Dentro del mercado laboral chileno, existen diferentes formas de contrato para poder establecer las reglas de los servicios prestados y obligaciones correspondientes entre empleador y trabajador.
En este artículo, nos enfocaremos en el contrato laboral indefinido y los beneficios de un contrato bajo esta modalidad.El contrato indefinido es aquel que se establece sin definir límites de tiempo en la prestación de los servicios, en cuanto a la duración del contrato.
Este tipo de contrato se reconoce y se considera bajo esta modalidad, cuando el acuerdo contractual genera un vínculo legal entre el empleador y el trabajador a largo plazo.
Además de la experiencia y aprendizaje en áreas específicas que adquiere el trabajador bajo esta modalidad (al no contar con un límite de tiempo), cabe señalar que un contrato de plazo indefinido llevará al trabajador a adquirir derechos por sus años de servicios, mientras siga vigente el contrato.
El contrato de plazo indefinido cumple condiciones legales para su realización al igual que cualquier tipo de contrato y debe contener las cláusulas mínimas establecidas por ley.
Ser contratado bajo esta modalidad trae una serie de beneficios para la empresa y el trabajador:
Según el N° 4 del artículo 159 del Código del Trabajo, el contrato de plazo fijo, definido como aquel que tiene fecha de inicio y término estipuladas en el acuerdo contractual entre empleador y trabajador, puede dar transformarse en indefinido bajo ciertas circunstancias. Veamos cuáles son a continuación:
Antes de contestar esta interrogante es importante aclarar que en Chile el derecho laboral establece tres tipos de contratos:
Teniendo en cuenta estas diferencias, puede ocurrir que - al igual que el trabajador pase de plazo fijo a indefinido - una persona contratada para una obra o faena pueda ser tomada en consideración para un contrato sin término.
Al respecto, la Dirección del Trabajo de Chile explica que las diferentes tareas o fases de una obra o de una faena no pueden ser objeto de dos o más contratos sucesivos.
En ese caso, se entiende que es un contrato de plazo indefinido y que sería improcedente hacerlo. En el Código del Trabajo (en su artículo 10 bis, inciso 2°) se advierte que todo esto depende de varios factores. Entre ellos, el análisis fáctico y la naturaleza del servicio que está prestando el empleado, así como todas las tareas y etapas involucradas.
En conclusión, si un empleado está contratado para una determinada tarea y se quiere pasar a un contrato indefinido, deben seguirse los canales regulares de contratación ante la DT, pero no realizar contratos sucesivos por la misma tarea.
Hay que recordar, que las dos formas de terminar un contrato indefinido son que el empleador despida al trabajador por una causal legal o por renuncia voluntaria.
En el primer caso, el empleador debe aplicar algunas de las causales que se establece en los artículos 159, 160 y 161 del Código del Trabajo y comunicarlo por escrito al trabajador, personalmente o por correo certificado, con copia a la Inspección del Trabajo.
Esta comunicación debe contener la causal legal aplicada, los hechos que motivaron el despido, el monto de las indemnizaciones que se pagarán por el término del contrato y el estado de pago en que se encuentran las imposiciones del trabajador hasta el último día del mes anterior al despido, adjuntando los comprobantes que acrediten los pagos ejecutados al término del contrato.
Dicha comunicación debe darse con mínimo 30 días de anticipación, en caso que se aplique la causal de necesidades de la empresa (salvo que se pague la indemnización sustitutiva del aviso previo equivalente a 30 días de remuneración); 3 días hábiles, en el caso de utilizar las causales del N° 4 (vencimiento del plazo convenido), N° 5 (conclusión del trabajo o servicio que originó el contrato) del artículo 159 o las causales del artículo 160 del Código del Trabajo (causales disciplinarias). En caso de casos fortuitos o fuerza mayor, la comunicación debe hacerse dentro de los 6 días hábiles siguientes, según lo establecido en el N° 6 del artículo 159.
En el caso de renuncia voluntaria, se deben cumplir las formalidades que se establecen en el N° 2 del artículo 159 del Código del Trabajo. El trabajador debe presentar su renuncia al empleador con al menos 30 días de anticipación, por escrito, firmada por el dependiente y ratificada por un ministro de fe, que puede ser un Inspector del Trabajo o un notario público.
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Si eres dueño de una empresa y necesitas contratar a una persona bajo esta modalidad, hay varias consideraciones mínimas que debes tener en cuenta al momento de hacer un contrato de trabajo indefinido:
Para entender un poco más sobre el contrato de trabajo indefinido y sus partes es importante ampliar los elementos que tienen que estar presentes en ese documento.
Un contrato debe indicar los datos personales del trabajador y los de quien está haciendo la contratación. Además de su nacionalidad, el RUT y la fecha de nacimiento, de acuerdo con las leyes chilenas, solo el 15% de los empleados de una empresa pueden ser extranjeros.
Así que toma en cuenta este importante detalle antes de completar la plantilla de trabajadores.
Es vital que la fecha de ingreso del colaborador aparezca bien especificada. De esto depende el cálculo de la antigüedad de los trabajadores en una empresa y los beneficios como la indemnización que recibirá de ocurrir el caso de ser despedido sin justificación.
Precisar cuándo son las vacaciones del trabajador no solo marca los límites del desempeño de los recursos humanos de la empresa, sino la planificación de los tiempos, el cálculo de suplencias y otros factores que pueden afectar el cronograma y flujo de trabajo de todo el equipo.
En este apartado es recomendable no ser escueto. Determinar claramente los servicios que prestará el empleado debe efectuarse con el mayor detalle posible.
La Dirección del Trabajo advierte que cada trabajador debe saber exactamente qué funciones debe realizar y qué se espera en su desempeño.
Parece obvio, pero aún existen empresas que no establecen con detalle estos deberes y funciones. Aunque también ocurre que un empleado pueda ser obligado a realizar una actividad no contemplada en el acuerdo laboral.
En ese caso, puede negarse a hacerlo. De ocurrir estará en su derecho. De ser despedido por no cumplir esta tarea, sería un despido injustificado y el empleado puede interponer la denuncia en la Inspectoría del Trabajo.
Con el boom del teletrabajo o trabajo remoto desde el 2020, no es de extrañar que varias empresas hayan tenido que hacer cambios a los contratos indefinidos de sus trabajadores para evitar penalizaciones de las autoridades de la DT.
La dirección en la cual el empleado hará sus funciones debe quedar escrita claramente en todo contrato de trabajo en chile. Y si dentro de estas actividades es necesario que el trabajador se desplace a otras regiones o países o debe cambiar de oficina, entonces deben fijarse los viáticos.
Al respecto, el Código del Trabajo especifica que no se puede alterar arbitrariamente este tipo de cláusula laboral que implique un cambio del sitio de trabajo. De ser necesario cambiar esta parte del convenio, se puede hacer, mediante acuerdo directo entre el empleado y la empresa.
La remuneración es un tema que no puede nunca pasarse por alto en todo contrato indefinido en chile. Esto quiere decir que las cláusulas presentes en el convenio laboral con el trabajador deben detallar:
Entre las cláusulas de un contrato indefinido no pueden establecerse apartados o párrafos donde se indique que el trabajador debe renunciar a los derechos que les corresponde por la ley del Trabajo.
Entre estos derechos se encuentran:
Según la ley, estas son las cláusulas mínimas y obligatorias que debes considerar al momento de hacer un contrato de trabajo, ya que proporcionan la legalidad jurídica del cumplimiento de ambas partes, en sus derechos y obligaciones.