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¿Quién paga las licencias médicas en Chile y cómo se calculan?

Karen Pastén

Escrito por Karen Pastén

Ingeniera en Información y Control de Gestión. Cuento con un Diplomado en Desarrollo de Personas y Organizaciones. Tengo más de 10 de años de experiencia liderando el proceso de remuneraciones en empresas del sector retail y tecnológica.

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Todo trabajador tiene el derecho de ausentarse o reducir su jornada laboral durante un periodo determinado cuando se le concede una licencia médica.

Para el empleador, esto puede resultar una complicación a la hora de calcular haberes imponibles y remuneraciones, por lo cual surge la duda: ¿Quién paga las licencias médicas en Chile y cómo se calculan?

Es un proceso sencillo, pero que demanda, en primer lugar, la comprensión de este beneficio y las implicaciones para las empresas. Sigue leyendo para aprender a fondo sobre el tema.

¿Qué es una licencia médica?

Una licencia médica es cuando un trabajador se ausenta de su jornada de trabajo por alguna complicación de salud que viene respaldada por una orden médica. 

En el caso de los trabajadores dependientes, la licencia médica debe ser conocida y tramitada por el empleador, y autorizada por la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) o la Isapre a la que se encuentre afiliado, según corresponda.

De acuerdo al Código del Trabajo, el empleador solo debe remunerar los servicios efectivamente prestados por el trabajador.

Por lo tanto, el Subsidio por Incapacidad Laboral (SIL) se encarga de los días contabilizados dentro de la licencia médica, que no es más que el monto que reemplaza las remuneraciones correspondientes a los días en que el empleado utilizó este derecho. 

¿Quién paga las licencias médicas en Chile?

La respuesta a esta pregunta depende de a cuál fondo e institución estén suscritos los trabajadores.

Si un empleado está afiliado a FONASA (Fondo Nacional de Salud), por ejemplo, este fondo es el encargado de pagar la licencia, a través de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN).

En tanto, si forma parte de ISAPRES, esta institución asume el pago de manera directa.

Ahora que sabes quién paga las licencias médicas, veamos el método de cálculo.

¿Cómo se calcula el pago de licencia médica?

El pago de licencia médica y el cálculo de las remuneraciones de un trabajador con este permiso se debe hacer considerando los días efectivamente trabajados.

¿Cómo hacerlo? Dividiendo su sueldo base en 30, y multiplicar el producto obtenido por el número de días que falten para terminar el mes. Por ejemplo, así quedaría una liquidación de sueldo con licencia médica: 

Imagina que en marzo (31 días), tu trabajador no se presentó a la oficina durante siete días, por licencia médica, y que su sueldo base es de $480.000. El cálculo sería así:

$480.000 (sueldo base) / 30 (días del mes) = $16.000 (valor día de trabajo).

$16.000 x 24 (días restantes a la licencia médica) = $384.000 (remuneración a pagar). 

Como pudiste ver, se multiplica por el número de días que falten para completar el mes, y no por 30. ¿Por qué? Cuando el sueldo es convenido mensualmente, el empleador remunera los días trabajados y todos aquellos del mes en que el empleado no presta servicios.

Es decir, que la misma fórmula aplica para meses de 20, 30 o 31 días. Si la misma ausencia se hubiese presentado en febrero (con 28 días), se habrían multiplicado los $16.000 por 21.

El objetivo del mecanismo es determinar el valor del salario diario del trabajador para poder definir el monto a descontar de su remuneración mensual.

Es importante recordar que las asignaciones no forman parte de este cálculo porque no son una contraprestación por el servicio prestado, sino un gasto en que se incurre para llevar a cabo una faena determinada. 

¿Cuál es el plazo para entregar licencia médica al empleador?

Así como existe el deber del pago de licencia médica por parte del empleador y las instituciones correspondientes, el trabajador tiene que entregar esta solicitud de reposo dentro de un periodo establecido por la ley, que detallamos a continuación:

  • Trabajadores sector privado: 2 días hábiles contados desde el momento en que empieza el reposo.
  • Trabajadores sector público: 3 días hábiles contados desde el momento en que empieza el reposo.
  • Independientes: Dentro de los 2 días hábiles siguientes a la fecha de su emisión.
  • Empleadores deben enviar las licencias médicas al organismo que corresponda dentro de los 3 días hábiles siguientes a la recepción del documento. Afortunadamente, en algunos casos, este trámite está automatizado.
  • El empleador no puede rechazar una licencia médica porque no está facultado para hacerlo. Los organismos como la COMPIN O las ISAPRES cuentan con los mecanismos fiscalizadores para determinar si una licencia médica es procedente o no. El único rol de los patronos es recibir el documento y darle trámite. 

¿Quién paga las cotizaciones durante una licencia médica?

