Desde los inicios de la pandemia en Chile, la sociedad y la economía se han visto afectadas, por lo que el gobierno ha tratado de amortiguar el impacto con nuevas medidas tributarias.
Estas han quedados establecidas en diversos Decretos, como el N°420 del 30 de marzo del 2020, “que establece medidas de índole tributarias para apoyar a las familias, los trabajadores y las micro, pequeñas y medianas empresas, en las dificultades generadas por la propagación de la enfermedad COVID-19 en Chile”.
Sin embargo, recientemente se promulgó la Ley N°21.354 que otorga otras medidas para las pymes, con el objetivo de asistirlas financieramente en vista del gran impacto que han recibido por causa de la emergencia sanitaria. A continuación, toma nota de las nuevas medidas tributarias aprobadas y cómo puedes solicitarlas.
Desde el punto de vista económico, social y comercial, enumeramos acá las iniciativas que fueron aprobadas en meses pasados por el Congreso Nacional, y que ya se encuentran disponibles para ser solicitadas en la plataforma del Servicio de Impuestos Internos. ¡Lee hasta al final para que te enteres si puedes acceder a una de ellas!
Se amplían los Plazos de Postergación de Impuesto al Valor Agregado (IVA), para los meses de junio, julio y agosto, que se pagan en julio, agosto y septiembre. El beneficio también se aplica sobre las cuotas de la postergación del IVA de 2020.
Si estás acogido al Régimen Pro pyme o Pro pyme Transparente, puedes pagar el IVA en 12 cuotas sin intereses. Si eres un contribuyente que excede el límite de las 350.000UF, podrás pagarlo en 6 cuotas mensuales.
Si eres contribuyente de primera categoría y cumples con los requisitos, solo tienes que cumplir estos 4 pasos para que puedas materializar la solicitud:
Las devoluciones de créditos fiscales podrán ser solicitadas por aquellas empresas que hayan generado remanentes del IVA por la adquisición de bienes o utilización de servicios entre el 1 de marzo de 2021 y el 31 de mayo de 2021. Los beneficiarios podrán solicitar la devolución desde el 01 de julio y hasta el 30 de septiembre.
Puedes solicitar el beneficio si cumples con los requisitos para acogerse al Régimen Propyme o Pro pyme Transparente (Art. 14 letra D de la LIR), y si he obtenido ingresos por ventas y servicios del giro en al menos dos meses, continuos o discontinuos, durante el periodo comprendido entre el 1 de enero del año 2020 y el 31 de mayo del año 2021. Además, el SII fija otros requisitos para estos casos:
Debes seguir los siguientes pasos para materializar la solicitud de la devolución del IVA crédito fiscal:
Es una reducción de forma transitoria de la tasa de interés penal de 1,5% a 0%, para aquellos contribuyentes que tengan giros vigentes por deudas tributarias, y que sean emitidos al 31-12-2021. Se aplicará automáticamente para aquellos que cumplan los requisitos.
Anteriormente, ya se habían ampliados las fechas relacionadas a las facultades del Servicio de Impuestos Internos (SII) y la Tesorería General de la República (TGR), en los términos de condonar, de manera total o parcial, los intereses penales y las multas aplicadas en las declaraciones de los tributos mensuales que hayan sido presentados fuera de plazo, así como también para aquellas gestiones que se relacionan a las declaraciones de los impuestos sobre la Ley de Rentas y Ley de Ventas y Servicios, considerándose como fecha hasta el 31 de diciembre del 2020.
Para conocer en detalle las medidas tributarias para apoyar a las pymes que se han ido incorporando desde marzo a la fecha, el Servicio de Impuestos Internos cuenta con la página Medidas Tributarias Contingencias COVID-19.
Recuerda que los beneficios para las Pymes han ido aumentando en función a las necesidades que se presentan. Además del Bono Alivio para las Pymes, han surgido otros incentivos que son claves para garantizar que las empresas puedan continuar operando sin contratiempos.
Uno de ellos tiene que ver con el préstamo para el pago de cotizaciones o el bono para el pago de cotizaciones. Los negocios han estado bastante tiempo paralizados y con trabajadores acogidos a la Ley de Protección del Empleo, por lo cual se les ha hecho bastante difícil pagar las cotizaciones de los trabajadores. Frente a estas dificultades, nacen estas dos nuevas medidas que explicaremos a continuación:
Veamos las características de este préstamo para que las Pymes puedan pagar las cotizaciones de sus trabajadores:
El bono para que las Pymes puedan pagar las cotizaciones de sus trabajadores tiene las siguientes características:
Cabe señalar que el proceso para acceder a los beneficios de Mipymes, se puede realizar directamente desde la plataforma web del Servicio de Impuestos Internos
Por un lado, el préstamo considera un monto total de las cotizaciones declaradas y no pagadas de aquellos trabajadores que se encuentren con suspensión laboral al 31 de marzo del 2021.
Por otro lado, el bono entregará un monto que corresponde a un mes de cotizaciones previsionales. Recuerda que el préstamo y el bono en cuestión, solo se podrán utilizar para el pago de cotizaciones previsionales.
Y aquellos contribuyentes que obtuvieron el Bono Alivio MiPymes, y que debían cotizaciones, tenían que haber destinado el 30% del monto del bono al pago de las deudas previsionales o el monto que corresponda si la deuda era menor al 30%.
En la medida que sigan surgiendo nuevas iniciativas, continuaremos profundizando en cada una de ellas para que puedas acceder a ellas sin mayores inconvenientes. Por ahora, te invitamos a descargar esta guía que hemos preparado sobre las medidas tributarias.