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¿Cómo hacer un contrato de trabajo para extranjeros en Chile?

Karen Pastén

Escrito por Karen Pastén

Ingeniera en Información y Control de Gestión. Cuento con un Diplomado en Desarrollo de Personas y Organizaciones. Tengo más de 10 de años de experiencia liderando el proceso de remuneraciones en empresas del sector retail y tecnológica.

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Plantillas de Contrato de Trabajo Indefinido, Part Time, Teletrabajo, entre otros

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Cada día son más los extranjeros que eligen a Chile como destino para trabajar e impulsar su desarrollo profesional.

De acuerdo al Instituto Nacional de Estadísticas, los extranjeros representan alrededor del 7,81% de la población nacional, al ser un grupo conformado por más de 1,5 millones de personas.

Por lo tanto, si eres empresario o profesional de recursos humanos, es recomendable que aprendas sobre cómo hacer contratos para extranjeros. 

Principales cláusulas que debe contener un contrato de trabajo para extranjeros

Al tratarse de un “contrato especial”, tiene que incluir una serie de cláusulas que aseguran el vínculo laboral y lo hacen más transparente: 

  • Cláusula de remuneración

  • Cláusula de Vigencia

  • Cláusula de Régimen Previsional

  • Cláusula de Impuesto a la Renta

  • Cláusula de viaje

Requisitos para que un extranjero pueda trabajar en Chile

  • El permiso de trabajo es el requisito más importante para que los inmigrantes puedan trabajar en el país. Sin embargo, existen una serie de requerimientos que también se deben cumplir para que el vínculo laboral sea legal.
  • El contratante del trabajador debe tener domicilio legal en el país.
  • El contrato de trabajo en Chile debe suscribirse, por las dos partes, en el país y ante notario. 
  • Los profesionales, técnicos, especializados y demás profesionales extranjeros titulados tienen la obligación de acreditar su título ante la autoridad respectiva
  • Las actividades ejecutadas por el trabajador en Chile no pueden considerarse peligrosas o atentatorias para la seguridad del país. 

Como empleador, lo importantes es que exijas el cumplimiento de todos los requisitos mencionados anteriormente y que conozcas los detalles respecto al pago previsional. Respecto a este punto debes considerar que es obligatorio y que se encuentra regulado por el Decreto Ley N° 3.500.

Tipos de visas de trabajo y permisos laborales para extranjeros

Lo primero que debemos entender, es que lamentablemente no todos los profesionales extranjeros pueden trabajar en Chile. Para hacerlo,  tendrán que acreditar ciertos requisitos como la residencia legal  y el permiso o visa, que cambiará en razón de las características particulares del trabajo.

De acuerdo al Departamento de Extranjería, existen los siguientes tipos de visado para extranjeros: 

  • Visa de residencia sujeta a contrato de trabajo: permiso para extranjeros contratados por alguna empresa por un tiempo máximo de dos años.
  • Visa de residencia temporaria por motivos laborales: permiso para laborar en el país por un período máximo de un año (renovable a dos años), con uno o más empleadores.
  • Permiso especial para trabajo con visa temporaria por motivos laborales en trámite: se pide en el momento de enviar la solicitud de residencia temporal y les permite trabajar una vez que es acogida la solicitud. 
  • Visa para artistas: permiso de trabajo para aquellos artistas que llegan al país a laborar durante menos de 90 días.
  • Autorización para trabajar como turista: los turistas tienen la prohibición expresa de desarrollar actividades remuneradas. Sin embargo, en casos muy calificados el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, pueden autorizarlos a trabajar en el país por un tiempo no mayor a 30 días, prorrogables por períodos del mismo tiempo hasta que el visado se venza. 
  • Visa sujeta a contrato por cambio de empleador

    Extranjería Chile la define de la siguiente manera:

    "corresponde a los solicitantes que cuentan con una visa sujeta a contrato estampada y vigente en su pasaporte, que finiquitan la relación laboral que dio origen al permiso y solicitan una nueva visa sujeta a contrato con un nuevo empleador"

    En relación a este visado, las autoridades chilenas también establecen que:

    "Si durante la tramitación de su visa ha cambiado de empleador antes de que ésta sea estampada y comience la relación laboral, el usuario puede solicitar una ratificación por cambio de empleador, adjuntando los nuevos antecedentes".

    Así, la visa solicitada originalmente con un empleador, es corregida y otorgada con uno distinto con el que efectivamente se desarrollará la relación laboral.

    De acuerdo a Extranjería, el caso de cambio de empleador existe un plazo de 30 días desde la fecha de término de la relación laboral para presentar una nueva visa sin que se generen sanciones migratorias. De no cumplir este período la persona queda en situación irregular y se expone a sanciones.

