¿Qué es el Beneficio de Adulto Mayor?

Este beneficio está diseñado para apoyar a las personas mayores que enfrentan dificultades económicas, asegurando que puedan mantener su vivienda sin la carga excesiva de los impuestos territoriales.

Este programa proporciona una rebaja significativa en el pago de contribuciones para los adultos mayores que son propietarios de inmuebles destinados a la habitación.

El objetivo principal de este beneficio es aliviar la carga financiera de las contribuciones, permitiendo a los adultos mayores vivir más cómodamente y con mayor seguridad económica.

Dependiendo de los ingresos del beneficiario, esta rebaja puede ser del 50% o del 100%, eximiéndolos completamente del pago de contribuciones durante el período en que se aplica el beneficio.

Este beneficio no solo representa un alivio económico, sino que también refleja un reconocimiento del gobierno hacia las contribuciones que los adultos mayores han hecho a lo largo de sus vidas.

Además, fomenta la estabilidad habitacional entre las personas mayores, asegurando que puedan disfrutar de su hogar sin preocuparse por el impacto financiero de las contribuciones.

El programa está diseñado para ser accesible y automático, lo que significa que los adultos mayores elegibles no necesitan pasar por complicados procesos.

Requisitos para acceder al Beneficio Adulto Mayor

Para ser beneficiario de esta exención tributaria, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:

Edad

  • Mujeres: Deben haber cumplido 60 años al 31 de diciembre del año anterior al que se aplica la rebaja.​
  • Hombres: Deben haber cumplido 65 años al 31 de diciembre del año anterior al que se aplica la rebaja.​

Este criterio de edad se establece para garantizar que el beneficio se dirija a quienes han alcanzado la tercera edad y, por lo tanto, podrían necesitar mayor apoyo económico. ​

Propiedad

  • Titularidad: La propiedad debe estar inscrita a nombre del adulto mayor en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces al 31 de diciembre del año anterior. También se considera si la propiedad está a nombre del cónyuge, conviviente civil o hijos que hayan sucedido al cónyuge fallecido. ​
  • Destino del inmueble: El inmueble debe ser de uso habitacional y no agrícola. Es decir, debe estar destinado a la vivienda del propietario y no a actividades comerciales o agrícolas. ​Este requisito asegura que el beneficio se aplique a la residencia principal del adulto mayor, promoviendo su bienestar habitacional.​

Avalúo fiscal

  • Avalúo individual: El avalúo fiscal vigente del inmueble al que se aplica la rebaja no debe exceder de $215.857.004 al 1° de julio de 2024.
  • Avalúo total en caso de múltiples propiedades: Si el contribuyente es propietario de varios inmuebles, la suma de sus avalúos fiscales no debe exceder de $288.371.466 al 1 de julio de 2024. ​

Estos límites de avalúo fiscal se establecen para focalizar el beneficio en propiedades de menor valor, típicamente asociadas a personas con menores ingresos.​

Ingresos

  • Rebaja del 100%: Si los ingresos mensuales del adulto mayor, al 31 de diciembre del año anterior, son iguales o inferiores a 13,5 UTA, se otorga una exención total del pago de contribuciones. ​
  • Rebaja del 50%: Si los ingresos mensuales son superiores a 13,5 UTA e inferiores o iguales a 30 UTA, se concede una rebaja del 50% en el pago de contribuciones. ​

La Unidad Tributaria Anual (UTA) es una medida utilizada para ajustar montos tributarios según la inflación y otros factores económicos. Estos tramos de ingresos permiten que el beneficio sea proporcional a la capacidad económica del solicitante.​

¿Cómo saber si eres beneficiario?

El Servicio de Impuestos Internos (SII) realiza una evaluación anual para determinar quiénes cumplen con los requisitos para acceder al beneficio.

El SII se encarga de informar a los beneficiarios y de aplicar la exención o rebaja correspondiente en el pago de sus contribuciones, facilitando así la vida de las personas mayores y contribuyendo a su bienestar económico y social.

Si eres seleccionado, recibirás una notificación por correo electrónico o carta certificada. Además, puedes verificar si cuentas con el beneficio ingresando con tu RUT y Clave Tributaria o Clave Única en el sitio web del SII. ​

¿Qué hacer si no cuentas con el beneficio y crees cumplir los requisitos?

Si consideras que cumples con los requisitos pero no has sido notificado como beneficiario, puedes solicitar el beneficio mediante una solicitud en línea.

Para ello, ingresa al sitio web del SII y realiza una solicitud de notificación y completar el formulario con la información solicitada.

¿Cuándo se aplica la rebaja?

La rebaja en las contribuciones se hace efectiva en las siguientes cuotas:​

  • Tercera y cuarta cuota: Corresponden al segundo semestre del año en que se otorga el beneficio.​
  • Primera y segunda cuota: Corresponden al primer semestre del año siguiente.​

Es importante destacar que el beneficio se aplica automáticamente una vez aprobado, por lo que no es necesario realizar trámites adicionales cada año. ​

¿Qué pasa si tus ingresos cambian?

Si tus ingresos aumentan y superan los límites establecidos, podrías perder el beneficio total o parcial en el año siguiente. Por ello, es fundamental mantener actualizada tu información de ingresos ante el SII para evitar inconvenientes.

No olvides que las leyes tributarias en Chile están sujetas a cambios frecuentes, por lo que es esencial mantenerse informado, no solo para cumplir con las obligaciones fiscales, sino también para aprovechar los beneficios disponibles.

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