
¿Cómo llevar un libro de ingresos y egresos?

Escrito por Dayana Huala Saavedra
Administradora Pública con doble pregrado de Contadora - Auditora
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Los libros de ingresos y egresos son el mecanismo de control de las empresas con contabilidad simplificada, por lo que no están obligados a llevar el libro de compra venta.
Se debe tener presente que esta modalidad asociada a la contabilidad se encuentra vigente desde el 01 de enero del 2015, donde se deberán ingresar tanto los ingresos percibidos como devengados y también los egresos pagados o adeudados.
¿Qué se debe considerar para llevar un libro de ingresos y egresos?
Para llevar un libro de ingresos y egresos, los contribuyentes deben estar adheridos al Régimen de Tributación Simplificada.
Recuerda que la Ley que Moderniza la Legislación tributaria N°21.210 de febrero 2020, considera nuevos regímenes tributarios.
Si quieres conocer más sobre Contabilidad Simplificada, ingresa a nuestro blog. Además, no debes olvidar que existen otros libros auxiliares que pueden acompañar el libro de ingresos y egresos para tener una contabilidad más organizada.
Es importante saber que no pueden acogerse a contabilidad simplificada, contribuyentes del rubro minero, aduanas y corredoras, que clasifican como contribuyentes de primera categoría.
¿Desconoces qué tipo de contribuyentes llevan los libros de ingresos y egresos? Te invitamos a seguir leyendo, acá te contamos todo lo que necesitas saber.
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¿Qué debe contener un libro de ingresos y egresos?
Un libro de ingresos y egresos debe estar autorizado de acuerdo al régimen tributario, ya que aquellos que tienen contabilidad completa no están autorizados a realizar este libro contable.
Dicho esto, debes tener en cuenta los siguientes antecedentes al momento de armar tu libro de ingresos y egresos:
- Registro cronológico y claro, de acuerdo al flujo de todos los ingresos percibidos y devengados, como también aquellos pagados o adeudados que tenga el giro comercial.
- Para ambos casos, ya sea ingresos o egresos, se deben ingresar con un número correlativo (1, 2, 3, y siguientes).
- Se deberá ingresar el número de documento que respalde los ingresos y/o egresos.
- Se deberá identificar el tipo de documento que está respaldando el ingreso percibido o el egreso efectivamente pagado (Facturas, certificados, Boletas de Honorarios, entre otros).
- Los documentos de respaldos asociados a los ingresos y egresos, deben considerar el registro del RUT del contribuyente que lo emite.
- En relación a las fechas de operación, se registran de acuerdo al formato dd/mm/aaaa.
- Al igual que en el libro de caja, el registro de las operaciones que solo han sido devengadas deberá considerar la fecha del documento. En el caso de las operaciones percibidas en el mismo momento en que se hayan devengado, se registrará la fecha del documento y en aquellos casos en que la percepción de los montos devengados haya sido con anterioridad, se deberá registrar la fecha de percepción.
- El registro en el libro de ingresos y egresos debe tener en cuenta que los ingresos percibidos o devengados y los egresos pagados o adeudados, deben ser plasmados en pesos, según corresponda el tipo de movimiento.
- Se debe incorporar una glosa de acuerdo a la operación realizada, es decir, sea un ingreso o egreso.
- Se debe identificar la operación y señalar si esta corresponde a un ingreso devengado o gastos adeudados al 31-12-2014, como también señalar si el monto está relacionado a un ingreso devengado o gastos adeudados antes del 31 de diciembre del año 2014.
- En relación a los ingresos devengados y los gastos adeudados al término del ejercicio comercial del año anterior al de ingreso al presente régimen, se debe tener en cuenta que éstos no deberán ser reconocidos por el contribuyente al momento de su percepción o pago posterior, según corresponda, sin perjuicio de su obligación de registro y control de acuerdo a la Ley sobre Impuesto a la Renta, vigente a contar del 01 de enero de 2015, considerando el régimen asociado.
- Es necesario indicar que, en el cálculo de la base imponible para tu cumplimiento tributario, los contribuyentes acogidos a este régimen deberán incluir todos los ingresos y egresos, sin considerar su origen o fuente o si se trata o no de sumas no gravadas o exentas por esta ley.
- El libro de ingresos y egresos debe estar foliado y timbrado ante el Servicio de Impuestos Internos.
- El libro de ingresos y egresos podrá ser manual o computacional. Sin embargo, el computacional debe ser autorizado por el Servicio de Impuestos Internos.
- Se debe tener en cuenta que el libro de ingresos y egresos debe permitir efectuar el registro de todos los movimientos de acuerdo a su documentación de respaldo de manera cronológica y cumplir con todo lo establecido en el Artículo N° 17 del Código Tributario.
- Aquellos contribuyentes que incumplan la obligación de llevar un libro de ingresos y egresos o que lo presenten de manera irregular y/o retrasado, serán sancionados de acuerdo al numeral 7 del artículo N°97 del código tributario.
