A quienes emitan este documento tributario se les retendrá, durante el año 2025, el 14,5%. Esta retención irá aumentando cada año, hasta llegar a 17% en el 2028.

Ideas principales

  • En 2025, la retención de las boletas de honorarios es de 14,5% y aumentará gradualmente hasta 17% en 2028.
  • El cálculo puede hacerse sobre monto bruto o líquido, usando el factor actualizado de 0,855.
  • Existen dos modalidades de retención: la realiza el pagador o el mismo emisor de la boleta.

Según la Ley 21.133, este es el calendario de retenciones:

Año

% Retención Honorarios

2024

13,75%

2025

14,5%

2026

15%

2027

16%

2028

17%

retención boleta de honorarios

Cómo lo viste en la tabla y el gráfico, aumenta gradualmente la retención, según la Ley 21.133. Estos cambios fueron comunicados por el Servicio de Impuestos Internos.

¿Cómo se calcula el bruto de una boleta de honorarios?

Con la tasa actual (2025) el factor es 0,855. Es decir: bruto = monto líquido / 0,855.

Ejemplo: Monto líquido: $500.000 / 0,855 = $584.796.

Si también te interesa saber cómo hacer una boleta de honorarios, visita nuestro artículo sobre el tema:

Paso a paso para calcular una boleta de honorarios

Para calcular el monto de una Boleta de Honorarios, hay que conocer cómo se realiza el cálculo de la retención del Impuesto de Segunda Categoría. 

Esto puede ocurrir de dos formas:

1) Retiene el impuesto quien recibe la boleta

El cual es declarado durante la operación renta y pagado por medio del Formulario N°29 correspondiente a la empresa.

Por ejemplo: un trabajador independiente presta servicio como pintor a honorarios y el costo de su servicio es de $252.660 (Brutos). 

Este es cálculo que debes hacer en la emisión de la boleta para determinar la retención:

BOLETA DE HONORARIOS CON RETENCIÓN DE IMPUESTO

Servicio de pintura

$252.660,00

Impuesto de 2da Categoría correspondiente al 14,5%

- $36.635,70

Total líquido a pagar

$216.024,30

2) Quien emite la boleta de honorarios se encarga de retener

En este caso, declara y paga el impuesto por medio del F29.

Por ejemplo: el mismo trabajador que trabaja por su cuenta, presta servicio como pintor a honorarios, y el costo de su servicio es de $300.000,00 (Brutos). Este es el cálculo que debes hacer para determinar el monto de impuesto que le corresponderá pagar:

BOLETA DE HONORARIOS CON RETENCIÓN DE IMPUESTO

Servicio de pintura

$300.000,00

Total a pagar del contratante del servicio

$300.000,00

Impuesto de 2da Categoría correspondiente al 14,5%

-$43.500,00

Monto líquido que percibe el trabajador independiente

$256.500,00

Recuerda que el valor líquido de una boleta es lo que entrará a tu bolsillo. 

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Retención y cotizaciones previsionales

Es importante destacar que este aumento gradual de la retención está directamente ligado a las cotizaciones previsionales obligatorias para trabajadores independientes.

A través de esta retención, el SII deriva montos a tu AFP, salud (Fonasa o Isapre) y seguros sociales, de manera que tu trabajo independiente también genere protección previsional.

Esto significa que, si bien recibes un poco menos de dinero líquido, estás acumulando fondos para tu pensión, tu cobertura de salud y seguros como el de invalidez y sobrevivencia.

Errores comunes al emitir boletas de honorarios

Emitir boletas de honorarios parece sencillo, pero hay ciertos detalles que, si no los consideras, pueden traerte problemas con el SII o con tus clientes. 

Estos son algunos de los errores más frecuentes:

Confundir monto bruto y monto líquido al emitir la boleta

Muchas veces, el cliente pide que el servicio “quede en $500.000 líquidos”, pero al calcular mal, el independiente emite la boleta por $500.000 brutos.

El resultado es que recibirá menos de lo esperado, porque sobre ese monto se aplica la retención. 

Por eso, siempre confirma con tu cliente si el valor pactado es bruto o líquido, y usa la fórmula correcta para no equivocarte.

No verificar si corresponde aplicar retención

En la mayoría de los casos, la boleta debe incluir retención, pero existen situaciones excepcionales, en que la regla cambia.

Si emites una boleta sin retención cuando sí correspondía, podrías terminar asumiendo de tu bolsillo ese impuesto al momento de declarar.

Olvidar declarar en la Operación Renta

Este es uno de los errores más comunes y también de los más costosos. Todas las boletas emitidas durante el año deben informarse en tu declaración anual de impuestos, aunque hayas recibido montos pequeños.

No guardar respaldo de las boletas emitidas

Aunque las boletas electrónicas quedan registradas en el portal del SII, siempre es recomendable descargar y archivar una copia, ya que tu cliente puede solicitar comprobantes o podrías necesitarlas para aclarar algún error en tus registros.

Preguntas frecuentes sobre boletas de honorarios

¿Qué pasa si me retienen más de lo debido?

Ese exceso se devuelve en la Operación Renta.

¿Puedo anular una boleta de honorarios si me equivoqué al emitirla?

Sí, el sistema del SII permite anular boletas electrónicas. Sin embargo, es importante hacerlo a tiempo y comunicar al cliente la anulación, para que no existan diferencias en sus registros contables.

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