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Ley de Inclusión Laboral: ¿Qué debes tener en cuenta como empleador?

Karen Pastén

Escrito por Karen Pastén

Ingeniera en Información y Control de Gestión. Cuento con un Diplomado en Desarrollo de Personas y Organizaciones. Tengo más de 10 de años de experiencia liderando el proceso de remuneraciones en empresas del sector retail y tecnológica.

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En Chile, a partir del 01 de abril de 2018, se promulgó la Ley de Inclusión Laboral. El cuerpo normativo que actualmente regula incentivar la inclusión laboral de las personas con discapacidad para que puedan celebrar contratos de trabajo legítimos e indeterminados.

La misma exige a las empresas que un porcentaje de su masa laboral debe ser, imperativamente, un sujeto con discapacidad.

Así como establece, entre otros grandes beneficios, fomentar una cultura organizacional y social de discriminación cero.

Debido a su importancia, hemos elaborado este contenido donde encontrarás qué es la Ley de Inclusión Laboral, qué persigue esa normativa, ¡y mucho más!

Ley de Inclusión Laboral: ¿En qué consiste?

La Ley de Inclusión Laboral es un cuerpo normativo, también conocido como Ley N.º 21.015, tiene por objetivo principal fomentar la inclusión de las personas con algun tipo de discapacidad en los recintos laborales de manera eficaz.

Ya sea en el sector público, como en el privado. Por su parte, cada sector cuenta con su propio reglamento.

Principalmente, aborda los siguientes temas:

  • órganos públicos y compañías que tengan 100 o más empleados: como mínimo, el 1% del personal debe ser discapacitado;
  • la finalidad es buscar el respeto de la dignidad de los ciudadanos con discapacidad mental y, el mensaje es claro: eliminar la discriminación salarial;
  • las personas que posean alguna discapacidad tendrán garantías en los procesos de elección laboral del gobierno;
  • establece en 26 años la edad límite para la suscripción de lo que denomina "contrato de aprendizaje", que está destinado a personas con discapacidad;
  • prohíbe, imperativamente, todo tipo de discriminación hacia sujetos con discapacidad.

Implicaciones de esta ley para los empleadores

Como mencionamos párrafos atrás, la Ley de Inclusión Laboral determina una reserva de empleos del 1% para personas con discapacidad.

Además, aquellas que estén beneficiadas de la pensión de invalidez de cualquier régimen previsional, tanto en órganos estatales y organizaciones privadas que cuenten con 100 o más funcionarios o empleados.

En definitiva, esta normativa incentiva la inclusión de las personas con discapacidad al mundo laboral alejado de la discriminación salarial.

Para que podamos comprender a fondo todo lo que la Ley de Inclusión Laboral significa, vamos a explicar en detalle los puntos principales sobre esta.

¿Cuándo fue la entrada en vigencia oficial de la ley?

La normativa entró en vigor a partir del 01 de abril de 2018 para las organizaciones privadas y públicas, y organismos estatales con 200 o más empleados.

Asimismo, por otro lado, a partir del 01 de abril de 2019, la vigencia se extendió para aquellas instituciones de ambos sectores que tengan entre 100 y 199 trabajadores.

¿Quiénes son las personas beneficiarias?

Las personas que son beneficiarias de la Ley de Inclusión Laboral y de los contratos de trabajo para discapacitados en Chile, son aquellas que perciban una pensión de invalidez proveniente de cualquier régimen previsional.

Además, también los que tengan una discapacidad calificada anteriormente por la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN).

Este es un órgano dependiente del Ministerio de Salud e, incluso, a las instituciones públicas o privadas que estén calificadas y reconocidas para estos efectos por dicho ministerio.

¿Qué requisitos hay que llenar para ser beneficiario?

En primer lugar, para aquellos que sean beneficiarios de la pensión de invalidez de cualquier régimen previsional, no es necesario tener la certificación de discapacidad, en otras palabras, no se requiere estar inscritos en el Registro Nacional de Discapacidad.

Esto se debe a que ya la verificación de ser beneficiario será hecha mediante los registros que estén disponibles en el Sistema Nacional de Información de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Superintendencia de Seguridad Social (SUCESO).

Por otro lado, los sujetos con discapacidad tienen que presentar lo que se le conoce como "credencial de discapacidad" o "certificado de discapacidad", los dos son realizados por el Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCei).

Es esta entidad la que hace la inscripción de la persona en el Registro Nacional de Discapacidad.

¿Quiénes están obligados a cumplir con la normativa?

La normativa debe ser cumplida por todas las empresas e instituciones gubernamentales, y también por compañías del sector privado que tengan entre 100 y más empleados.

