Impuesto Territorial en Chile y Sobretasa anual

Dayana Huala Saavedra

Escrito por Dayana Huala Saavedra

Administradora Pública con doble pregrado de Contadora - Auditora

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Durante este 2023, el impuesto territorial en Chile viene con una buena noticia relacionada a la postergación de cuotas.  Esto es un alivio para el bolsillo de muchos, ya que este impuesto, durante la última reforma tributaria producto de la aprobación de la nueva Ley de Modernización Tributaria N°21.210 , incluye una sobre tasa anual.

Por supuesto, todo proceso de modificación de leyes busca originar efectos positivos para el país, los cuales se adaptan a las necesidades y a la evolución del mismo con el fin de mejorar la calidad de vida de todos los ciudadanos.  

Este nuevo impuesto fue agregado en el artículo 7 bis —con sus respectivas modificaciones— de la Ley sobre Impuesto Territorial que regula el impuesto al patrimonio inmobiliario.

¿De qué trata esta Sobretasa anual de Impuesto Territorial? ¿Cómo se calcula, cuándo se aplica y cuáles contribuyentes deben pagarla?

A continuación, responderemos estas preguntas para que tengas todos los detalles que debes saber.

¡Acompáñanos!

¿Qué es el Impuesto Territorial? 

Primero que todo, es esencial conocer el Impuesto Territorial; este consiste en gravar la riqueza que posee una persona en relación con los bienes raíces registrados a su nombre. Comúnmente, este impuesto es conocido como contribuciones.

La base imponible de este impuesto es determinada de acuerdo a una tasación que implica el avalúo de suelo y los arreglos que puedan otorgarle más valor, teniendo como función principal proveer de ingresos a las municipalidades para que estas puedan cumplir con sus diversas obligaciones.

Considerando esta información, ahora te explicamos la sobretasa anual de Impuesto Territorial en Chile.

Nueva llamada a la acción

Sobretasa anual de Impuesto Territorial ¿Qué es?

Es una tasa adicional que deben pagar las personas naturales, jurídicas o sin personalidad jurídica en función de la suma total de los avalúos fiscales que posean registrados a su nombre al 31 de diciembre del año anterior en el Conservador de Bienes Raíces al momento de tener que cumplir con la obligación según lo especificado en la nueva Ley de Modernización Tributaria.

De acuerdo a lo definido por la ley, los bienes del avalúo pueden ser: 

  • departamentos; 

  • casas; 

  • terrenos; 

  • locales; 

  • estacionamientos y bodegas; 

  • otro tipo de edificaciones y espacios señalados por la ley.

La evaluación de esta sobretasa estará a cargo del Servicio de Impuestos Internos (SII) con base en la información proporcionada por los contribuyentes mediante el Formulario 30. 

Igualmente, se considerarán para el cálculo aquellos bienes en los que tenga participación el contribuyente, es decir, aquellos que haya adquirido en comunidad, tomando en cuenta solo la base en la que participa.  

Es importante señalar que:

  • Esta sobretasa se aplicará siempre que el avalúo total de los bienes exceda las 670 UTA —Unidades Tributarias Anuales— que para el mes en curso equivale a $404.588.880 millones de pesos.
  • Estarán exentos de pagar este impuesto los bienes que pertenezcan a contribuyentes que tributen o pertenezcan al régimen Pro PyME del Art. 14, Letra D de la Ley correspondiente a la Renta, siempre que este se destine al negocio.  

¿Cómo se calcula la Sobretasa anual de Impuesto Territorial? 

El porcentaje que se aplicará a este nuevo impuesto varía por tramos de acuerdo a la suma total de los avalúos de los bienes raíces.

Recuerda que la creación de este impuesto se realiza con el objetivo de efectivamente gravar los excesos, definiendo la distribución de la siguiente manera: 

  • 0 a 670 UTA: Los bienes están exentos; no se aplica la sobretasa. 
  • 670 UTA a 1.175 UTA: 0,075% del valor total del avalúo.
  • 1.175 UTA a 1.510 UTA: 0,15% del valor total del avalúo.
  • 1.510 UTA en adelante: 0,275% del valor total del avalúo.

Este porcentaje se aplicará directamente al monto que haya sido determinado en el avalúo fiscal.

Por ejemplo, si al 31 de diciembre de 2019 tienes las siguientes propiedades a tu nombre:

  • una casa de 250 UTA;
  • un estacionamiento con bodega de 160 UTA;
  • un departamento de 400 UTA.

El total del avalúo de estos bienes da una suma de 810 UTA, por lo cual te correspondería aplicar al monto equivalente en pesos un 0,075% para calcular el impuesto que debes pagar.

Cabe destacar que para los efectos del cálculo se considerarán todos aquellos bienes que al 1 de enero del año anterior sean propiedad del contribuyente, por lo tanto, si realizas la venta de todos o alguno de ellos en el transcurso del año, igualmente debes cumplir con la obligación porque el impuesto ya se encuentra devengado. 

Eso sí, para el cálculo también conviene saber que existen exenciones establecidas en la ley que no se considerarán para el impuesto, como:

  • terrenos forestales;
  • propiedades en la Isla de Pascua;
  • aquellos bienes acogidos al DFL 2;
  • otros bienes especificados en la ley.

