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¡Descubre aquí las nuevas medidas tributarias para apoyar a las pymes!

Alexander Russo Cruz

Escrito por Alexander Russo Cruz

Especialista en Marketing y Prospección Digital. 3 años de experiencia en Inbound Marketing y Social Media Management en múltiples empresas en LATAM.

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Índice de contenidos

Desde los inicios de la pandemia en Chile, la sociedad y la economía se han visto afectadas, por lo que el gobierno ha tratado de amortiguar el impacto con nuevas medidas tributarias.

Estas han quedados establecidas en diversos Decretos, como el N°420 del 30 de marzo del 2020, “que establece medidas de índole tributarias para apoyar a las familias, los trabajadores y las micro, pequeñas y medianas empresas, en las dificultades generadas por la propagación de la enfermedad COVID-19 en Chile”.

Sin embargo, recientemente se promulgó la Ley N°21.354 que otorga otras medidas para las pymes, con el objetivo de asistirlas financieramente en vista del gran impacto que han recibido por causa de la emergencia sanitaria. A continuación, toma nota de las nuevas medidas tributarias aprobadas y cómo puedes solicitarlas. 

¿Cuáles son las medidas tributarias aprobadas para apoyar a las Mipymes?

Desde el punto de vista económico, social y comercial, enumeramos acá las iniciativas que fueron aprobadas en meses pasados por el Congreso Nacional, y que ya se encuentran disponibles para ser solicitadas en la plataforma del Servicio de Impuestos Internos. ¡Lee hasta al final para que te enteres si puedes acceder a una de ellas!

1. Postergación del Pago de IVA

Se amplían los Plazos de Postergación de Impuesto al Valor Agregado (IVA), para los meses de junio, julio y agosto, que se pagan en julio, agosto y septiembre. El beneficio también se aplica sobre las cuotas de la postergación del IVA de 2020. 

1.1 ¿Quiénes pueden acceder a la postergación en cuotas? 

  • Aquellas empresas que tengan ingresos anuales menores a 350.000 Unidades de Fomento (UF) durante el 2020. 
  • Las empresas deben haber tenido una disminución del 20% de sus ingresos entre los meses de enero y marzo de 2021, en comparación a los mismos meses del 2019. 

1.2 ¿Cómo es el esquema de pago si hago la postergación?

Si estás acogido al Régimen Pro pyme o Pro pyme Transparente, puedes pagar el IVA en 12 cuotas sin intereses. Si eres un contribuyente que excede el límite de las 350.000UF, podrás pagarlo en 6 cuotas mensuales. 

1.3 ¿Cómo solicitar la postergación de pago del IVA?

Si eres contribuyente de primera categoría y cumples con los requisitos, solo tienes que cumplir estos 4 pasos para que puedas materializar la solicitud: 

  1. Debes presentar tu Declaración F29 en los plazos ya fijados por el SII. 
  2. Al momento de ingresar el F29, el organismo te indicará si cumples con los requisitos. 
  3. Si decides no utilizar la propuesta del F29, pero deseas postergar igualmente, podrás seleccionar el código 778, y se traspasará automáticamente el monto al código 779 “Monto de IVA postergado en 6 o 12 cuotas". 
  4. Si quieres postergar las cuotas que corresponden al beneficio de postergación de IVA en 3 meses, Ingresa a la opción “Consultar y Pagar Giros” en el menú de Impuestos Mensuales, en donde se habilitará la opción para postergar dichos giros.

2. Devolución del IVA Crédito Fiscal

Las devoluciones de créditos fiscales podrán ser solicitadas por aquellas empresas que hayan generado remanentes del IVA por la adquisición de bienes o utilización de servicios entre el 1 de marzo de 2021 y el 31 de mayo de 2021. Los beneficiarios podrán solicitar la devolución desde el 01 de julio y hasta el 30 de septiembre. 

2.1 ¿Quiénes pueden solicitarlo? 

