Exenciones tributarias en alerta

Cristián Vistoso

Escrito por Cristián Vistoso

Abogado de la Universidad Diego Portales; Magíster en Planificación y Gestión Tributaria de la Universidad de Santiago de Chile.

Author's LinkedIn
Obtén tus plantillas para OR 2024 F22, DDJJ y RRE

Obtén tus plantillas para OR 2024

F22, DDJJ y RRE

El vértigo que hemos experimentado en materia de modificaciones tributarias, no solo desde la entrada en escena de la pandemia, sino que ya desde 2010 -con algunas intermitencias- no amaina.

Podríamos decir que las modificaciones en este ámbito atentan contra la certeza jurídica de los contribuyentes por cambiar frecuentemente las “reglas del juego”.  Algunas fueron paradójicamente impuestas muy “a contrapelo” de la opinión de gran parte de los especialistas, y han sido insuficientes para volver el sistema tributario chileno menos regresivo; se han desaprovechado las instancias para sistematizar los principales cuerpos legales que nos rigen en este campo; que el título de "Modernización Tributaria” de la última reforma, es pretencioso, entre muchas otras reflexiones.

Con todo, donde sí pareciera existir un consenso transversal, es en materia de revisión de las ya más de 130 exenciones impositivas que establece actualmente nuestro sistema normativo, lo que se traduce en la práctica en US$9.333 millones en el año 2020, de conformidad a las cifras entregadas por el Servicio de Impuestos Internos SII. 

La cifra anteriormente expuesta, que ha sido acuñada bajo el concepto de “Gasto tributario anual por otorgamiento de beneficios”, reporta en rigor un porcentaje equivalente al 4.3% del Producto Interno Bruto (PIB) del país, situándonos por sobre el promedio de los países de la región donde dicho porcentaje baja a una tasa de 3.5%.

De acuerdo a un Estudio de la CEPAL del año 2009, los denominados “gastos tributarios” constituyen una transferencia de recursos públicos llevada a cabo mediante la reducción de las obligaciones tributarias con respecto a un impuesto de referencia, las cuales, según dicho estudio, deberían perseguir en esencia cuatro objetivos:

  • Mejorar la progresividad del sistema tributario

  • Otorgar mayor eficiencia a la estructura tributaria

  • Estimular el consumo de bienes estimados “meritorios”

  • Incentivar la inversión en ciertos sectores o regiones.

En este contexto, ha trascendido que el Ejecutivo, en conjunto con la OCDE y FMI, se encuentra actualmente trabajando en la elaboración de un informe que tendría a su haber tres ejes a saber:

  • Revisión de metodología y cálculo de las exenciones vigentes en el sistema impositivo chileno;
  • Análisis de cada una de las partidas actualmente exentas de impuestos, incluyendo un estudio comparado de la experiencia en otras jurisdicciones; y
  • Detección de los contribuyentes que se benefician actualmente de las exenciones que recoge el sistema tributario chileno.

Así las cosas, algunos casos emblemáticos que pasarán al pizarrón en esta materia, serán, por ejemplo, las “Ganancias de Capital”, puntualmente aquellas referidas a la tributación del mayor valor obtenido en la enajenación de acciones con presencia bursátil -que cumplen con otros requisitos-, de Fondos de Inversión y Fondos Mutuos; la Revisión de los regímenes de Renta Presunta actualmente vigentes; las Devoluciones de “Crédito Especial IVA de Empresas Constructoras”; las Devoluciones de Impuesto Específico al Petróleo Diésel (“IEPD”), entre otros.

Ahora bien, la pregunta que lógicamente podemos hacernos es: ¿Qué podríamos esperar como contribuyentes, en lo que a exenciones tributarias se refiere, una vez que conozcamos el Informe en alusión y la posterior discusión que se verificará a su alero?

Pues bien, más allá de los resultados concretos que este informe y sus repercusiones en el ámbito local arrojen, siendo que el estudio proviene de un esfuerzo tripartito del Ejecutivo, FMI y OCDE, esto nos brinda garantías técnicas y validación internacional a la hora de la discusión, elaboración e implementación de políticas públicas que seguramente -en esto es preciso ser muy tajantes- no nos llevarán a allegar la totalidad de los referidos US$9.333 millones al fisco, pero sí permitirán revisar seriamente la subsistencia o eliminación -total o parcial- de exenciones que hoy no tienen un asiento sostenible, ni financiero, ni tributariamente hablando.

Algunas exenciones tienen sus días contados y los contribuyentes deberán aceptarlo y prepararse para minimizar sus efectos.

Escucha el podcast:
Hablan los que cuentan
Para conocer todo lo referente al mundo de la criptomonedas y el tratamiento contable y tributario que debe tener, Francisco Lucero conversó en este episodio con Francisco León Heyder, Contador - Auditor, Docente y Doctor en Contabilidad y Auditoría.

Visita nuestros otros blogs

Completa el formulario por favor