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Escrito por Karen Pastén
Ingeniera en Información y Control de Gestión. Cuento con un Diplomado en Desarrollo de Personas y Organizaciones. Tengo más de 10 de años de experiencia liderando el proceso de remuneraciones en empresas del sector retail y tecnológica.
Author's LinkedInTitle: Kit de Plantillas para Remuneraciones
Subtitle: Liquidación de Sueldo, Libro de Remuneraciones, Vacaciones y más
Form ID: 59833b17-9088-4842-91ef-ae34d90c162f
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¿Cómo se calcula el valor por hora?
Entonces, para calcular el valor de hora extra debes seguir el siguiente procedimiento:
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Divide el sueldo del empleado por 30: en este caso, el trabajador gana el salario mínimo mensual ($301.000), el cual dividiremos entre 30 (número de días del mes).
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Multiplica el resultado de la operación por 28: el resultado fue de $10.033 que, al multiplicarlos por 28, resultan $280.933.
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Divide ese producto entre 180: el resultado de la operación será el valor de la hora extraordinaria del trabajador. En este caso, corresponde a $1.560.
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Determina el recargo del 50%: divide el valor de la hora ordinaria de trabajo en 2. En este ejemplo, la operación sería: $1.560 /2 = $780.
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Aplica el recargo y determina el valor de la hora extra: todo es cuestión de sumarle al valor de la hora el monto equivalente a su 50%. En nuestro ejemplo, sería $1.493 + $746 = $2.340.
Como se supone que le debes 10 horas extras al trabajador, entonces solo tienes que multiplicar $2.340 por 10, resultando $23.400, equivalentes al sobresueldo en las remuneraciones a pagar este mes y que tienen incidencia en el sueldo imponible.
Multas por no pago de horas extras
El pago de la jornada extraordinaria es obligatorio. Además, no hacerlo implica incumplir el contrato en lo referente al pago total de las remuneraciones.
Pese a que algunas cifras indican que el 89% de los chilenos trabaja horas extras, a 71% de ellos no les pagan las horas extras laboradas.
Terrible situación que vulnera completamente los derechos del dependiente y puede derivar en las siguientes multas:
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No contar con pacto escrito entre trabajador y empleado para laborar horas extras: 3 a 60 Unidades Tributaria Mensuales (UTM).
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No pago de las horas extras: 3 a 60 UTM.
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No pago de cotizaciones previsionales correspondientes a la jornada extraordinaria: 3 a 60 Unidades de Fomento (UF). Al respecto, hay que tener en cuenta que las horas extras son remuneración, es decir, un ingreso imponible sobre el cual el empleador debe hacer los respectivos aportes previsionales.
Si el trabajador labora para la empresa infractora, puede cobrar las horas que le adeuda mediante una denuncia en la Inspección del Trabajo; y si la relación laboral ya finiquitó, tiene que cobrarlas judicialmente a través de un abogado.
En todo caso, ambas partes deben tener presente que:
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Las horas extraordinarias a cobrar deben estar inscritas en el registro de asistencia. De lo contrario no podrán ser cobradas.
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El inciso 4 del artículo 510 del Código del Trabajo señala que el derecho a cobrar las horas extra prescribe seis meses después de la fecha en que debieron ser pagadas.
En resumen, las horas extras se pagan siempre que se exceda la jornada ordinaria de trabajo, con un recargo del 50% sobre el valor de la hora ordinaria y junto a las remuneraciones del período.
No hacerlo puede derivar en denuncias judiciales por parte del trabajador y sanciones económicas de carácter considerable. Recuerda que un software de remuneraciones te ayudará a realizar de forma automática estos cálculos. ¡No lo olvides!