¿Cómo se calcula el capital propio en un 14D N°3?

Dayana Huala Saavedra

Escrito por Dayana Huala Saavedra

Administradora Pública con doble pregrado de Contadora - Auditora

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El Capital Propio de una empresa es uno de los tratamientos más importantes, ya que de esta manera se puede determinar el real patrimonio de la organización.

Actualmente, con los cambios de reforma, ocurre una situación interesante para el Régimen Tributario 14 D N°3, ya que se pretende trabajar con un Capital Propio Simplificado.

Para el cálculo del Capital Propio Tributario de un 14D N3, es importante conocer algunos antecedentes generales:

¿Qué es el capital propio tributario?

Principalmente, cuando se habla de capital propio tributario, se buscan conocer los valores tributarios reales, de los cuales comprenden el conjunto de bienes, derechos y obligaciones que tenga una empresa durante su período comercial. 

A grandes rasgos, su cálculo se determinará así:

Total de activos que representen la inversión efectiva



-



Se transforman en valores tributarios los movimientos comerciales de la empresa.

Pasivo exigible

Capital Propio

=

 

¿Cuál es la diferencia entre un Capital propio Tributario y Capital Propio Simplificado?

Las empresas que se encuentran bajo el Régimen 14D N3 tienen la ventaja de contar con reglas especiales para el cálculo del capital propio, donde el SII frente al capital propio tributario deberá informar a las empresas, para que realicen una complementación o rectificación en caso que corresponda su capital propio”

Cabe señalar que las nuevas directrices para este Régimen se pueden encontrar en la Circular del SII N°62 del 2020.

Diferencias:

Capital Propio Tributario Simplificado, reglas especiales; (j) del N°3 de la letra D), del Artículo 14 LIR.

Capital Aportado Más Aumentos

+

 

Disminución de capital

-

Bases Imponibles

+

Bases Imponibles

-

Rentas Percibidas por participaciones

+

Retiros y Distribuciones

-

   

Partidas inciso 2°

Artículo 21 LIR (*)

-

* También se deben considerar aquellas partidas del inciso primero que no afecten al impuesto único que tiene una tasa del 40%

Cálculo del Capital Propio Tributario 14 D N3

Para comprender el Capital propio Simplificado construimos un ejemplo práctico, con valores mínimos para su análisis:

Una empresa ha tenido los siguientes movimientos desde el año 2018 al 2020:

Año 2018

Año 2019

Año 2020

Aporte de Capital $1.000

 

Pago Factura $200

 

Saldo Inicial de acuerdo al año 2018 

 

Pago Factura $ 500

 

Pago IDPC $400

Saldo Inicial de acuerdo a los movimientos 2019 

 

Pago Factura $ 600 

 

Pago IDPC $ 100

 

Retiros $ 300

Desarrollo:

2018

Bienes, Derechos y Obligaciones

 

Capital Inicial $1.000

Pago Factura $200

   

Valores Tributables

Capital Propio Tributario

Saldo Final $1.200

   

$1.200

$1.200

2019

Bienes, Derechos y Obligaciones

 

Capital $1.200

Pago Factura $500

Pago IDPC $400

 

Valores Tributables

Capital Propio Tributario

Débitos $1.700

Créditos $400

 

$100

$1.200

Saldo Final $1.300

     

$1.300

 

2020

Bienes, Derechos y Obligaciones

 

Capital $1.300

Pago Factura $600

Pago IDPC $100

Retiros $300

 

Valores Tributables

Capital Propio Tributario

Débitos $1.900

Créditos $400

 

$200

$1.300

Saldo Final $1.500

     

$1.500

 

Movimiento

 

2018

2019

2020

Final 

Capital

+

1.000

   

1.000

Base Imponible

+/-

200

500

600

1.300

Retiros y distribuciones pagadas

-

   

300

300

Rentas percibidas por participaciones

+

       

Partidas del Inciso 2° Art.21 LIR

-

 

400

100

500

Totales

=

1.200

100

200

1.500

 

Realizar el cálculo en los períodos del 2018 al 2020 sirve para reflejar los movimientos de capitales entre un período y otro. Cabe señalar que finalmente el Capital Propio Simplificado correspondiente el 2020 y que debía ser declarado al 2021, quedaría de la siguiente manera:

Movimiento

 

2020

(+) CPT AT.2021

+

1.300

Base Imponible

+/-

600

Retiros y distribuciones pagadas

-

300

Rentas percibidas por participaciones

+

 

INR o REX

+/-

 

Partidas del inciso 2° Art.21 LIR

-

100

Incentivo al Ahorro 14 E

+

 

Capital Propio Tributario Simplificado

=

1.500

Finalmente es importante tener presente que el Capital Propio Tributario del Régimen Tributario 14 D N3, se deberá informar en el Formulario N°22, en el recuadro N°19 Capital Propio Tributario Simplificado, del Régimen Pro Pyme 14 D N3.

Cálculo del Capital Propio Tributario 14 D N3 para traspasar al F22

Todo lo que se generó en el recuadro anterior para el Cálculo del Capital Propio Simplificado, se deberá traspasar al recuadro N°19 del Formulario N°22, el cual está confeccionado para aquellas empresas que pertenecen al régimen 14 D N°3.

Recuadro N°19 del F22: “Capital Propio Tributario Simplificado del Régimen Pro Pyme 14 D N3”

CPT positivo inicial

1.300

1445

+

CPT negativo inicial

 

1446

-

Capital aportado

 

1374

+

Aumentos (efectivos) de capital del ejercicio

 

1375

+

Disminuciones (efectivas) de capital del ejercicio

 

1376

-

Base imponible afecta a IDPC del ejercicio

600

1705

+

Pérdida tributaria del ejercicio al 31 de diciembre

 

1706

-

Pérdidas tributarias de ejercicios anteriores

 

1707

+

Rentas exentas e ingresos no renta (positivo), generados por la empresa en el ejercicio

 

1377

+

Pérdida por rentas exentas e ingresos no renta del ejercicio

 

1378

-

Retiros o dividendos percibidos en el ejercicio por participaciones en otras empresas

 

1726

+

Utilidades percibidas afectas a impuestos finales imputadas a la pérdida tributaria del ejercicio 

 

1591

-

Remesas, retiros o dividendos distribuidos en el ejercicio

300

1479

-

Partidas del inciso primero no afectas al IU de tasa 40% y del inciso segundo, del Art. 21 LIR. 

100

1708

-

Ingreso diferido imputado en el ejercicio, debidamente incrementado cuando corresponda

 

1709

-

Crédito total disponible imputable contra impuestos finales (IPE), del ejercicio

 

1379

-

Incentivo al ahorro, según el Art. 14 letra E) LIR 

 

1710

+

Base del IDPC voluntario, según el Art. 14 letra A) N° 6 LIR 

 

1711

+

Otras partidas a agregar 

 

1380

+

Otras partidas a deducir 

 

1381

-

Capital propio tributario simplificado positivo 

1.500

1545

=

Capital propio tributario simplificado negativo

 

1546

=

Con estos simples pasos puedes generar el cálculo del Capital Propio Tributario del 14D N3, que simplifica la ecuación para aquellos que se incorporaron en este nuevo régimen de Pro Pyme

Si te gusto este artículo recuerda revisar: “Contabilidad Tributaria: ¡Todo lo que contempla!”. ¡Tenemos mucha información que te interesará!

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