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Despido sin pago de cotizaciones: ¿es legal?

Karen Pastén

Escrito por Karen Pastén

Ingeniera en Información y Control de Gestión. Cuento con un Diplomado en Desarrollo de Personas y Organizaciones. Tengo más de 10 de años de experiencia liderando el proceso de remuneraciones en empresas del sector retail y tecnológica.

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El despido sin pago de cotizaciones no es legal en Chile. Las empresas están en la obligación de realizar el pago completo de este concepto antes de dar por terminado un contrato.

Cuando esto sucede, el trabajador puede, incluso, interponer una demanda, solicitando la nulidad del cese del contrato laboral por malas prácticas en la gestión de liquidaciones, remuneraciones y beneficios.

En las siguientes líneas te mostraremos con mayor profundidad las diferentes implicaciones del despido sin pago de cotizaciones y las acciones que puede tomar el empleado afectado.

¿Cuál el objetivo de la solicitud de declaratoria de nulidad?

El propósito de la solicitud de nulidad mencionada anteriormente es que el tribunal dé una orden para que se mantenga el pago de las remuneraciones y otras prestaciones hasta tanto se ponga al día con las prestaciones, dentro de un plazo estipulado por las autoridades.

Es importante tener presente que, en la actualidad, la ley protege de manera activa a los empleados ante el no pago de cotizaciones. Incluso, aunque este haya firmado una carta de finiquito y finalización de relación laboral, tiene la potestad de demandar a la empresa si sus cotizaciones no están efectivamente pagadas.

¿Qué pasa si las cotizaciones están declaradas, pero no han sido pagadas?

Se trata de una de las preguntas más comunes con respecto al despido sin pago de cotizaciones.

En este sentido, debemos decir que las leyes actuales y el Código del Trabajo son claros al exigir al empleador que, al momento de cesar la relación laboral con cualquier persona, sus cotizaciones estén pagadas.

En concreto, un despido solo puede proceder si el empleador informa antes - de manera escrita - sobre el estado del pago de sus cotizaciones provisionales. Estas deben haber sido devengadas y estar al día hasta el mes anterior a la fecha de despido.

Si esto no se cumple al pie de la letra, empieza a correr el plazo de 6 meses para que el empleado solicite la nulidad de despido.

En caso de que el contrato haya finalizado por mutuo acuerdo o renuncia voluntaria, el trámite de nulidad de despido no debe realizarse.

En ese caso, el empleado puede interponer una demanda directamente para exigir que sus cotizaciones sean pagadas de manera efectiva hasta el día en que finalizó su relación laboral con la empresa.

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¿Cuál es el efecto del despido de las cotizaciones impagas?

Como ya sabes, si el trabajador demanda y prueba que las cotizaciones no han sido pagadas al momento del despido, el procedimiento de terminación de contrato queda sin efecto.

Entonces, las responsabilidades de pago del empleador con el trabajador se deben mantener, incluso si la persona ya no presta ningún tipo de servicio a la empresa.

Y, mientras el empleador se pone a cuentas y sigue realizando liquidaciones de salario y otras obligaciones, la persona afectada no está en la obligación de cumplir con funciones laborales e, incluso, puede buscar empleo en otra empresa.

Además de este efecto para las empresas, pueden experimentar multas o sanciones adicionales, que representan una carga financiera aún mayor.

Incluso, la demanda de un empleado puede conllevar que se realice una auditoría más profunda y detallada a la empresa para detectar nuevas irregularidades en su gestión de nómina, liquidaciones y remuneraciones.

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¿Una promesa de pago por parte del empleador puede impedir la demanda?

¿Se puede creer en la palabra del patrono de que se pondrá al día luego del despido? La pregunta parece un poco traída de los cabellos, pero es un escenario muy posible.

En primer lugar, es necesario tener presente que la promesa de pago por parte del empleado no es un obstáculo para interponer la demanda.

Por ese motivo, el trabajador es quien decide si confiará en esta promesa o si optará por realizar la demanda de forma directa ante tribunales y autoridades correspondientes.

Se trata de un caso común. Conscientes de que los trabajadores tienen un plazo de 6 meses para interponer la demanda, algunas empresas hacen una promesa de pago de cotizaciones provisionales, asegurando que se pondrán al día mucho antes de la finalización de este lapso.

Por ese motivo, los empleados tienen un margen de espera, en el que le dan esta última oportunidad a las empresas para cumplir con sus responsabilidades.

¿Cómo saber que se ha sido víctima de un despido sin pago de cotizaciones?

Como ya sabes, los empleadores están obligados a informar de manera escrita sobre el pago de las cotizaciones de un empleado al momento de efectuar el despido e indicar la terminación de contrato.

Por ese motivo, si no han sido pagadas, el trabajador podrá apreciarlo en el documento provisto por la empresa.

No obstante, considerando que la compañía omite este paso u oculta la información, el empleado puede investigar de manera independiente sin mayores complicaciones.

Simplemente, debe acceder a los servicios en línea de los administradores de las cotizaciones provisionales de fondos de pensiones (AFP), salud (Isapre o Fonasa) y seguro de cesantía (AFC). 

En estas páginas, los trabajadores pueden crearse usuarios e ingresar a los estatus de sus pagos con tan solo el RUT y una clave de acceso.

¡Hemos llegado al final! Ya conoces que, en efecto, el despido sin pago de cotizaciones es ilegal en Chile, y los trabajadores cuentan con el respaldo del Código del Trabajo y las leyes para interponer demandas y reclamar sus derechos.

Como empresa, es fundamental garantizar que las cotizaciones de cada empleado estén al día, especialmente cuando se efectuará una terminación de contrato, independientemente del motivo.

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