Excepciones de la Ley de Inclusión laboral

La Ley de Inclusión Laboral señala que las organizaciones e instituciones públicas o privadas que están exentas del cumplimiento con la obligación de cuota solo por razones fundadas.

En lo que respecta al ámbito público, las justificaciones legales son:

  • las correspondientes a la naturaleza de las funciones que desarrolla la institución, servicio u órgano;
  • ante la falta de postulantes que puedan cumplir con los requerimientos legales;
  • no tener disponibilidad de cupos en la dotación de personal.

Mientras en el sector privado, encontramos que:

  • por la naturaleza del trabajo o funciones que desarrolla la organización;
  • ante la ausencia de sujetos interesados en las ofertas laborales que se hayan formulado.

¿Hay alguna forma de cumplimiento normativo?

Si, la legislación establece que, en el caso del sector privado, si existiesen motivos fundados por los que no pueden dar cumplimiento a la normativa, hay mecanismos alternos de cumplimiento. Estos son:

  • celebración de contratos de prestación de servicios con compañías que ya posean contratos con personas con discapacidad;
  • donar (en dinero líquido) a proyectos o programas de cualquier tipo de asociaciones, fundaciones o corporaciones que están tipificadas en el artículo 2 de la Ley N° 19.885.

¿Cómo se lleva a cabo la fiscalización?

Cuando la Ley de Inclusión Laboral habla sobre la fiscalización, vuelve a dividir todo en 2.

Por una parte, en el ámbito privado, la Dirección del Trabajo será la encargada de mantener un registro actualizado de los contratos de trabajo, sus alteraciones y términos que hayan sido celebrados por las compañías y los sujetos con discapacidad o que estén pensionados por invalidez.

Estos datos deben ser incorporados en el website de la Dirección del Trabajo por las organizaciones en un lapso de 15 días, luego de la celebración de los mencionados actos jurídicos.

En segundo lugar, encontramos que en el ámbito público. En el caso de sea imposible el cumplimiento íntegro o parcial de la dotación del 1%, los órganos estatales tendrán que enviar un informe con toda la información correspondiente para fundar su falta de cumplimiento a la Dirección Nacional del Servicio Civil y al Servicio Nacional de la Discapacidad (SENADIS).

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La importancia de la inclusión en el mercado laboral

Ya conocemos todos los detalles más importantes sobre la Ley de Inclusión Laboral, no obstante, queda una sola pregunta por hacernos: ¿por qué es importante?

Las personas con discapacidad son sujetos que, históricamente, han sido vulnerables, situándose en condiciones de exclusión. Esto es un hecho punzante en la restricción de sus derechos constitucionales, naturales y constitucionales básicos.

Como consecuencia, el desarrollo personal y profesional, así como el goce y disfrute de todos los recursos y servicios disponibles para el resto de la población, es condicionado y limitado para las personas con discapacidad.

Así, ante la legislación y obligación generada por la ley a las empresas e instituciones del poder público, la incorporación al campo de trabajo de este colectivo es un relevante factor para conseguir su integración plena.

Si nos vamos a los datos, encontramos que, según la Organización Mundial de la Salud, más del 15% de la población mundial cuentan con alguna discapacidad

En Chile, teniendo en cuenta el Segundo Estudio Nacional de Discapacidad, vemos que el 20% de las personas de 18 años, que representan casi 2.6 millones de personas, tienen alguna discapacidad.

En términos laborales, veamos las siguientes estadísticas importantes:

  • la mayoría se encuentra sin trabajo o inactiva —57.2%—, otros desocupados —3.6%—;
  • apenas el 39.3% tienen un trabajo, donde el 79.3% posee una contratación por tiempo indefinido, y el 26.1% restante, está a plazo fijo.

¿Qué aspectos relevantes se consideraron antes del proyecto de ley?

La ley, previa entrada en vigencia, se situó como un potencial instrumento jurídico en materia de inclusión, como también en un importante avance.

Debido a que genera increíbles oportunidades de trabajo para todos las personas con situación de discapacidad y se enfocó en la manera asertiva en resolver los desafíos que conlleva una sociedad más inclusiva.

Entre los puntos más resaltantes de la agenda, destacaron:

  • creación de un sistema de inclusión laboral;
  • consagra el principio a la no discriminación;
  • determina la equidad en las remuneraciones de los sujetos en condición de discapacidad respecto a los que no.

Sin duda, la Ley de Inclusión Laboral es un instrumento jurídico que tiene mucho peso para mejorar la calidad de vida de toda la sociedad y darle movimiento a la rueda económica del país.

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