El sistema tributario chileno está estructurado por algunos impuestos, los cuales ayudan a la recaudación mensual, anual y específica de acuerdo al rubro. Además, estos impuestos pueden ser directos e indirectos.
Por lo tanto, cuando hablamos de impuestos en materia internacional dentro de Chile, se debe estar atento para evitar una doble tributación, ya sea para contribuyentes tanto de primera categoría o segunda categoría.
Chile ha tenido un gran desarrollo económico en los últimos años, donde se ha evidenciado la llegada de inversionistas extranjeros al territorio nacional. A su vez, se ha visto cómo inversionistas chilenos han salido al extranjero para enfrentar los grandes desafíos de la economía internacional. Tampoco quedan atrás los profesionales de diversas áreas que prestan servicios a personas residentes en distintos estados o territorios.
Estos movimientos internacionales generan oportunidades de mercados emergentes que se materializan en flujos económicos internacionales diversos, los cuales se asocian a distintos regímenes o sistemas tributarios.
En la tributación internacional, se ven involucradas transacciones y flujos, que se encuentran legítimamente establecidas en principios de sujeción tributaria, donde éstos deben incluir el financiamiento necesario para sus presupuestos de inversión y el pago de gastos fiscales e instrumentos para el crecimiento y el desarrollo económico de su giro comercial.
En el caso de las empresas, desde la perspectiva de inversionistas, intermediadores, asesores y prestadores de servicios, los aspectos de cumplimiento tributario pueden afectar sus costos y expectativas, por medio de una doble tributación internacional. Este es uno de los temas que se deben de analizar muy bien cuando se generan estos tipos de negocios internacionales.
Es por esto que la erosión en la recaudación de impuestos ha sido una de las principales preocupaciones que han enfrentado los países, por lo que en materia tributaria se han generado diversos controles que ayudan a reconocer las distintas competencias fiscales en el marco internacional.
Para comenzar, es importante señalar que el Servicio de Impuestos Internos cuenta con un acceso estandarizado a los compuestos relacionados a la legislación tributaria, como también a los convenios internacionales que se desarrollen. Actualmente cuenta con:
Ahora bien, en el ámbito del derecho tributario internacional en Chile, la Ley de Impuesto a la Renta genera importantes directrices y, en los últimos años, ha tenido una importante actualización luego de la reforma tributaria del año 2014 y las últimas actualizaciones en la Ley N° 21.210.
Para los efectos de tributación internacional en Chile, encontramos las siguientes normativas indispensables, que han ido evolucionando y simplificándose al pasar de los años:
Es importante conocer que Chile mantiene acuerdos para evitar la doble tributación. Para estos efectos, nacen los Convenios de Doble Tributación Internacional (CDTI).
Estos convenios promueven la colaboración entre países, donde las autoridades tributarias de los distintos estados se encuentran involucradas.
Además, estos convenios generan que Chile sea un país de interés comercial por parte de inversionistas extranjeros, como también que los chilenos salgan a invertir en el exterior.
Actualmente, Chile cuenta con 25 acuerdos según el SII, en los cuales se consideran a los siguientes países: Australia, Bélgica, Brasil, Canadá, Colombia, Corea, Croacia, Dinamarca, Ecuador, España, Francia, Irlanda, Malasia, México, Noruega, Nueva Zelandia, Paraguay, Perú, Polonia, Portugal, Reino Unido, Rusia, Suecia, Suiza, Tailandia.
Para aquellos empresarios que buscan invertir fuera de Chile y evitar la doble tributación, es importante que se revisen los acuerdos, como también investigar con respecto al tema de las relaciones internacionales, donde será importante considerar los tratados de comercios internacionales, que son necesarios para mantener un flujo comercial activo con ciertas reservas.
Finalmente, se determina que la jurisdicción de los Estados en términos tributarios es compleja de determinar. Sin embargo, los convenios han sido un gran beneficio para una economía más amplia.
Se debe considerar que el tema de evitar la doble tributación es uno de los principios fundamentales para una economía eficaz, de tal modo que se minimiza el impacto de impuestos asociados a los flujos de inversiones y/o producciones en el marco internacional.
Cabe señalar que estas tributaciones no necesariamente se eliminan por completo, esto depende de las características de los convenios y las particularidades de cada país en sus materias de mayor relevancia para poder llegar a acuerdos.
Ahora ya sabes más sobre la tributación internacional chilena. Si te gusto este artículo, te pueden interesar otros temas que todas las semanas distribuimos a través de nuestro newsletter semanal. ¡No dejes de suscribirte!