Durante los períodos de licencia médica, de igual manera, deben efectuarse las cotizaciones correspondientes a pensiones y salud.

Según el Ministerio del Trabajo y Previsión Social, dicha obligación le corresponde a la entidad pagadora del subsidio, aun cuando se trate de los tres primeros días de licencia (que no generan subsidio ni obligan al empleador a remunerar). 

Por otra parte, de acuerdo a la Superintendencia de Pensiones, cuando el trabajador posee un contrato a plazo indefinido, la cotización del 0,6% que le corresponde aportar debe ser asumida por la entidad pagadora del subsidio por incapacidad laboral, mientras que el empleador tiene que seguir aportando la parte que normalmente le corresponde (2,4%).

En cuanto a quienes tienen contrato a plazo definido, por obra o faena, la cotización del 3% de su salario imponible continúa siendo asumida por el empleador.

Como empleador, debes descontar las cotizaciones previsionales correspondientes al sueldo imponible que resultó por los días efectivamente trabajados durante el mes.

No olvides generar el respectivo recibo de nómina, donde queda plenamente identificado el empleado y se explica en detalle cada uno de los conceptos y deducciones del sueldo líquido a pagar.

Vale la pena remarcar que en el caso del postnatal esto funciona ligeramente distinto. Si quieres aprender más, lee este artículo:

Tipos de licencias médicas

Existen 7 tipos de licencia médica en Chile, que se clasifican de acuerdo al evento o padecimiento que le impide al empleado desempeñar de manera regular y normal las labores descritas en su contrato de trabajo. 

En concreto, el Gobierno y la legislación actual hacen la segmentación de la siguiente manera: 

Tipo 1: enfermedad o accidente común.
Tipo 2: medicina preventiva.
Tipo 3: pre y postnatal.
Tipo 4: enfermedad grave del niño menor del año.
Tipo 5: accidente del trabajo o del trayecto.
Tipo 6: enfermedad profesional.
Tipo 7: patologías del embarazo.

Es importante tener en cuenta que cualquier de estas licencias pueden extenderse, siempre y cuando la solicitud sea avalada por los siguientes profesionales:

  • Médico-cirujano (incluyendo los psiquiatras);
  • Cirujano-dentista;
  • Matrón o matrona.

Por otro lado, para que sea válida la extensión, el especialista correspondiente debe llenar un formulario o documento - en papel o digital - en el que señale el tipo de licencia que se aplica y el número de días de reposos adicionales recomendados, entre otros datos.

Este documento tiene que estar firmado tanto por el especialista como por el trabajador que será beneficiario de la licencia médica, y ser entregado oportunamente al empleador. 

En el caso de los profesionales y trabajadores independientes, tienen que entregar el aval de necesidad de extensión de licencia ante la institución de salud a la cual estén adscritos.

Estos trabajadores tienen 2 días hábiles para entregar la solicitud de extensión, al igual que los empleados del sector privado. Quienes se desempeñan en el sector público cuentan con un límite de 3 días hábiles para presentar la extensión ante la institución empleadora.

Como ves, los plazos para extensión son los mismos que para la introducción de la primera licencia.

¿Cómo saber el estado de una licencia médica?

Además de conocer quién paga las licencias médicas en Chile, como empleador debes saber de qué forma hacer seguimiento de las mismas, para determinar si fueron aprobadas una vez las introdujiste en la institución a la cual están suscritos tus empleados.

Si tus empleados están en el Fondo Nacional de Salud, puedes revisar el estatus en el módulo de trámites en línea de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez.

Simplemente, deberás introducir el número de folio de la licencia introducida en FONASA y el RUT del trabajador o trabajadora asociado al trámite.

En tanto, las Instituciones de Salud Previsional emiten una resolución de manera directa, en un plazo de máximo 2 días hábiles desde la introducción de la solicitud.

Esta resolución es enviada a los correos electrónicos asociados al trámite, así como al domicilio físico del trabajador.

Por esto último, debes exhortar a tus empleados a siempre mantener actualizados sus domicilios ante ISAPRES.

¿Cómo puedes facilitar aún más este cálculo de remuneraciones a trabajadores con licencia?

Con un software de remuneraciones como el de Nubox, que te ayuda tanto en el cálculo de las licencias como en su registro en las liquidaciones de sueldo.

Con una herramienta así, todo se resume en que ingreses el número de días de licencia del trabajador, y el sistema automáticamente se hará cargo de lo demás. ¡Así de fácil! 

Este tipo de soluciones digitales te ayudan a minimizar el margen de error y cumplir con las disposiciones legales en cuanto al pago de licencia médica y muchos otros procesos.

Si quieres conocer más sobre nuestro software de remuneraciones, puedes solicitar información haciendo clic en este enlace y un ejecutivo se pondrá en contacto contigo para ofrecerte toda la información que debes saber.

 

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