La Ley de Indemnización por Años de Servicio busca proteger a los trabajadores que hayan sido despedidos como consecuencia de las necesidades de la empresa.

Debido a que el empleado se convierte en el débil jurídico en esta disputa, le corresponderá un resarcimiento —relacionado con dinero—, ya que le cortan el flujo de ingresos procedente de su salario y haberes imponibles.

Evidentemente, se trata de un abono que debe realizar la empresa al trabajador y tiene que estar detallada en el finiquito, donde se determina el monto total a pagar, las cuotas correspondientes (si se acuerda el pago a plazo) y las fechas de liquidación.

Como verás, es un tema imprescindible para cualquier organización, por lo que en este contenido te explicaremos todo lo que necesitas saber sobre la Ley de Indemnización por Años de Servicio.

¡Sigue leyendo!

¿Qué es la indemnización por años de servicio?

La indemnización por años de servicio surge a raíz de una causal de despido específica que, teniendo en cuenta lo dispuesto en la norma, debe ser por “necesidades de la empresa”, por lo que corresponde un pago en resarcimiento al trabajador.

Teniendo en cuenta esto, corresponde un pago que debe recibir el trabajador al esgrimir lo dispuesto en el Código del Trabajo en su artículo 161 —causales de terminación de contrato— y, como es evidente, debe seguir una serie de condiciones para que se haga efectivo.

¿En qué cuerpo legal se fundamenta esta indemnización?

Debido a que es una figura jurídica, tiene un cuerpo normativo que lo respalda y, al ser un derecho del trabajador, se trata del Código del Trabajo, en sus artículos 163 y 161.

En paralelo, se apoya en normas auxiliares del trabajo que vamos a ir viendo a lo largo de la explicación del cumplimiento de esta normativa.


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Indemnización por años de servicio de acuerdo con los días: ¿Cómo debe hacerse?

La Ley de Indemnización por Años de Servicio determina que, si el contrato laboral estuvo vigente durante 1 año o más y el empleador le colocó un término de conformidad con el artículo 161, este último tendrá que pagarle al empleado la indemnización por años de servicio que se hubiese señalado en el contrato.

Ahora bien, si no existe esta cláusula o pacto, sería el equivalente a 30 días del último salario devengado por cada año trabajado ininterrumpidamente.

Esta indemnización por años de servicio está limitada a 330 días de remuneración, en otras palabras, 11 años.

Siguiendo esta misma línea jurídica, encontramos al artículo 8 transitorio del Código del Trabajo, donde establece que si el empleado despedido fue contratado con anterioridad al primero de diciembre de 1990 (antes de la normativa actual), y luego del 13 de agosto de 1981, el patrono quedará obligado a indemnizar lo que equivale a 150 días de salario.

Independientemente del caso, si el empleado acepta, este pago puede pactarse en cuotas mensuales.

Un punto importante a destacar es que la falta de pago de cualquiera de las mensualidades da derecho a ser exigible de manera anticipada la totalidad de las restantes.

Ahora bien, ¿Cómo ocurre la indemnización en trabajadores de contratos por obra o faena?

Seguimos en el artículo 163 del Código del Trabajo, acá se encuentra tipificada la indemnización para trabajadores sujetos a contratos por obra o faena específica.

Siempre y cuando hayan estado vigentes 1 mes o más, se aplica un régimen especial de indemnización legal por período de tiempo servido.

Únicamente, en caso de que finalice el contrato por “la conclusión del trabajo o servicio que dio su origen”.

Este tipo de derecho indemnizatorio será equivalente a 2 días y medio de remuneración por cada mes trabajado y fracción que supere los 15 días.

En este caso, todo se desarrollará según a la manera y modalidad establecida en el artículo 23 transitorio del Código del Trabajo: el contenido de este cuerpo regulatorio determina una gradualidad de los días que deben ser indemnizados dependiendo de la vigencia de los contratos.

Y, ¿Cómo es la indemnización por años de servicio según los días?

Ya conversamos sobre la gradualidad en el punto anterior, ahora, esto se dará teniendo como premisa las fechas en que sean celebrados los contratos de obra y faena, sería así:

  • Los que hayan sido celebrados entre el 01/01/2019 y el 30/06/2020; dan derecho a los empleados a solicitar una indemnización por tiempo servido igual a un día de salario por cada mes trabajado y fracción mayor a 15 días.
  • En segundo lugar, están los que hayan sido realizados entre el 01/07/2020 hasta el 30/06/2021; otorga el derecho a la indemnización por tiempo servido que equivalga a 1 día y medio de salario por mes trabajado.
  • Aquellos que se celebren a contar del 01/07/2021 hasta el 31/12/2021; facultan a los trabajadores a percibir una indemnización por término contractual igual a 2 días de salario por mes trabajado. Además de la fracción por encima de los 15 días.

Asimismo, también encontramos que los contratos celebrados luego del 31/12/2021 el derecho a recibir la indemnización y se trata de 2 días y medio por cada mes trabajado y fracción superior a 15 días.

¡Eso es todo!

Al llegar hasta aquí, comprendes en qué consiste la Ley de Indemnización por Años de Servicio y las claves para una correcta gestión de los finiquitos.

Es importante recordar que este beneficio solo aplica irrenunciablemente cuando es la empresa quien pone fin a la relación laboral por causales internas, asociadas a problemas financieras, mermas de productividad y otras dificultades.

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