¿Qué tipo de contribuyentes llevan los libros de ingresos y egresos?
Es muy importante conocer qué tipos de contribuyentes deben completar el libro de ingresos y egresos, ya que este libro solo corresponde a aquellos contribuyentes que cumplan con características tributarias específicas.
Cabe señalar que el libro de ingresos y egresos debe ir acompañado del libro de caja.
Estos libros, en sus inicios, estaban asociados a los contribuyentes con un Régimen de Tributación Simplificada. Sin embargo, con las últimas reformas tributarias, se han asociado a contribuyentes que cumplen ciertos requisitos.
Esta asociación dependerá del tamaño y tipo de régimen tributario.
Acá te dejamos un cuadro descriptivo de los contribuyentes y el tipo de contabilidad que llevan de acuerdo a su régimen tributario:
Régimen Tributario |
Tipo de Contabilidad |
ProPyme General |
Contabilidad completa, con la opción de una simplificada. |
ProPyme Transparente |
Contabilidad Simplificada, con la opción de una completa |
General Semi Integrado |
Contabilidad Completa |
Renta Presunta |
Contabilidad Simplificada |
Si quieres conocer más de los regímenes tributarios, recuerda revisar: “Guía sobre los regímenes tributarios en Chile”.
¿Cuál es el formato del libro de ingresos y egresos?
En el caso de aquellos contribuyentes que tienen la obligación de presentar y trabajar contablemente con los libros de ingresos y egresos, será necesario ocupar los formatos establecidos por el Servicio de Impuestos Internos. Estos se encuentran alojados en la Resolución del SII N°14 del 2021. Además, como ya mencionamos, este libro debe ir acompañado del libro caja.
En esta normativa, se encuentran los siguientes anexos, que te servirán de mucho apoyo para completarlos:
-Formato del Libro de Ingresos y Egresos, más su instructivo de llenado.
La Tabla Principal, hace referencia a un “registro de todas las Operaciones de la empresa”, el cual se debe dividir de acuerdo a los siguientes aspectos |
|||||||
N° Correlativo |
N° de Documento |
Tipo de Documento |
RUT del Receptor |
Fecha de la Operación |
Tipo de Ingresos se deberá clasificar de acuerdo a los siguientes términos |
Glosa de la Operación |
|
Percibidos |
Devengados |
-Formato del Libro Caja, más su instructivo de llenado.
La Tabla Principal, hace referencia a un “registro de todas las Operaciones de la empresa”, el cual se debe dividir de acuerdo a los siguientes aspectos |
|||||||
N° Correlativo |
N° de Documento |
Tipo de Documento |
RUT del Receptor |
Fecha de la Operación |
Glosa de la Operación |
monto total flujo de ingreso o egreso |
monto que afecta la base imponible |
Este libro de caja cuenta con un cuadro de resumen de saldos al final de la planilla.
Otras consideraciones importantes en un libro de ingresos y egresos
Recuerda que un libro de ingresos y egresos es una obligación tributaria, de acuerdo al régimen que pertenezcas, por lo cual se puede rescatar de este libro auxiliar lo siguiente:
- Te permite tener una contabilidad eficiente en el orden de los movimientos contables.
- Podrás manejar una contabilidad que permite tomar decisiones para una administración óptima del negocio.
- Conocerás cómo se comporta financieramente tu negocio y podrás actuar a tiempo en caso de inconvenientes.
- Estos se deben registrar de manera mensual y posteriormente se toman en consideración para el cálculo de resumen anual.
- Este libro permitirá calcular un % de ingresos por ventas.
- Podrás identificar las utilidades.
¿Cuál es la normativa vigente asociada al libro de ingresos y egresos?
Considerando que el libro de ingresos y egresos debe ir acompañado del libro caja, la principal normativa vigente sería la siguiente:
- Resolución del SII N°14 del 2021: establece los requisitos y formato que debe cumplir el libro de ingresos y egresos y el libro de caja, que se exige llevar a los contribuyentes acogidos al régimen de transparencia tributaria del artículo 14 letra d) n°8, pro pyme transparente y a los contribuyentes del régimen pro pyme con base en retiros o distribuciones, del artículo 14 letra d) n°3, que decidan acogerse a contabilidad simplificada, ambos de la ley sobre impuesto a la renta. Deja sin efecto la resolución ex. sii n° 129, de fecha 31.12.2014.
- Resolución del SII N°31 del 2021: complementa y modifica resolución exenta sii n° 14, de 2021.
-
Decreto Ley N°824: aprueba texto que indica de la ley sobre impuesto a la renta.
Recuerda que toda la información relacionada a la normativa y legislación, se encuentra actualizada por año en el portal del Servicio de Impuestos Internos. ¡Pincha aquí!
Si quieres comenzar a trabajar en tu libro de Ingresos y Egresos para contribuyentes régimen propyme, descarga nuestra plantilla para crear un libro de ingresos y egresos gratis.
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