¿Cómo se pagan las horas extras en Chile?

Karen Pastén

Escrito por Karen Pastén

Ingeniera en Información y Control de Gestión. Cuento con un Diplomado en Desarrollo de Personas y Organizaciones. Tengo más de 10 de años de experiencia liderando el proceso de remuneraciones en empresas del sector retail y tecnológica.

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El artículo 30 del Código del Trabajo,  dice que la jornada extraordinaria es aquella que excede la jornada ordinaria legal, es decir las 45 horas semanales, según lo dispuesto en el artículo 22 de la misma norma. Como tal, dicho tiempo extra representa un sobresueldo, es decir, es parte de las remuneraciones que debes pagarle cumplidamente al empleado.

Para tal efecto, debes calcularlas sobre la base del sueldo convenido en contrato, definido por la letra a) del artículo 42 del cuerpo legal como “el estipendio obligatorio y fijo, en dinero, pagado por períodos iguales, determinados en el contrato, que recibe el trabajador por la prestación de sus servicios en una jornada ordinaria de trabajo”.

¿Cómo se pagan las horas extras en Chile?

El inciso 3 del artículo 32 del Código del trabajo señala que las horas extra deben pagarse con un recargo del 50% sobre el sueldo base convenido para la jornada ordinaria, y que deben liquidarse y cancelarse con las respectivas remuneraciones del período.

Siendo así, para pagar la jornada extraordinaria de determinado período lo primero será determinar la cantidad de horas extras realizadas por el empleado durante el mes o quincena. Para ello, debes basarte en el control de asistencia en donde se registra el total de las horas trabajadas.

Para ejemplificar el cálculo de horas extras, imagina que al final del mes hiciste la suma de horas trabajadas de un empleado que gana un salario mínimo y labora 45 horas semanales, y el resultado fue de 55, es decir, tiene a su favor 10 horas extraordinarias. 

¿Cómo se calcula el valor por hora?

Entonces, para calcular el valor de hora extra debes seguir el siguiente procedimiento:

  • Divide el sueldo del empleado por 30: en este caso, el trabajador gana el salario mínimo mensual ($301.000), el cual dividiremos entre 30 (número de días del mes).

  • Multiplica el resultado de la operación por 28: el resultado fue de $10.033 que, al multiplicarlos por 28, resultan $280.933.

  • Divide ese producto entre 180: el resultado de la operación será el valor de la hora extraordinaria del trabajador. En este caso, corresponde a $1.560. 

  • Determina el recargo del 50%: divide el valor de la hora ordinaria de trabajo en 2. En este ejemplo, la operación sería: $1.560 /2 = $780.

  • Aplica el recargo y determina el valor de la hora extra: todo es cuestión de sumarle al valor de la hora el monto equivalente a su 50%. En nuestro ejemplo, sería $1.493 + $746 = $2.340.

Como se supone que le debes 10 horas extras al trabajador, entonces solo tienes que multiplicar $2.340 por 10, resultando $23.400, equivalentes al sobresueldo en las remuneraciones a pagar este mes y que tienen incidencia en el sueldo imponible. 

 

Cómo calcular las horas extras

Multas por no pago de horas extras

El pago de la jornada extraordinaria es obligatorio. Además, no hacerlo implica incumplir el contrato en lo referente al pago total de las remuneraciones.

Pese a que algunas cifras indican que el 89% de los chilenos trabaja horas extras, a 71% de ellos no les pagan las horas extras laboradas.

Terrible situación que vulnera completamente los derechos del dependiente y puede derivar en las siguientes multas: 

  • No contar con pacto escrito entre trabajador y empleado para laborar horas extras: 3 a 60 Unidades Tributaria Mensuales (UTM). 

  • No pago de las horas extras: 3 a 60 UTM. 

  • No pago de cotizaciones previsionales correspondientes a la jornada extraordinaria: 3 a 60 Unidades de Fomento (UF). Al respecto, hay que tener en cuenta que las horas extras son remuneración, es decir, un ingreso imponible sobre el cual el empleador debe hacer los respectivos aportes previsionales. 

Si el trabajador labora para la empresa infractora, puede cobrar las horas que le adeuda mediante una denuncia en la Inspección del Trabajo; y si la relación laboral ya finiquitó, tiene que cobrarlas judicialmente a través de un abogado. 

En todo caso, ambas partes deben tener presente que: 

  • Las horas extraordinarias a cobrar deben estar inscritas en el registro de asistencia. De lo contrario no podrán ser cobradas. 

  • El inciso 4 del artículo 510 del Código del Trabajo señala que el derecho a cobrar las horas extra prescribe seis meses después de la fecha en que debieron ser pagadas.

En resumen, las horas extras se pagan siempre que se exceda la jornada ordinaria de trabajo, con un recargo del 50% sobre el valor de la hora ordinaria y junto a las remuneraciones del período.

No hacerlo puede derivar en denuncias judiciales por parte del trabajador y sanciones económicas de carácter considerable. Recuerda que un software de remuneraciones te ayudará a realizar de forma automática estos cálculos. ¡No lo olvides!

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