Llevar la contabilidad de una empresa de construcción es bastante complejo cuando no se conoce mucho del tema.  Si es tu caso, llegaste al lugar indicado pues te contaremos cómo hacerlo sin morir en el intento. 

Acá te contaremos todo lo que necesitas saber para llevar la contabilidad de una empresa del rubro de la construcción y no morir en el intento.

Recuerda estar alerta  con los cambios normativos que afectan los tributos, especialmente ahora que se vienen varios. Pues, en este tema, hay cambios que se vienen próximamente.

¿Quieres saber cuáles son?

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¿Qué debemos saber de las empresas constructoras?

La contabilidad de las empresas siempre dependerá de su tamaño, considerando que también existen  empresas dirigidas a la subcontratación de ciertos servicios dentro del mismo rubro de  la construcción. 

Las empresas constructoras trabajan en su mayoría con contratos de obra, contratos a plazo fijo y contratos a contratistas contra reembolso en sus pagos. 

Las empresas de este rubro deberán cumplir con la normativa tributaria y financiera.

¿Qué tipo de contabilidad lleva una empresa de construcción?

Según  el tamaño de la empresa constructora se podrá aplicar una contabilidad simplificada o completa.  Para saber esto, debes  conocer el tipo de régimen tributario al que se encuentra acogido el contribuyente. 

Por lo general, en este rubro  la contabilidad es completa, ya que trabaja con muchos movimientos contables, tales como:

  • Contabilidad del área de recursos humanos para los distintos tipos de contrataciones. 
  • Contabilidad financiera para cumplir con las normas internacionales, como también la recolección de información para cumplir con los impuestos anuales.
  • Contabilidad tributaria, ya que aplican como contribuyentes de primera categoría. 

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¿Qué cambios vienen en la contabilidad de una empresa de construcción?

Al haber cambios normativos en el ámbito tributario, la contabilidad de una empresa de construcción debe variar de acuerdo a los parámetros nuevos. Esto ocurre ya que, si se elimina algún beneficio o se incorporan nuevos impuestos, los débitos y créditos variarán, como también la forma en que tengan que enterarse al Fisco. 

La última modificación se encuentra en la Ley 21.420, la cual fue publicada en febrero del 2022. En esta ocasión, se elimina el Crédito Especial de Empresas Constructoras y su aplicación regirá  desde el 1°  de enero del 2025.

Recordemos que este crédito hace referencia a la venta de bienes corporales inmuebles para habitación y para aquellos contratos de carácter general de construcción asociados a dichos inmuebles, respectivamente.

Para saber más de este crédito especial te dejamos el siguiente artículo sobre  "Aspectos del crédito especial de empresas constructoras"

Con respecto a este cambio, no hay que dejar pasar que la ley mantiene el CEEC para aquellas ventas y contratos de construcción que sean celebrados antes del 1° de enero del año 2023, es decir, hasta el 31 de diciembre del 2022. Además, en los casos en los que se haya obtenido el permiso correspondiente de edificación con misma fecha límite (31-12-2022), las construcciones tendrán que finalizar la obra como límite el 31 de diciembre de 2023. (Para todas aquellas iniciadas y que sus permisos se hayan obtenido al 31-12-2022).

Para estos términos las obras se entenderán iniciadas una vez realizados los trazados y comenzadas las excavaciones que se mantengan contempladas en el proyecto mismo, y que se encuentren conforme a la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones correspondiente a la jurisdicción. 

Solo para estos casos se podrá deducir el 65% del  IVA débito fiscal en aquellos contratos señalados, o el 12,35% del valor de la venta en el caso de ventas que sean exentas por concepto de ser beneficiarios de subsidio.

Este procedimiento será progresivo y pasará por una transición, ya que las empresas constructoras podrán deducir un 32,5% del IVA de las ventas y contratos de construcción, desde el 1° de enero de 2023, siempre y cuando se hayan obtenido los permisos de edificación y obras antes del 1º de enero del 2025, considerando que tendrán que comenzar sobre la misma el proceso de construcción.

En el caso de los beneficiarios de subsidio el beneficio es de 6,175% del valor de las ventas exentas que se realicen desde el 1°  de enero del año 2023, con un plazo límite hasta el 31 de diciembre de 2024.

Y así se espera que para el 1°  de enero del 2025 este crédito quede 100% eliminado.

¿Cuál es el marco normativo en las empresas de construcción?

El marco normativo que se puede asociar a la contabilidad de una empresa de  construcción, se deberá determinar tanto del ámbito financiero como tributario:

  • Financiero:
  • Tributario:
  • Resolución N°142-2005 que dispone cambio de sujeto total de derecho del IVA  en actividades de la construcción a contribuyentes que se indican.
  • Circular N°43 que  instruye sobre modificaciones referidas en la ley N°21.420 .
  • En marco general;

Para cumplir con una buena contabilidad dentro de una empresa de construcción, siempre es importante aplicar los DL asociados a las ventas y a las rentas anuales:

También puedes revisar la “Normativa y Legislación” que el Servicio de Impuestos Internos tiene disponible para todos los contribuyentes.

Ahora que leíste cómo llevar la contabilidad de una empresa de la construcción es primordial que siempre verifiques la normativa vigente a ser aplicada y los cambios que se puedan presentar, como fue el caso para este tipo de rubro.

Si quieres conocer más sobre otros temas relacionados recuerda consultar  nuestro blog, donde encontrarás mucha información sobre contabilidad financiera y tributaria en Chile

 

Escrito por Dayana Huala Saavedra