Puedes solicitar el beneficio si cumples con los requisitos para acogerse al Régimen Propyme o Pro pyme Transparente (Art. 14 letra D de la LIR), y si he obtenido ingresos por ventas y servicios del giro en al menos dos meses, continuos o discontinuos, durante el periodo comprendido entre el 1 de enero del año 2020 y el 31 de mayo del año 2021. Además, el SII fija otros requisitos para estos casos: 

  • Registrar un remanente de IVA en mi declaración de IVA de junio (periodo tributario mayo), generado por las operaciones entre el 1 de marzo de 2020 y 31 de mayo de 2021. 
  • Haber presentado la Declaración de IVA (F29) en el mes en el que realizó la solicitud. 
  • Tener un buen comportamiento tributario
  • No podrás ingresar la solicitud si para el mismo periodo solicitaste devolución de IVA Exportador, Cambio de sujeto o 27 BIS.

2.2 ¿Cómo solicitar la devolución del IVA crédito fiscal?

Debes seguir los siguientes pasos para materializar la solicitud de la devolución del IVA crédito fiscal: 

  • Ingresa a MiSII, con tu RUT y Clave, y luego sección Trámites en Línea.
  • Selecciona opción Impuestos Mensuales y luego “Beneficio Reembolso Créditos Fiscal IVA”.
  • El sistema te informará los cálculos y el monto del beneficio al que puedes acceder. Puedes ingresar un monto 3 menor al ofrecido por el sistema.
  • Ingresa correctamente los datos de tu cuenta bancaria para el depósito que realizará Tesorería General de la 4 República. Para continuar, selecciona Confirmar
  • Se te pedirá confirmar tu solicitud. Para enviarla, 5 selecciona Estoy de Acuerdo.
  • A continuación, se mostrará un resumen de tu solicitud. Tesorería General de la República te depositará el 6 dinero en un plazo de 10 días hábiles, desde la fecha de ingreso de tu solicitud.

3. Disminución Transitoria de la Tasa de Interés Penal para Pymes

Es una reducción de forma transitoria de la tasa de interés penal de 1,5% a 0%, para aquellos contribuyentes que tengan giros vigentes por deudas tributarias, y que sean emitidos al 31-12-2021. Se aplicará automáticamente para aquellos que cumplan los requisitos. 

Anteriormente, ya se habían ampliados las fechas relacionadas a las facultades del Servicio de Impuestos Internos (SII) y la Tesorería General de la República (TGR), en los términos de condonar, de manera total o parcial, los intereses penales y las multas aplicadas en las declaraciones de los tributos mensuales que hayan sido presentados fuera de plazo, así como también para aquellas gestiones que se relacionan a las declaraciones de los impuestos sobre la Ley de Rentas y Ley de Ventas y Servicios, considerándose como fecha hasta el 31 de diciembre del 2020. 

Para conocer en detalle las medidas tributarias para apoyar a las pymes que se han ido incorporando desde marzo a la fecha, el Servicio de Impuestos Internos cuenta con la página Medidas Tributarias Contingencias COVID-19

¿Qué otras medidas de apoyo se han impulsado para las Pymes?

Recuerda que los beneficios para las Pymes han ido aumentando en función a las necesidades que se presentan. Además del Bono Alivio para las Pymes, han surgido otros incentivos que son claves para garantizar que las empresas puedan continuar operando sin contratiempos.

Uno de ellos tiene que ver con el préstamo para el pago de cotizaciones o el bono para el pago de cotizaciones. Los negocios han estado bastante tiempo paralizados y con trabajadores acogidos a la Ley de Protección del Empleo, por lo cual se les ha hecho bastante difícil pagar las cotizaciones de los trabajadores. Frente a estas dificultades, nacen estas dos nuevas medidas que explicaremos a continuación:

Préstamo para el pago de cotizaciones 

Veamos las características de este préstamo para que las Pymes puedan pagar las cotizaciones de sus trabajadores:

