunta, Pro-Pyme General o cualquier otro régimen tributario en Chile.

¿Cómo se calculan las gratificaciones legales?

Para saber a cuánto equivale la gratificación legal, existen dos métodos que mencionamos previamente y que son igualmente válidos para organizaciones que manejan contabilidad simplificada. Estos son:

Gratificación del 25 %

Para calcularla, deberás sumar los salarios mensuales que el colaborador percibió en un año y multiplicarlo por el 25 %. Además, tendrás que tomar en cuenta lo siguiente:

  • No puede exceder el 4.75 de ingresos mínimos mensuales (IMM).
  • Si supera el tope del 4.75 IMM, el empleador deberá pagar máximo el monto de ese tope y no el del resultado obtenido.

Con ello en mente, podemos expresar el cálculo de la siguiente manera:

  • Salario mensual x Meses del año= Sueldo anual.
  • Salario anual x 25 % = Gratificación.

Si tomáramos de ejemplo un trabajador que gana el sueldo mínimo de 2023/2024, el cálculo del 25 % de gratificación legal se vería así:

  • 460.000 x 12 = 5.520.000.
  • 5.520.000 x 25 % = 1.380.00.
  • Gratificación: $ 1.380.000.

Gratificación del 30%

En este caso, hay que repartir el 30 % de las utilidades líquidas de la empresa entre todos los trabajadores. Para ello, debes considerar lo siguiente:

  • También se contempla en la cuenta a los trabajadores que no tengan derecho a recibir esta remuneración.
  • Se debe conocer la utilidad líquida anual de la empresa, las remuneraciones totales del año correspondiente y las de cada trabajador.

Así, plantearemos el procedimiento de la siguiente manera:

  • Utilidades líquidas de la empresa x 30 % = Utilidades a repartir.
  • Utilidades líquidas de la empresa/Remuneraciones anuales = Factor de distribución.
  • Remuneraciones del trabajador/Factor de distribución = Gratificación del trabajador.

Por ejemplo, para un trabajador que tuvo una remuneración anual de $5.000.000, podremos saber a cuánto corresponde la gratificación legal de la siguiente manera:

  • 20.000.000 x 30 % = 6.000.000.
  • 20.000.000/44.500.000 = 0,44.
  • 5.000.000 x 0,44 = 2.200.000.
  • Gratificación: $2.200.000.

Respecto al monto de las utilidades a repartir que calculamos en un principio, este deberá ser igual al de la suma total de las gratificaciones de cada colaborador.

¿Cuándo se pagan las gratificaciones en Chile?

Lo primero que debes saber es que es un beneficio de carácter anual y que solo puede pagarse si la empresa registró utilidades durante el año en curso. Aclarado ese punto, debes saber también que el plazo para pagar las gratificaciones en Chile a los trabajadores es en abril del siguiente año comercial, aunque también está permitido anticipos que se puedan realizar de forma mensual, bimensual o trimestral. 

¿Qué cambios se quieren aplicar al sistema de gratificación legal?

El proyecto de ley que mencionamos al principio de este artículo, busca un reparto de utilidades acorde a los tamaños de las empresas, la cual se definirá en un marco general con una distribución igualitaria, que considere además los capitales de las empresas y un reparto mensual acorde. 

Según la iniciativa que se discute en el Congreso, el sistema actual es regresivo, "ya que a la empresa mientras mejor desempeño tenga y mayores utilidades obtenga, menor es la proporción que recibe el trabajador sobre ellas". Además, plantea que "tampoco estimula ni remunera la productividad del trabajador, ya que se trata de una remuneración fija: 25% de la remuneración con tope de 4,75 IMM al año, que es la forma que se utiliza".