 

 

contrato de trabajo para extranjeros

Cláusulas que debe contener un contrato de trabajo para extranjeros

Como sucede con cualquier contrato de trabajo, los contratos para extranjeros deben constar por escrito y estar firmados por las dos partes, es decir, por el trabajador y por el empleador.

Además, debe suscribirse en territorio chileno y contener la información mínima establecida en el artículo 10 del Código de Trabajo: identificación de las partes, remuneración, jornada laboral, duración, etc. 

  • Cláusula de remuneración: su rol es aclarar que la contraprestación por los servicios del extranjero serán pagados en Chile, en moneda de curso legal. 
  • Cláusula de Vigencia: se redacta así: “La obligación de prestar servicios emanada del presente contrato, sólo podrá cumplirse una vez que el trabajador haya obtenido el visado de residencia correspondiente en Chile o el permiso especial de trabajo para extranjeros con visa en trámite”. 
  • Cláusula de Régimen Previsional: mediante esta cláusula el empleador se compromete a realizar las respectivas retenciones.
  • Cláusula de Impuesto a la Renta:  el empleador se obliga a responder por el impuesto a la renta del trabajador extranjero (solo para sueldos superiores a 13,5 UTM).
  • Cláusula de viaje: el empleador se compromete a pagar, al término del contrato, el pasaje de regreso del trabajador y los miembros de su familia a su país de residencia.

    Ejemplo:

    El empleador se compromete a pagar, al término de la relación laboral, (ya sea por término de contrato, renuncia o despido) el pasaje de regreso del trabajador y los miembros de su familia que se estipulen, a su país de origen o al que oportunamente acuerden las partes, conforme a lo dispuesto en el inciso 2° del artículo 37 del D.S. N° 597 de 1984.  Al respecto, se tendrá presente que la señalada obligación del empleador, existirá hasta que la trabajadora extranjera  salga de país u obtenga una visación o permanencia definitiva. 

Responsabilidades del empleador al contratar a trabajadores extranjeros

En el país, los trabajadores extranjeros tienen los mismos derechos y obligaciones que los trabajadores chilenos, pues ambos están protegidos por la regulación laboral.

No obstante, hay excepciones legales muy específicas. Una de ellas es que los extranjeros no pueden ser contratados en la administración pública.

Aparte de ello, y sin importar la condición migratoria del extranjero, el empleador debe aplicar las mismas normas laborales y condiciones de contrato de trabajo en temas como duración de la jornada laboral, cotizaciones, salario mínimo, seguridad, permisos, licencias, maternidad, entre otros.

Requisitos a tener en cuenta al contratar a un trabajador migrante

Como empleador o persona responsable en una empresa del ingreso de trabajadores es importante que tengas en cuenta los requisitos legales para realizar la contratación a extranjeros.

Además de incluir las cláusulas laborales que ya detallamos, todo contrato de trabajo debe agregar la revisión de estos dos aspectos:

  • Antecedentes penales: la persona encargada de recursos humanos debe verificar que el extranjero que se postula a una vacante presente los certificados de antecedentes penales de su país de origen y que estén legalizados en Chile.
  • Domicilio certificado: el empleador debe disponer de domicilio certificado y legal en Chile para poder contratar a un trabajador extranjero.

Ahora bien, si quieres acceder a un modelo de contrato de trabajo para extranjero, queremos contarte que preparamos un Kit de Plantillas que puedes implementar en tu empresa. Para acceder a ellas, solo tienes que descargarlas aquí.

Pago de cotizaciones: ¿Cuándo se deben empezar a pagar?

Una de las preguntas más frecuentes de los trabajadores extranjeros y los empresarios es el tema del pago de las cotizaciones por parte del empleador.

Las cotizaciones deben estar establecidas en una de las cláusulas del contrato de trabajo y empiezan a regir una vez que el trabajador extranjero reciba su visa o su permiso de trabajo.

Sin embargo, si el extranjero está en trámites de solicitud de visa y aún no tiene su RUT/RUN, la empresa debe pagar igualmente las cotizaciones.

La Subsecretaría del Trabajo establece que en estos casos, la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) puede asignar un RUT provisional para recibir las cotizaciones.

Después que el extranjero reciba su visa, estos fondos son traspasados al número RUT/RUN que designe el Servicio de Registro Civil e Identificación.

Regulaciones y cotizaciones obligatorias

Si el trabajador extranjero no cotiza en Chile, básicamente no podrá usar los beneficios del sistema de seguridad social en el país.

Esto puede ocurrir y no hay nada grave en ello, a menos que existan cotizaciones obligatorias que se derivan del sistema de cobertura de accidentes del trabajo y de enfermedades profesionales.