  • Es un préstamo que se entregará de una sola vez, con el fin de financiar las cotizaciones declaradas y no pagadas de aquellos trabajadores que se encuentren afectos a suspensión laboral.
  • Los montos de los préstamos tendrán un máximo de la totalidad del monto de las cotizaciones adeudadas al 31 de marzo de 2021.
  • Los montos solicitados y que sean otorgados, serán transferidos directamente a la AFC (Administradora de fondos de Cesantía) y a las distintas instituciones que son parte de la seguridad social del trabajador y que se encuentren con deudas.
  • Este préstamo tendrá que devolverse en 5 cuotas anuales considerando la Operación Renta del año 2023, donde cada cuota corresponde al 20% del monto que se entregó y no podrá exceder el 10% de las rentas que se declaren.

Requisitos para acceder a este préstamo

  • Cumplir con un inicio de actividades como contribuyente de 1ª categoría al 31 de marzo de 2020.
  • Que los ingresos anuales por conceptos de ventas y servicios correspondan al giro y sean menores a $726.758.250 durante diciembre de 2020. (25.000 UF aprox)
  • Tener al menos ingresos de dos meses continuos entre enero 2020 y abril 2021.
  • Contar con un trabajador contratado durante el año 2020.
  • Estar dentro del Régimen Pro Pyme o Pro Pyme transparente.
  • No estar dentro de los parámetros de desempeño en actividades financieras o de seguros.
  • Haber tenido hasta 49 trabajadores contratados al 31 de marzo del 2021.
  • Haber tenido al menos un trabajador suspendido cuando entró en vigencia la Ley de protección al Empleo, es decir, entre abril 2020 a marzo 2021

Indicaciones para postular al préstamo

  • Contar con clave única o clave tributaria como Contribuyente de Primera Categoría
  • Ingresar a solicitar y consultar préstamo para el pago de cotizaciones en el portal del Servicio de Impuestos Internos
  • El servicio de manera automática indicará si cumples con los requisitos para acceder a este préstamo. Si eres rechazado injustificadamente, puedes reclamar en la misma plataforma

Plazos para solicitar préstamo

  • El plazo para solicitar el préstamo será desde el 17 de julio al 17 de septiembre del 2021.

Bono para el Pago de Cotizaciones

El bono para que las Pymes puedan pagar las cotizaciones de sus trabajadores tiene las siguientes características:

  • Este bono permite entregar un monto por concepto de un mes de cotizaciones previsionales.
  • El monto que se entregará se considerará de acuerdo al monto mayor de las cotizaciones que se hayan devengado en enero, febrero o marzo de 2021, o del último mes en que se encuentren cotizaciones declaradas y no pagadas.

Requisitos para acceder a este préstamo

  • Deberá cumplir con los mismos requisitos que el préstamo para el pago de cotizaciones. 

Indicaciones para postular al bono

Plazos para solicitar préstamo

  • El plazo para solicitar el préstamo será desde el 18 de agosto al 18 de octubre del 2021

Cabe señalar que el proceso para acceder a los beneficios de Mipymes, se puede realizar directamente desde la plataforma web del Servicio de Impuestos Internos 

Diferencias entre el bono y el préstamo para el pago de cotizaciones

Por un lado, el préstamo considera un monto total de las cotizaciones declaradas y no pagadas de aquellos trabajadores que se encuentren con suspensión laboral al 31 de marzo del 2021.

Por otro lado, el bono entregará un monto que corresponde a un mes de cotizaciones previsionales. Recuerda que el préstamo y el bono en cuestión, solo se podrán utilizar para el pago de cotizaciones previsionales. 

Y aquellos contribuyentes que obtuvieron el Bono Alivio MiPymes, y que debían cotizaciones, tenían que haber destinado el 30% del monto del bono al pago de las deudas previsionales o el monto que corresponda si la deuda era menor al 30%.

En la medida que sigan surgiendo nuevas iniciativas, continuaremos profundizando en cada una de ellas para que puedas acceder a ellas sin mayores inconvenientes. Por ahora, te invitamos a descargar esta guía que hemos preparado sobre las medidas tributarias. 

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