Para emprendedores, gerentes y contadores, entender cómo funciona y cómo calcularla es fundamental para mantener ordenadas las finanzas y evitar sorpresas en el flujo de caja.

¿Qué cambió con la Ley N° 21.713 y la Circular N° 1 de 2025?

Con la publicación de la Ley N° 21.713 en octubre de 2024 y las instrucciones de la Circular N° 1 de 2025 del SII, se modificaron los artículos 3°, 53 y 55 del Código Tributario. 

El cambio más relevante es que desaparece el antiguo interés penal mensual fijo del 1,5%, dando paso a un sistema de cálculo diario mucho más ajustado a la realidad económica.

De interés mensual a interés diario

Ahora el interés moratorio se calcula de forma diaria sobre las sumas adeudadas y reajustadas. 

La base es la tasa de interés corriente para operaciones en pesos a un año o más, por montos hasta 2.000 UF, publicada por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), a la cual se le suma un 3,5%. 

Con esa cifra se obtiene la tasa semestral, que luego se divide en 360 para obtener la tasa diaria aplicable a cada deuda tributaria.

¿Cómo se determina la tasa de interés diario?

Cada semestre, el SII emite una resolución fijando la tasa semestral de interés moratorio. Esta se publica en junio y diciembre y rige desde julio y enero respectivamente.

Esto significa que, a diferencia del esquema anterior en que la tasa era fija, hoy las empresas deben revisar la tasa dos veces al año y ajustar sus cálculos de intereses moratorios en función de la normativa vigente.

¿Qué ha pasado con la nueva tasa de interés diario?

Recientemente, el Servicio de Impuestos Internos (SII) fijó una nueva tasa diaria aplicable por mora en obligaciones tributarias para los semestres correspondientes.

Según la Resolución Ex. SII N° 75 de 2025, se actualizan las tasas de interés moratorio que las empresas y contribuyentes deberán considerar cuando incurran en retrasos en el pago de impuestos o contribuciones.

Ahora, la tasa aplicada se determina siempre en función de la regla vigente en la fecha de pago, sin importar el momento del hecho gravado.

Por ejemplo, para el segundo semestre de 2025, se utiliza la tasa penal diaria de 0,0222222222%, calculada a partir de la tasa corriente y sumando un 3,5% adicional, dividida entre 360 días.

Este tipo de tasa diaria no es algo que se use habitualmente en operaciones comerciales corrientes, pero es relevante cuando surgen obligaciones fiscales impagas o en mora.

Para quienes manejan contabilidad, tesorería o administración de empresas, entender este cambio es clave para evitar sorpresas en los cálculos de intereses y provisiones.

¿Qué pasa si la deuda cruza más de un semestre?

Si el atraso se mantiene en más de un semestre, no basta con aplicar una sola tasa. Se debe calcular el interés de cada período con la tasa correspondiente y luego sumar los resultados, expresados en dos decimales.

Así, una deuda que se arrastra desde noviembre hasta marzo aplicará tanto la tasa del segundo semestre del año anterior como la del primer semestre del nuevo año.

Vigencia de los giros emitidos

Un detalle práctico que debes considerar es que los giros emitidos por el SII tienen una vigencia de 5 días hábiles. Pasado ese plazo, los intereses deben recalcularse con la tasa actualizada.

Esto obliga a estar muy atentos a los vencimientos: pagar fuera de plazo, aunque sea unos días, puede implicar un nuevo cálculo con intereses mayores.

Intereses en deudas anteriores a 2025

Si tu empresa mantiene deudas tributarias generadas antes del 1 de enero de 2025, no se aplican las nuevas reglas automáticamente.

Para esos casos, rige lo establecido en la Resolución Ex. N°133 de 2024, que fijó tasas de interés penal diarias específicas para obligaciones previas.

Además de los intereses moratorios, es esencial respetar los plazos de otros tributos como las contribuciones. Para conocer sus fechas y características, te recomiendo este artículo sobre pago de contribuciones.

Impacto para empresas y contadores

En provisiones y cierres contables

Un error en los registros o en la proyección de pasivos tributarios puede derivar no solo en intereses, sino también en sanciones. Aquí te contamos cómo evitar multas del SII por errores en tus registros contables.

En flujo de caja

Cada día de atraso genera intereses adicionales. Para pymes con márgenes estrechos, este costo puede erosionar rápidamente la liquidez.

En cumplimiento tributario

El nuevo sistema hace más urgente la automatización y el control de vencimientos. Contar con herramientas como Nubox, que centralizan información tributaria y permiten generar reportes en tiempo real, ayuda a que las empresas mantengan sus pagos al día y eviten el costo adicional de la mora.

Recomendaciones prácticas

  1. Monitorea resoluciones del SII en junio y diciembre para conocer la tasa aplicable al semestre.
  2. Actualiza tus modelos de cálculo, ya sea en Excel o en software contable, para incluir la tasa diaria vigente.
  3. Controla la vigencia de los giros: recuerda que solo duran 5 días hábiles.
  4. Simula escenarios de atraso para entender el impacto financiero de un retraso de 30, 60 o 120 días.
  5. Busca apoyo profesional si arrastras deudas antiguas o casos complejos de mora.

Si quieres ir un paso más allá y aprender cómo planificar mejor tus obligaciones tributarias, te recomiendo descargar nuestro ebook gratuito:6 estrategias que las empresas pueden implementar para optimizar el pago de impuesto.

Conclusión

La nueva tasa de interés diario marca un cambio importante en la gestión tributaria en Chile. Para emprendedores, gerentes y contadores, significa un esquema más dinámico y sensible a las condiciones del mercado.

La clave estará en mantenerse informado, prever los impactos en flujo de caja y usar herramientas que simplifiquen el cálculo.

Con soluciones como el software de contabilidad de Nubox, que permite automatizar procesos y llevar la contabilidad con información actualizada, tendrás más control sobre tus obligaciones tributarias y evitarás costos adicionales por atrasos.