Más allá de su utilidad en la gestión de los pagos y haberes de los trabajadores, el ingreso mínimo mensual establece un punto crítico que permite desarrollar un modelo de empleabilidad transparente y responsable ante nuestra sociedad.
Sin embargo, en pro de adaptarse a la economía y a las necesidades del ciudadano común, el sueldo mínimo ha atravesado constantes ajustes a lo largo de los años, y este 2023 no es la excepción.
Considerando que solo durante este año hablamos de más de un cambio, no es de extrañar que la confusión se haga presente. Para disiparla, a lo largo de este artículo encontrarás todo lo que necesitas saber sobre las modificaciones del salario mínimo: a cuánto está el ingreso mínimo mensual, así como los cambios y subsidios correspondientes.
La ley que permite los aumentos del sueldo mínimo en Chile este 2023 se aprobó en mayo de este mismo año y trajo varios cambios consigo:
En cuanto a los subsidios, estos están orientados a los emprendimientos, PYMES, cooperativas, fundaciones y comunidades. Su propósito principal es el de potenciar el crecimiento de las mismas y se espera que beneficie a unas 180 mil empresas.
Para lograrlo, el proyecto de alza de sueldo establece lo siguiente:
Estas son algunas de las preguntas más comunes respecto a los ingresos mínimos mensuales:
No. Desde 2008 el sueldo base no puede ser inferior al salario mínimo.
Debido a que el ingreso mínimo remuneracional es un monto definido mediante ley, es indiscutible su supremacía ante el sueldo bruto base, tanto es así, que este último no puede ser inferior al sueldo mínimo vigente.
Para asegurarte de no cometer errores en el cálculo del sueldo y facilitarlo tanto como sea posible, puedes optar por nuestro sistema de remuneraciones.
Si el colaborador debe cumplir una jornada laboral y es remunerado sobre comisiones, el empleador está obligado a pagar un sueldo base igual o superior a un ingreso mínimo mensual.
En cambio, cuando los trabajadores están exentos de cumplir una jornada a raíz de alguna de las situaciones especificadas en el inciso 2° del artículo 22 del Código de Trabajo, el empleador no está obligado a abonar un sueldo base.
No obstante, el resultado total de las comisiones no puede ser inferior al ingreso mínimo mensual. En el caso de que las comisiones no se igualen o superen dicho monto, el empleador se encuentra obligado a pagar la diferencia.
El Art. 45 del Código de Trabajo, establece que “el trabajador remunerado exclusivamente por día tendrá derecho a la remuneración en dinero por los días domingo y festivos”.
Lo mismo aplica para los trabajadores que reciben una remuneración mixta, compuesta por sueldo base y comisiones: tienen derecho al pago de la semana corrida.
Claro que, ante esta situación, el cálculo promedio del pago de la semana corrida debe considerar únicamente la parte variable.
En lo concerniente a los colaboradores que reciben pagos variables, se deberá pagar las remuneraciones variables, dividiendo el monto total entre el número de días que efectivamente han ejercido su función.
Par finalizar, debes tener en cuenta que respetar los derechos del trabajador en cuanto al sueldo mínimo y otras cuestiones de remuneración, es indispensable para atender las determinaciones de la Organización Internacional del Trabajo.
De esta manera, tu empresa no solo estará al día de las legislaciones, sino que, además, formará parte de la eliminación de los sueldos excesivamente bajos y fomentará el trabajo en pro del desarrollo humano.
Para este punto esperamos que este post haya satisfecho tus expectativas en términos informativos y te permita cumplir con las nuevas directrices del Ministerio de Hacienda y del Ministerio de Trabajo y de Previsión Social de Chile.
Además, si quieres asegurarte de que el valor del ingreso mínimo mensual de tus colaboradores sea idóneo y fácil de calcular, te invitamos a conocer nuestro sistema de remuneraciones: la forma más rápida y sencilla de manejar las nóminas de tu empresa.