En años anteriores, el Bono Pyme estaba relacionado con la ayuda económica para aquellas empresas que habían sido afectadas por la pandemia del Covid 19. Sin embargo, este 2023, el beneficio otorgado por el Estado es el subsidio al sueldo mínimo para Pymes.
Este beneficio busca ayudar a las empresas a adaptarse al aumento del salario mínimo. El cuál tendrá un incremento progresivo hasta julio de 2024, dónde alcanzará los 500 mil pesos, de acuerdo con lo anunciado por el ministro de Economía, Nicolás Grau.
Subsidio al sueldo mínimo para Mipymes
Este subsidio consiste en una asignación que se otorga de manera mensual a las micro, pequeñas y medianas empresas, cooperativas, así como a personas jurídicas sin fines de lucro, como fundaciones y comunidades.
El beneficio tiene como objetivo principal asistir a las empresas de menor tamaño en su adaptación al reciente aumento aprobado para el salario mínimo. Dicho ajuste estipula un incremento progresivo hasta alcanzar los $500.000 en julio de 2024.
La medida entró en funcionamiento el día martes 20 de junio, y las solicitudes pueden realizarse a través del portal web del Servicio de Impuestos Internos (SII) hasta el 20 de septiembre de 2023.
Las empresas deben llevar a cabo este trámite una única vez para comenzar a recibir el subsidio, el cual se seguirá entregando durante todos los meses de su vigencia, hasta abril de 2025.
El monto que se proporciona al empleador depende de dos factores principalmente:
- El tamaño de la empresa, ya sea micro, pequeña o mediana.
- El mes en el cual se realiza la solicitud del subsidio, ya que se han determinado diferentes cantidades para diversos períodos que abarcan desde mayo de 2023 hasta abril de 2025.
¿Quién puede solicitar este subsidio?
El subsidio debe ser solicitado por todas las empresas clasificadas como Micro, Pequeñas y Medianas (Mipyme) que cumplan con los criterios definidos en la Ley N° 21.578:
- Deben haber iniciado actividades en Primera Categoría antes del 8 de mayo de 2023, tanto si son personas naturales como jurídicas, incluyendo cooperativas.
- Las ventas y servicios realizados deben superar 0,01 UF, pero no exceder las 100.000 UF durante el año 2022.
- Deben contar con al menos un trabajador o trabajadora que reciba el sueldo mínimo o que tenga un ingreso imponible entre $411.00 y $500.000, según el período especificado en la Ley.
- Puede incluir a personas jurídicas y comunidades que se hayan constituido antes del 8 de mayo de 2023.
- Las empresas que comiencen sus actividades después del 8 de mayo de 2023 podrán acceder al beneficio a partir de septiembre de 2023, si cumplen con los requisitos.
¿Cuáles son las empresas excluidas del beneficio según lo establecido en la Ley N.º 21.578?
No pueden acceder al beneficio Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada (EIRL) donde el propietario sea el único trabajador, ni las Sociedades por Acciones (SpA) en las que uno de los accionistas sea el único trabajador.
Tampoco podrán acceder las empresas que hayan comenzado sus actividades después del 8 de mayo de 2023 y en las cuales uno de los socios o accionistas sea una persona jurídica.
Adicionalmente, las empresas que estén relacionadas con actividades financieras y de seguros también quedan excluidas del beneficio.
¿Cómo postular al subsidio al sueldo mínimo?
Para realizar la postulación a este subsidio, accede a la plataforma del SII y sigue estos pasos:
- Ingresa utilizando tu clave tributaria o la clave única (si no tienes esta última podrás solicitarla).
- Proporciona los datos correspondientes a tu empresa y selecciona la modalidad de pago.
- El cálculo del monto del subsidio se efectúa de manera automática, utilizando la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) y la información disponible en el SII.
- Luego de ingresar en la plataforma, la página inicial indica en que etapa del proceso te encuentras y proporciona la identificación de tu empresa.
- En la próxima sección, recibirás información sobre la elegibilidad de tu empresa para acceder al beneficio. Además, encontrarás la opción para consultar detalles del monto mensual y el cálculo correspondiente.
- Una tabla mostrará el cumplimiento de las condiciones establecidas en la Ley, acompañada de la fuente de esa información.
- Por último, si consideras que la información presentada no se ajusta a la realidad, tendrás la posibilidad de presentar un reclamo para que tu situación sea revisada.
Subsidio al sueldo mínimo: ¿Cuándo se paga?
Las fechas de desembolso del subsidio al sueldo mínimo para las Mipymes se determinarán en función de cuándo se haya realizado la solicitud, siguiente este cronograma:
- Si has solicitado el beneficio hasta el 26 de junio de 2023, recibirás el pago en junio (correspondiente a los subsidios de mayo y junio).
- Si presentaste la solicitud entre el 27 de junio y el 9 de julio, el primer pago se realizará a finales de julio (abarcando los subsidios de mayo, junio y julio).
- En cuanto al resto de las solicitudes, el plazo para presentarlas se extiende hasta el 17 de septiembre de 2023. El SII procesará las postulaciones de manera mensual y el subsidio será abonado los últimos días de cada mes.
Información relevante
Es necesario aclarar, que el monto del subsidio que la empresa reciba no está sujeto a impuestos, retenciones ni será embargable, por lo que es un impulso significativo a las micro, pequeñas y medianas empresas.
Esto demuestra que el propósito del subsidio al sueldo mínimo va más allá de un simple apoyo financiero, ya que está diseñado para facilitar la adaptación al reajuste del salario mínimo y mejorar la calidad de vida de los trabajadores.
En un momento en que las empresas necesitan adaptarse y avanzar, este beneficio se convierte en un recurso esencial para asegurar la continuidad y el crecimiento sostenible tanto del sector empresarial como de la economía chilena.
Ahora ya conoces como postular y obtener el subsidio al sueldo mínimo para tu Pyme, por lo que siguiendo el sencillo proceso de registro, sabrás si tu empresa puede gozar de este beneficio.
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