¡Así es! Durante el año 2024, apareció en el apartado de Normativa y legislación del SII la Resolución Exenta N°51, que abre un debate en los cambios de paradigmas de los nuevos modelos de negocios que apuntan a las entregas y gestiones de servicios por medio de plataformas.

Sin embargo, este tipo de negocios se han visto envueltos en procedimientos poco amigables para el cumplimiento de la normativa tributaria. Esto llevó, por ejemplo, a la empresa Apps Club a solicitar al SII una revisión de su caso particular y frente a este se generó un pronunciamiento por medio de dicha resolución. 

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Al final de este artículo podrás conocer si esta resolución es aplicable a tu modelo de negocio y/o si estás pasando por algo similar y requieres que el SII se pronuncie al respecto. 

Nueva llamada a la acción

¿Cuál es el modelo de negocio que lleva Apps Club? 

Actualmente, esta empresa se dedica a generar un servicio de gestión de pagos conocido como “Utilities”. Ahora, te estarás preguntando ¿Qué es esto? Pues bien, este tipo de negocio  tiene como principal objetivo concentrar los pagos de múltiples servicios domiciliarios en un solo lugar. Por ejemplo: agua, luz, gas, telefonía (fija- móvil), internet, entre otros que la plataforma soporte. 

Estos pagos se hacen por medio de una plataforma, es decir,  el usuario ingresa por el portal web del Utility (servicio) respectivo. Y, al momento de generar el pago, es cuando aparece la plataforma por la cual se realiza y procesa el mismo. Finalmente, esta última etapa es la que está siendo  proporcionada y administrada por Apps Club. 

¿Cuál fue el conflicto que los llevó a solicitar una sola boleta de ventas y servicios?

En este modelo de negocio, el problema del contribuyente surge al momento de que su plataforma, que gestiona y proporciona el pago, percibe la comisión por el servicio prestado, siempre y cuando el pago se haya realizado con éxito.

La problemática en este contexto actual ocurre porque el pago está siendo afectado a comisiones muy altas, por parte de los intermediarios al momento de prestar dicho servicio, sobre todo cuando el pago se hace con una tarjeta de crédito. 

Es por eso, que en esta oportunidad, esta resolución indica que: “La empresa Apps Club ha analizado las condiciones de mercado existentes y desarrollado un nuevo modelo de negocios que permitirá a los usuarios pagar los servicios de manera eficiente y sencilla, en tanto a las empresas de Utilities, les facilitará recaudar sus ingresos con un menor costo en las transacciones”.

Actualmente en  FinTech encontramos muchas empresas con este tipo de modelo de negocios que apuntan a las finanzas, innovación y tecnología. 

A su vez, muchos usuarios están dando un uso en paralelo en un tiempo muy acotado,  por lo que generar miles de boletas por los distintos servicios, ha generado un colapso en los procedimientos.

¿Cuál fue la solución que dió el SII?

rEs importante considerar que para el Servicio de Impuestos Internos es sumamente necesario velar por el cumplimiento de la normativa tributaria, por lo que atender estos casos que agilicen y mejoren los procedimientos es fundamental.  

Ahora bien, lo que el SII resuelve hace relación a: “AUTORÍZASE a la EMPRESA APPS CLUB DE CHILE SPA., RUT N° 76.457.719-1 a la emisión de una boleta electrónica de ventas y servicios diaria, la cual deberá resumir todas las transacciones relativas a cobros por concepto de comisión a los usuarios personas naturales por el uso de la plataforma, especificando en el detalle de la boleta la cantidad de transacciones objeto del cobro realizadas en el día”.

Hoy vemos que se debe atender una necesidad específica de estos modelos de negocios, por lo que incorporar lo que resuelve el SII abre un abanico de posibilidades en diferentes aristas que pueden ver enfrentadas, no sólo en el marco tributario, sino también en temas laborales, financieros, importación de servicios financieros, tecnológicos y de innovación.

¿En qué se respaldó Apps Club para que el SII tomara dicha solución?

En este contexto, la empresa se respalda en la entrega de un servicio de forma eficiente, sencillo, rápido, seguro y cómodo, donde se reduce la solicitud de información del usuario que realiza los pagos. Así se busca no perder clientes que vean en riesgo la solicitud de datos delicados (resguardo de información personal financiera).

Además, hace hincapié que sus usuarios son, en su mayoría, personas naturales que realizan los pagos básicos de sus domicilios, por lo que no realizan rebajas de dichos gastos en algún tipo de contabilidad que deban cumplir con un marco tributario, según la normativa vigente que hace relación a la Ley de Impuesto a la Renta.

Y por otro lado, aquellas personas jurídicas que se enmarcan a esta normativa tributaria (contribuyentes de primera categoría),  lo harán de acuerdo al documento correspondiente. 

¿Qué requisitos deberá cumplir Apps Club?

La empresa, para poder llevara a cabo lo que resolvió el Servicio de Impuestos Internos, deberá cumplir con los parámetros normativos vigentes, donde deberá considerar:

  • Usar los formatos previamente establecidos en la Resolución Ex. SII N° 74 de 2020. 
  • Deberá llevar de forma obligatoria un registro de las operaciones diarias, las cuales deberá separar según tipo  de operación. 
  • El registro deberá apelar a la identificación del cliente por medio del RUT, fecha de cobro, Monto neto, IVA y total.
  • Cumplir con la normativa vigente de IVA DL N°825 en sus términos.

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Es importante señalar que el SII podrá revocar este pronunciamiento si la empresa no cumple con lo establecido. Además, debe considerar que toda falta e incumplimiento están sancionadas bajo los artículos 97 N°10 ó 109 del Código Tributario.

¿Esta solución puede ser aplicada a otra empresa?

En términos legales, esta resolución está enfocada en un modelo de negocios específico, por lo que si tu empresa tiene alguna tarea de dichas características, podrías apelar a esta Resolución. Sin embargo, debido a la ambigüedad en estos tipos de servicios tan puntuales, siempre es importante hablarlo con tu contador y expertos en tributación.

Cabe señalar que esta resolución está destinada a la Empresa y RUT que indica por un tema en particular, el cual sabemos que puede repercutir en otras que sean de similares características. Pero ojo: el servicio es el único que estimará la pertinencia del procedimiento para el cumplimiento tributario. 

Así que es mejor siempre hacer las consultas de manera oportuna al Servicios de Impuestos Internos antes de una toma de decisiones, en donde se pueda ver afectado el cumplimiento tributario y finalmente verte envuelto en una falta que conlleve multas.

Finalmente, esta resolución, si bien abre un abanico de posibilidades a los cambios de paradigmas y las nuevas ideas de negocios que se vienen, también trajo consigo nuevas interrogantes. Sal de dudas y haz tus consultas por medio de las peticiones administrativas.

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