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¿Cómo calcular la devolución de impuestos?

Escrito por Dayana Huala Saavedra | Mar 9, 2021 1:30:00 PM

Comenzó la etapa final del período de Operación Renta y todos los contribuyentes deben estar atentos a los plazos establecidos por ley para la declaración de impuestos. 

Seguramente algunos se preguntarán cómo calcular la devolución de impuestos y cómo saber si tienes una reembolso de impuestos. Aquí te contaremos todo lo que necesitas saber. 

¿Quiénes pueden recibir la devolución de impuestos?

Esta es la pregunta que todos los contribuyentes se hacen, sobre todos aquellos que deben pagar impuestos mensuales y tienen otros gastos asociados en períodos anuales.

En primer lugar, todos los contribuyentes deben realizar la declaración de impuesto a la renta en la página del servicio de impuestos internos. Sin embargo, no todos recibirán la devolución de impuestos, por lo que es importante tener en cuenta cómo se clasifican los contribuyentes:

  •  Los contribuyentes de segunda categoría, que obtienen rentas que se atribuyen a “rentas de trabajo”, que derivan por las prestaciones de servicios profesionales, técnicos, administrativos y otras actividades personales. 
  • Los contribuyentes de primera categoría, donde sus rentas se obtienen por capitales derivados de inversiones empresariales, tales como industrias, comercios, mineras y otras. En este caso, se busca obtener ganancias sobre una inversión establecida. 

¿Cómo calcular la devolución de impuestos?

Ya comprendidas las diferencias y en qué momentos se pueden recibir las devoluciones de impuesto por parte de los contribuyentes, dejaremos un ejemplo de cómo calcular la devolución de impuestos de los profesionales a honorarios.

El profesional generó ingresos de $1.000.000.- durante el 2020  (anual y no tiene otros ingresos). En este caso, este solicitará la devolución de la retención del 11,50%  y no deberá pagar las cotizaciones previsionales. Su declaración de renta quedaría así:

(+)Honorarios $1.000.000.- 

(=)Total Ingresos Brutos $1.000.000.-

(-) 30% de gastos presuntos $ 300.000.-

(=) Total Honorarios $700.000.-

Total retenciones $115.000.-

Su devolución será de $115.000.-, y queda exento del pago de cotizaciones previsionales 

El profesional tuvo un ingreso anual de 1.685.000.- durante el 2020. Dentro de su solicitud de devolución se le aplicará un descuento por cotizaciones previsionales. 

(+)Honorarios $1.685.000.- 

(=)Total Ingresos Brutos $1.685.000.-

(-) 30% de gastos presuntos $ 505.000.-

(=) Total Honorario $1.179.500.-

Total retenciones $193.775.-

Ya calculado el % de devolución a solicitar, el contribuyente deberá tomar en consideración los cálculos de cotizaciones previsionales, donde podrá tomar la decisión si las descuenta en su totalidad o de manera parcial.

  • Base imponible para el cálculo de las cotizaciones $1.685.000-0*80% = $ 1.348.000
  • Los % de cotizaciones son referenciales, ya que estos pueden variar de acuerdo a los indicadores correspondientes de manera anual. 
  • Seguro de Invalidez y sobrevivencia (SIS) $1.348.000 * 1.8553% = $24.938
  • Seguro Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales (ATEP) $1.348.000 * 0.93% =$12.536.-
  • Salud $1.348.000 * 7% = $94.360
  • AFP $1.348.000 *10.58% $142.618 = $61.941

En el caso que se paguen completas las cotizaciones, la AFP sólo paga la diferencia que alcanza al descontar la devolución. De lo contrario, si solo se acepta el pago parcial, cabe señalar que para el 2021 será del 27%. 

  • Seguro de Invalidez y sobrevivencia (SIS) $1.348.000 * 1.85%=$24.938 (se mantiene valor)
  • Seguro Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales (ATEP) $1.348.000 * 0.93% =$12.536 (se mantiene valor)
  • Salud $1.348.000 * 7% =$94.360 * 7% =$34.913
  • AFP $1.348.000 * 10.58% $142.618 (*37%)=$52.769
  • Total cotizaciones $125.156

¿En qué casos se rechaza la devolución de impuestos o solo se devuelve un % del monto?

Es muy importante que se comprenda que hay veces en que el SII rechaza las declaraciones de renta y no genera la devolución del impuesto. También existen casos en los que se generan observaciones y se entrega una devolución parcial. Veamos algunos casos:

  • Los agentes retenedores entregaron información errónea o corrigieron posterior a la fecha en que se presentó la declaración de renta del contribuyente en cuestión.
  • Los contribuyentes solicitaron devolución de impuesto. Sin embargo, no cumplían con los requisitos legales por lo que no correspondía la devolución.
  • De las más comunes de las observaciones, la declaración de renta tiene diferencias con la información que el SII cuenta.
  • El contribuyente tiene asuntos pendientes con el SII, los cuales deberá consultar. Por ejemplo: rentas de años tributarios anteriores no declaradas u observadas. 
  • El contribuyente agrega información de un tercero, y el SII no cuenta con los antecedentes. Por ejemplo: DDJJ de agente retenedor no declarado. 
  • Situaciones particulares que retienen la devolución total o parcial: retenciones judiciales, deudas previsionales,  deudas por créditos universitarios donde el aval es el estado,  situaciones pendientes en Fonasa, entre otras en donde existe una deuda con el Fisco.
  • Mandatos, cuando el contribuyente cede a otro contribuyente la devolución.
  • Contribuyentes con historial de evasión del transporte público.
  • Datos de cuenta bancaria con errores.

Recuerda que posterior a la declaración de renta, viene la etapa de revisión de la información declarada por parte del SII, por lo que en caso de observaciones u errores entrega un plazo en el período de junio para rectificar.

Si quieres saber más sobre la rectificación de renta, te puede interesar: “¿Cómo rectificar la Declaración de Renta? ¡Sal de apuros aquí!”

 

 

¿Dónde se recibe la devolución de impuesto?

La devolución de impuesto se hace a una cuenta bancaria que se ingresa al momento de la declaración de renta, o por cheque.

Cabe señalar que si se ingresaron los datos de la cuenta bancaria con errores, se podrá optar por una devolución por medio de:

  • Sucursales de ServiEstado (desde $1 hasta $1.500.000). 
  • Banco Estado (desde $1 hasta $3.000.000).

Recuerda mantener tus cuentas bancarias activas. De lo contrario, tendrás que esperar para tu devolución.

Hay casos en que seleccionas pago por cheque. Sin embargo, el cartero nunca te encontró para entregarlo, por lo que lo devolvió a Tesorería.

Si este es tu caso, deberás ponerte en contacto con la Tesorería General de la República, ya que los cheques tienen un plazo para ser cobrados, y las instituciones públicas se rigen por presupuestos anuales, por lo que su duración es menor.

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