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¿Cuáles son las causales de un despido?

Karen Pastén

Escrito por Karen Pastén

Ingeniera en Información y Control de Gestión. Cuento con un Diplomado en Desarrollo de Personas y Organizaciones. Tengo más de 10 de años de experiencia liderando el proceso de remuneraciones en empresas del sector retail y tecnológica.

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Plantillas de Contrato de Trabajo Indefinido, Part Time, Teletrabajo, entre otros

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Las causales de despido pueden variar dependiendo la falta del trabajador, las necesidades del empleador, así como también las distintas circunstancias en las que se encuentre la empresa. 

Sin embargo, todo debe seguir el marco legal establecido en el Código del Trabajo, el cual respalda a los trabajadores en caso de faltas del empleador y a los empleadores en caso contrario. Lo importante siempre es estar dentro de los parámetros legales. 

¿Cuáles son las causales de despido?

Las causales de despido se encuentran en el Código del Trabajo, sin embargo, para ser más exactos, están descritas en los artículos 159, 160, 161 y 163 bis.

En este caso, la entidad fiscalizadora que debe velar por el cumplimiento de la normativa laboral es la Dirección del trabajo, que actúa como intermediaria entre los trabajadores y empleadores cuando existen inconvenientes en las relaciones laborales.

Actualmente, la Dirección de Trabajo ha ingresado al mundo de la era digital, por lo cual cuenta con atención en línea para diversos trámites por medio del portal MIDT, donde se podrá acceder como empleador o trabajador. La Dirección del Trabajo actúa como ministro de fe para trámites en línea. 

Causales para poner fin a la relación laboral

Las causales de despido son múltiples y dependen de cada situación. A continuación, listamos las principales:


    • Mutuo acuerdo entre las partes.
    • Por necesidades de la empresa, establecimiento o servicio en el que se prestan las actividades.
    • Muerte del trabajador.
    • Cuando el contrato de trabajo se acaba, de acuerdo con el plazo que se estableció en el mismo.
    • El trabajador renuncia de forma voluntaria.
    • Caso fortuito o fuerza mayor.
    • Cuando el trabajo o los servicios por los que fueron contratados finalizan.
    • Incumplimiento grave de las obligaciones que establece el contrato.
    • Conductas indebidas del trabajador que se consideren de carácter grave, como por ejemplo conducta inmoral, acoso sexual, robos, falta a la probidad en general, etc. Sin embargo, estas deben ser comprobadas por el empleador.
    • Negociaciones que realice el trabajador dentro de la empresa y que en el contrato se establezcan como prohibidas.
    • Daño material que el trabajador causa de forma intencional en las instalaciones de la empresa, tales como maquinarias, herramientas, útiles de trabajo, productos o mercaderías.
    • Actos, omisiones o imprudencias que realiza el trabajador de forma temeraria que afectan el funcionamiento de la empresa o la seguridad de los trabajadores.
    • Abandono del trabajo por parte del trabajador, sin explicación alguna.
    • El trabajador no asiste a las funciones laborales y no justifica las causas dos días seguidos, dos lunes en el mes o un total de tres días en el mes.

¿Cómo se formaliza un término de las relaciones laborales?

Para formalizar el término de relaciones laborales es importante tener presente que debe ser por medio de un finiquito.

El finiquito es un acto formal que hoy se puede realizar de forma presencial en una notaría, como también de forma electrónica por medio de MIDT.

Cuando enfrentamos un término de relaciones laborales, los empleadores y trabajadores deben formalizar el acto a través de este documento, en donde se establecerá la causal que le da fin a la relación laboral entre el trabajador y el empleador. Además, deberán efectuar otros trámites complementarios, de acuerdo al caso:

  • Renuncia del Trabajador: el trabajador deberá presentar una carta de renuncia por escrito y firmada, la cual debe ser ratificada ante notaría, un inspector del trabajo o ministro de fe, para luego ser entregada en la empresa.
  • Empleador comunica despido: será el empleador quien deberá emitir una carta que tendrá que entregar personalmente o por correo certificado, con una copia en la Dirección del Trabajo, la cual debe contener:
  • Causal legal que aplicará para el despido.
  • Hechos en los que funda su despido.
  • Montos asociados al despido si corresponde, como por ejemplo indemnización, feriados, etc.
  • Estado en el que se encuentran las imposiciones del trabajador, las cuales deberán indicarse hasta el último día del mes anterior al despido y deberá adjuntar comprobante. 

Actualmente, este trámite se puede hacer por medio de la plataforma de la Dirección del Trabajo MIDT, en la cual deberás entrar con el perfil de empleador y seleccionar “Carta electrónica de aviso de despido”.

¡Conoce las normas laborales y protege tu negocio!

Lo más importante cuando se realiza un término de relaciones laborales es conocer las causales de despido y cumplir con la normativa vigente. Veamos algunos ejemplos:

  1. Si el despido es por necesidades de la empresa, este se deberá avisar con 30 días de anticipación. 
  2. En caso de que el contrato por el cual inició la relación laboral haya vencido o existan causales disciplinarias contenidas en el artículo 160, se debe informar el término desde los 3 días siguientes en que se deja de prestar el servicio.
  3. Si la causa que pone fin a la relación laboral es caso fortuito o fuerza mayor, el plazo para informar será en los 6 días siguientes en que se deja de prestar el servicio. 
  4. Aquellos empleadores que hayan realizado un fin de relaciones laborales bajo las causales que contienen los Artículo 159 (4-5) y N.º 160 y no hayan cumplido con el plazo de aviso, serán sancionados con una multa de 1 a 6 UTM.
  5. Si el trabajador considera que el empleador está incumpliendo la normativa y la causal de despido no se acoge a la situación y por ende es un despido injustificado, este podrá interponer una denuncia ante la Inspección del Trabajo, que actuará como intermediaria hasta esclarecer la situación.
  6. Recuerda que será el empleador quien podrá poner término a las relaciones laborales en caso de retrasos reiterados. 
  7. Los empleadores podrán poner cartas de amonestación a los trabajadores cuando estos no estén cumpliendo las obligaciones laborales establecidas en el contrato, donde estas cartas de amonestación podrá ser un respaldo para su despido y considerarlo una falta grave.

Ahora que ya sabes más sobre las causales de despido, es importante que aprendas cómo hacer un contrato de trabajo paso a paso. Así tendrás estipulado en el contrato todas las obligaciones entre el trabajador y el empleador, y al momento de realizar un término de relación laboral, podrás cumplir con todos los aspectos legales del proceso. 

 

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