Declaración Jurada 1926: Balance y base imponible de primera categoría

Dayana Huala Saavedra

Escrito por Dayana Huala Saavedra

Administradora Pública con doble pregrado de Contadora - Auditora

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Operación Renta 2024 Nuevos tutoriales: cómo llenar las DDJJ y F22

Operación Renta 2024

Nuevos tutoriales: cómo llenar las DDJJ y F22

La Operación Renta 2023 es un proceso que inicia desde el momento en que el Servicio de Impuestos Internos publica la Resolución con los plazos finales para presentar las declaraciones juradas. 

Sin embargo, en marzo empiezan a vencer las primeras declaraciones juradas de renta. De esta forma, durante el mes de abril inicia el período de Declaración de Renta por medio del Formulario N°22 . 

Frente a esto, es necesario que conozcas más sobre los formularios de este proceso para tener certeza sobre cuáles te corresponde presentar.

Entre las 63 declaraciones que forman parte del calendario de la Operación Renta 2023, las Declaraciones Juradas 1926 y 1941 son algunas de las más importantes para iniciar el proceso y el cruce final de la información que se presenta en el SII. 

¿Quieres saber los detalles de cada una de ellas? ¡Descúbrelos a continuación!

¿En qué consiste la Declaración Jurada 1926?

La Declaración Jurada 1926 se trata de la Declaración Jurada Anual sobre datos de balance contable y la base imponible de Primera Categoría.

¿A qué régimen tributario pertenece la Declaración Jurada 1926?

La declaración 1926 pertenece al Régimen General, el cual abarca a los contribuyentes de Primera Categoría.

Este régimen tributario debe llevar una contabilidad completa. Sin embargo, tiene la opción de solicitar contabilidad simplificada, sin  alterar el régimen Propyme General.

¿Cuál es el marco normativo de la  Declaración Jurada N°1926 ?

La Declaración Jurada N°1926 se encuentra normada desde el 2020. 

Ahora bien, en  la Declaración Jurada N°1926, nos encontramos con los siguientes antecedentes desde el ámbito normativo:

Te invitamos a revisar el Calendario de las Declaraciones Juradas que se deben presentar para el período de Operación Renta 2023.

¿Quiénes deben presentar la Declaración Jurada 1926?

Deben presentarla todos aquellos contribuyentes que al 1 de enero del año comercial tengan la exigencia de declarar sus rentas efectivas, determinadas sobre la base de un balance general de acuerdo a contabilidad completa y que, a su vez, estén sujetos al Impuesto de Primera Categoría con deducción parcial del crédito de impuestos finales.

¿Qué información debe contener la Declaración Jurada 1926?

La Declaración Jurada 1926 consta de un formulario de 3 secciones y un cuadro resumen.

¡Continúa leyendo! Aquí encontrarás en detalle lo que contiene el formulario a declarar de esta DDJJ.

Ahora bien, la información que debe contener esta declaración jurada, debe tener relación a:

  • Rentas efectivas  que se encuentren determinadas en el balance general. 
  • Identificación de los impuestos finales.
  • Verificar los movimientos contables que componen la base imponible para el Impuesto de Primera Categoría. 

¿En qué fecha debe presentarse la Declaración Jurada 1926?

Según el calendario de declaraciones, su fecha de presentación es el 30 de junio.

Siempre debes mantener la Información contable organizada y actualizada, para cumplir con las obligaciones tributarias anuales. 

¿Qué sanciones contempla si no es presentada a tiempo la Declaración Jurada 1926?

Si no se presenta en el plazo establecido, las multas pueden ser:

Entre el 12 de mayo y el 30 de junio

  • 1 a 25 casos: 0,5 UTM
  • 26 a 99 casos: 1 UTM
  • 100 o más casos: 1,5 UTM

Desde el 1 de julio en adelante

  • 1 a 25 casos: 2 UTM
  • 26 a 99 casos: 4 UTM
  • 100 o más casos: 6 UTM

Recuerda  que las infracciones dependen del tipo de falta que se haya cometido y los cobros asociados serán en dinero. Actualmente, el Servicio de Impuestos Internos las clasifica en tres tipos, por los cuales puedes ser multado:

  • Declaraciones incompletas o erróneas. 
  • Declaraciones fuera de plazo.
  • Por otros requerimientos posteriores, cuando las declaraciones juradas no han sido presentadas.

En el caso de que tu DDJJ contenga errores o falta información, hay multas que van de 0,1 a 1 UTM. El valor de estas dependerá de la cantidad de rectificaciones, conforme está estipulado en el Artículo 109 del Código Tributario.

Los 3 tipos de  infracciones se pueden revisar con más detalle en el código tributario, en los artículos N°97 y N°109.

¿Qué contiene el formulario de la Declaración Jurada 1926?

Para que tengas más claridad sobre esta declaración, te recomendamos revisar sus instrucciones y formulario.

Este formulario consta de  3 secciones y un cuadro resumen.

 Sección A:  identificación del declarante.

  • Rol Único Tributario (RUT).
  • Nombre o Razón Social.
  • Código.
  • Domicilio Postal.
  • Comuna .
  • Correo Electrónico.
  • Fax.
  • Teléfono.

Sección B: determinación de la base imponible de primera categoría.

Para esta sección, se deberán incorporar los antecedentes relacionados a la  Renta Líquida Imponible de acuerdo al clasificador de cuentas, el cual está incorporado en el instructivo.

Se debe describir el ajuste, el tipo de ajuste y el monto asociado, en cada uno de los recuadros asignados para el ingreso de la información. 

Sección C: ajuste al Patrimonio Financiero

En la última sección, sobre ajustes al patrimonio financiero, se encuentran las casillas del identificador del plan de cuentas utilizado en registros contables y de saldos deudores y acreedores, tanto del monto de ajuste al patrimonio financiero como del que afecta únicamente al ejercicio comercial.

Por último, en el cuadro de resumen están los totales de la base imponible y de los ajustes. Este apartado se considera como “Sección D” y baja todo el detalle de la “Sección B” y “Sección C”.

¿Existen modificaciones de la Declaración Jurada N°1926 para AT 2023?

En la Declaración Jurada N°1926 no se visualizan modificaciones, por lo que sólo debes recordar cumplir con su fecha de presentación, como también seguir todas las instrucciones que conlleva.

Para esto, es importante que mantengas una contabilidad organizada y al día. De esta manera, podrás cumplir con los tiempos legales. 

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¿Cuáles son las Declaraciones Juradas que ya no existen desde la última Reforma Tributaria?

Desde el año 2021 en adelante, con la entrada en vigencia de la Ley 21.210, se modifica el Artículo 14. Esto quiere decir que la última emisión de la DDJJ N°1941 fue para el período de Operación Renta 2021, con información relacionada al año comercial 2020.

Esta eliminación se suma a las DDJJ N°1938, N°1939 y N°1940. Así que no te preocupes, ya que estos formularios no deben completarse para el proceso de Operación Renta 2023.

Te invitamos a seguir actualizado sobre contabilidad financiera y tributaria en Chile. Recuerda revisar periódicamente nuestro Blog. Publicamos contenido nuevo todas las semanas.

¡Muy bien! Ya conoces todo sobre la declaración jurada N° 1926 que forman parte de la Operación Renta 2023, sobre todo si llevas la contabilidad completa.

Para evitar errores durante este proceso, apóyate en expertos en contabilidad y en softwares de mercado que optimicen las labores y gestiones de tributación. ¡Buena suerte!

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