Además, está indicado que todos aquellos valores que se encuentren exentos en el Impuesto Territorial de cada propiedad se incluyen en el avalúo total. 

 

Escucha el podcast:
Hablan los que cuentan
Para conocer todo lo referente al mundo de la criptomonedas y el tratamiento contable y tributario que debe tener, Francisco Lucero conversó en este episodio con Francisco León Heyder, Contador - Auditor, Docente y Doctor en Contabilidad y Auditoría.

¿Qué es un avalúo fiscal?

El Avalúo fiscal es el costo base de tu bien raíz, el cual incluye el valor de suelo y construcciones que puedan otorgarle un mayor valor.

Es por esto que, cada vez que se realizan modificaciones, se deben regir por el marco legal de acuerdo al Minvu y tu municipio (permisos de edificación y construcción). De esta manera, tu bien raíz sigue aumentando de valor, lo cual implica que cuando desees venderlo, tenga un valor comercial mucho mayor. 

Para conocer el  avalúo fiscal de la propiedad, debes ingresar en el Servicio de Impuestos Internos (SII), donde deberás tener en mano el número de rol. Sin embargo, si no lo tienes, puedes encontrarlo por dirección exacta. ¡Pincha Aquí!

En el siguiente enlace, podrás conocer otras acciones relacionadas a un bien raíz que puedes obtener desde el SII ¡Ingresa acá! 

¿Cómo funciona la postergación de la cuota del impuesto territorial en Chile?

Esta noticia sale a la luz por medio de la Resolución Exenta N°30 del SII, la cual fue publicada en marzo del 2023, periodo donde comienza el pago de las contribuciones. Recuerda que este pago se realiza 4 veces al año.

Este beneficio nace con la catástrofe de los incendios, donde las cuotas 2023 pueden pasar al 2024.

Estos beneficios consisten en: 

  1. Postergación del pago de cuotas del año 2023, en donde no aplica intereses ni reajustes. Esta se puede gestionar hasta un año cada cuota, considerando las cuotas 1, 2, 3 y 4 año 2023. La postergación quedaría con vencimiento de acuerdo a las cuotas 1, 2,3 y 4 del año 2024. 
  2. Pago contado de cuotas de años anteriores al 2023, donde aplicaría un 100% de condonación de intereses, beneficio vigente hasta el 31 de diciembre de 2023.

Además, se podrán suscribir a los roles beneficiarios un tipo de convenio para realizar los pagos en cuotas del año 2023, con 100% de condonación, 0% de pie y plazo de hasta 24 meses (cuota 1, 2, 3 y 4).

¿Aún no solicitas estos beneficios? Recuerda ingresar a la página de Servicio de Impuestos Internos y hacer el trámite en línea.

¿Dónde se paga el impuesto territorial?

Ya conocimos más sobre el impuesto territorial, la sobretasa que nace con la reforma tributaria y su postergación de cuotas en el año 2023. Es por esto que ahora te contaremos cómo funciona el pago de este y quien se encarga de su recaudación. 

Dicho esto último, es importante reconocer las plataformas en donde se paga el impuesto territorial, más conocido como contribuciones.

Actualmente, quien debe recaudar los dineros fiscales es el Servicios de Impuestos Internos, el cual pone a disposición el espacio  de trámites en línea: Pagar Contribuciones. Puedes pagar ¡pinchando aquí!

Recuerda que deberás tener a mano los siguientes datos:

Si quieres que esto sea más ágil, recuerda tener tus propiedades registradas.

Pero, ¿cómo registro mis propiedades?

¡Continúa leyendo! Más adelante te lo contaremos.

Recuerda que este trámite también lo puedes hacer por medio de la Tesorería General de la República, donde tendrás las siguientes opciones:

  • Pagar las contribuciones: aquellas que se encuentran al día, las previamente con convenios y/o las atrasadas.
  • Hacer convenios: cuando hay deudas fiscales en general, la TGR es la encargada de hacer una cobranza de la misma. 
  • Otras solicitudes en línea: relacionadas a las contribuciones, donde podrás salir de todas las dudas sobre cobros y/o deudas. 

 ¿Cómo registrar mis propiedades para un pago de impuesto territorial?

Recuerda que, al tener tus propiedades registradas, podrás hacer el trámite mucho más rápido y mantener tus impuestos territoriales al día.

Acá te dejamos los pasos que debes seguir:

  1. Debes tener clave tributaria para ingresar al SII. Hoy también puedes ingresar con clave única.
  2. Tener a mano los certificados de dominio de las propiedades a inscribir.
  3. Seguir los pasos de: Servicios en línea / Avalúos y Contribuciones de bienes raíces / Solicitudes - Ingreso de Solicitudes de Bienes raíces 

Ahora ya sabes todo sobre el impuesto territorial en Chile: ¿qué es?, ¿cómo se registran las propiedades? y también ¿cómo se paga?

¡Eso es todo! 

Si llegaste hasta aquí, ya conoces más sobre el impuesto territorial en Chile. Así que te invitamos a seguir aprendiendo sobre Contabilidad tributaria. Recuerda revisar periódicamente nuestro Blog.

 

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