En esos casos, la Subsecretaría del Trabajo refiere que estas cotizaciones obligatorias en materia laboral, previsional y de higiene y seguridad son responsabilidad del empleador o empleadora.

Le corresponde a la Dirección del Trabajo (DT) fiscalizar el cumplimento de esta disposición que está establecida en el Código del Trabajo.

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Contratar a un extranjero sin visa ni permiso de trabajo ¿es posible?

Otra duda muy recurrente es si se puede ofrecer trabajo y firmar un contrato laboral con un extranjero o extranjera que aún no cuenta con visa o permiso de trabajo.

Las leyes del trabajo en Chile establecen que sí puedes hacerlo.

  • Puedes ofrecer un trabajo para habilitar al extranjero para que solicite el permiso de residencia.
  • Puedes firmar un contrato de trabajo indicando el número del pasaporte del extranjero, aunque no esté autorizado para trabajar en Chile todavía.

Sin embargo, para ingresar de manera efectiva en la prestación de sus servicios, el trabajador extranjero debe tener constancia de sus permisos o visas.

Igualmente, si no tiene aún la cédula de identidad, podrá trabajar con la condición de que haya pedido su visa o el permiso especial de trabajo para extranjeros con visa en trámite

¡Claro! Estos trámites deben tener la autorización del Departamento de Extranjería y Migración. De no contar con esta validación, la empresa o el empleador pueden recibir penalizaciones.

Visa sin necesidad de contrato de trabajo, ¿Cuándo se aplica?

Hay una situación especial en la cual el Gobierno de Chile puede entregar una visa de Residente Sujeto a Contrato de manera gratuita y sin la firma de un contrato por escrito.

El artículo 42 del Reglamento de Extranjería permite esta concesión solo a los extranjeros que cumplan estos requisitos:

  • Artistas, profesores(as), científicos(as), escritores(as) y personas de prestigio público en el campo cultural.
  • Extranjeros que tengan algún patrocinio de instituciones solventes, públicas o privadas.
  • Extranjeros que realizan actividades de educación, beneficencia o divulgación.


Contrato de trabajo online para extranjeros

Los contratos de trabajo en Chile se pueden firmar en línea, y esto no excluye a los trabajadores extranjeros.

Sin embargo para que sean válidas, tanto el trabajador como la empresa empleadora deben estar de acuerdo, ya que no podemos olvidar que es un trato consensuado. Para ello, ambas partes deben haber marcado en el documento electrónico del contrato de trabajo el botón de “Acepto”.

También es recomendable que un notario se encargue de darle legalidad al contrato, lo cual también se puede hacer en línea desde los servicios online notariales.

Como puedes ver, los contratos de trabajo online son completamente legales. Además, son una excelente opción para ahorrar tiempo y gastos en transporte y papel.

El marco jurídico que lo hace posible es el artículo 9 del Código del Trabajo así como la Ley 19.799 sobre Documentos Electrónicos.

Esta modalidad online también aplica para los finiquitos. Aunque para que haya validez en la suspensión del contrato debe tener la firma del Notario Público o de cualquier funcionario que pueda actuar como ministro de fe.

Desde comienzos de 2020, se puede hacer la ratificación de los finiquitos laborales vía online en la web de Chile Atiende y realmente es muy fácil este trámite.

Contratos por teletrabajo y trabajo a distancia

Una modalidad que ha tomado auge reciente son los contratos en el marco de la Ley 21.220 sobre el trabajo a distancia y el teletrabajo.

La Dirección del Trabajo establece que para contratar a trabajadores nacionales o extranjeros bajo esta figura, el empleador debe registrar este acuerdo en la plataforma electrónica de la DT.

No obstante, el procedimiento tiene sus plazos que por ninguna razón puedes sobrepasar. Uno de ellos es que tienes hasta 15 días para hacer la notificación a las autoridades, contando desde el momento en que las partes (trabajador extranjero y empleador) aceptaron los términos.

Desde el portal MI DT puedes hacer el registro masivo de "Pactos de Trabajo a Distancia y Teletrabajo" de forma simultánea, incluyendo a trabajadores nacionales y el porcentaje de trabajadores extranjeros que corresponda por ley (15%).

Ya sabes, siempre que quieras contratar a un trabajador extranjero, lo ideal es que estés muy atento a los requisitos exigidos por la Ley. Si el trabajador cuenta con el permiso y residencia al día, solo debes añadir al contrato las cláusulas especiales.

Eso sí, no debes olvidar lo que dice el artículo 19 del Código del Trabajo: el cual estipula que “el ochenta y cinco por ciento, a lo menos, de los trabajadores que sirvan a un mismo empleador será de nacionalidad chilena”.  

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