Veamos ahora las principales modificaciones o eliminación de antecedentes normativos que busca impulsar este proyecto:

1. Porcentajes de utilidades

Los porcentajes de utilidades se determinarán acorde a los antecedentes de facturación anual de la empresa, de acuerdo a los siguientes porcentajes:

  • Un porcentaje que asciende al 8% para aquellos contribuyentes que tengan una facturación anual igual o superior a 2.400 y que sean menores a 25.000 unidades de fomento al año.
  • Un porcentaje asociado al 10% para aquellas empresas que tengan una facturación anual igual o superior a 25.000 y menor a 100.000 unidades de fomento al año.
  • Finalmente, un porcentaje de un 15%, para aquellas empresas que tengan una facturación anual igual o superior a 100.000 unidades de fomento al término de cada año.

2. Distribución igualitaria

Este ítem contempla que la utilidad líquida a repartir se deberá dividir en partes iguales, considerando la totalidad de los trabajadores que tengan derecho a esta.

Las empresas deben contener un máximo por trabajador, lo que deberá ser equivalente a la suma de veinte ingresos mínimos mensuales.

Finalmente, esta distribución no aplicará y no será obligatoria, en relación al personal que esté dotado de facultades generales de administración, tales como gerentes o subgerentes.

3. Capital Propio

Para los efectos del cálculo del Capital Propio de la empresa, la utilidad líquida ya no se descontará del 10% del mismo.

4. Abono mensual

Para hacerlo efectivo, el empleador deberá abonar o pagar de forma mensual el equivalente al 25% de la respectiva remuneración devengada, por concepto de dicha gratificación, en un estado fijo, donde las sumas se atribuyen a la gratificación variable según corresponda. 

Además, si las utilidades finales a repartir al trabajador resultasen ser iguales o inferiores a la suma de lo pagado al trabajador de manera mensual por el concepto de gratificación, se establecerá como cumplida de acuerdo a la obligación que señala en dicha norma.

A su vez, el abono o pago correspondiente que se determine, de acuerdo a lo que se indica, no deberá exceder seis ingresos mínimos mensuales al año.

Es importante tener en cuenta que este proyecto es el inicial en un marco general aprobado por la Comisión de Trabajo y Seguridad Social de la Cámara de Diputados, donde el Senado podrá generar las modificaciones que encuentre pertinente.

La norma contemplará un impacto sectorial y regional, como también busca apelar a las recomendaciones que sean pertinentes de hacer por parte del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, para velar por la vigencia o modificaciones de una o más de sus normas administrativas, considerando todas las medidas que sean necesarias para mejorar el cumplimiento de los que sea aprobado en el Congreso. 

Además, es importante destacar, que el Proyecto de Ley establece que el Consejo Superior Laboral se encargará de la emisión de un informe sobre la evolución del cumplimiento de esta ley.

De ser aprobada, se espera que comience a regir desde el segundo año de vigencia de la ley. Frente a esto, se resalta la importancia de la labor del citado Consejo, ya que se encargará de recopilar toda la información y antecedentes que recabe la Dirección del Trabajo, además de aportar con datos al Servicio de Impuestos Internos (SII) y al Ministerio de Economía.

¿En qué estado se encuentra el Proyecto de Ley que se discute en el Congreso?

El Proyecto de Ley que implica modificaciones al sistema de gratificaciones en Chile se encuentra en el Senado. Si dicha normativa es aprobada, comenzará a regir a contar del primer día del año subsiguiente al de su publicación en el Diario Oficial.

Para este punto, no existe duda de que sin importar si la empresa maneja una contabilidad simplificada o completa, si pertenece a uno u otro rubro, o si tiene acuerdos internos con sus empleados, la gratificación legal no es un elemento que pueda omitirse.

Para saber más sobre cómo la contabilidad juega un papel fundamental en tu empresa, te invitamos a conocer más sobre la contabilidad tributaria.

Para este punto, no existe duda de que sin importar si la empresa maneja una contabilidad simplificada o completa, si pertenece a uno u otro rubro, o si tiene acuerdos internos con sus empleados, la gratificación legal no es un elemento que pueda omitirse.

Para saber más sobre cómo la contabilidad juega un papel fundamental en tu empresa, te invitamos a conocer más sobre la contabilidad tributaria.